Resoluciones. 324-2017-M Instrúyese Al Banco Central Del Ecuador La Renovación De Los Vencimientos De Las Inversiones De Los Excedentes De Liquidez, En Condiciones Similares A Las Establecidas En El Año 2016

Número de Boletín1010
SecciónResoluciones
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
Martes 23 de mayo de 2017 – 35Registro Of‌i cial Nº 1010
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el artículo
35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones
y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada, en concordancia con el artículo 55 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,
Resuelve:
Art. 1.- Delegar al Ing. Jorge Xavier Patiño Lojan,
como Director Regional de Control de Hidrocarburos
y Combustibles ARCH-LOJA, para que a nombre y
representación del Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero ejerza a más de las
contempladas en el número 11.2.6 del Estatuto Orgánico
de Gestión Organizacional por Procesos de la ARCH las
siguientes funciones:
a. Suscribir dentro del ámbito de su jurisdicción, la
Resolución de autorización de factibilidad para la
implantación de nuevos depósitos de distribución,
centros de acopio de gas licuado de petróleo (GLP)
y de centros de distribución de combustibles
líquidos derivados de los hidrocarburos de acuerdo
al procedimiento y disposiciones aprobadas por el
Directorio de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero, la cual se realizará mediante
Resolución debidamente motivada.
b. Declarar desistida, o negar la petición de autorización
de factibilidad para la implantación de nuevos
depósitos de distribución, centros de acopio de gas
licuado de petróleo (GLP), de centros de distribución de
combustibles líquidos derivados de los hidrocarburos
conforme el informe técnico correspondiente.
c. Suscribir dentro del ámbito de su jurisdicción, la
resolución de autorización y registro a centros de
acopio, distribuidores de gas licuado de petróleo (GLP),
así como sus medios de transporte en auto tanques y
vehículos de distribución de gas licuado de petróleo
(GLP), mediante Resolución debidamente motivada.
d. Otorgar los permisos de autorización de distribución de
derivados de hidrocarburos que comercializan a través
del catastro industrial;
e. Suscribir of‌i cios, y demás comunicaciones solicitando
correctivos a las actividades de mantenimiento de los
sistemas de almacenamiento y transporte de derivados,
GLP y gas natural.
f. Suscribir of‌i cios y demás comunicaciones solicitando
informes técnicos y documentación complementaria,
previa aprobación de cruces de pequeña magnitud,
de cruces a los derechos de vía y afectaciones a
la infraestructura hidrocarburífera de poliductos y
gasoductos.
g. Suscribir of‌i cios y/o comunicaciones que deban
elaborarse para solicitar información o documentación
complementaria, a f‌i n de agilizar los trámites de
aprobación de solicitudes.
Art. 2.- El Ing. Jorge Xavier Patiño Lojan, responderá
administrativamente ante el Director Ejecutivo de la
Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero,
personal, civil y penalmente ante las autoridades
competentes por los actos realizados en ejercicio de la
presente delegación.
Art. 3.- El Ing. Jorge Xavier Patiño Lojan, emitirá un
informe ejecutivo por escrito cuando el Director Ejecutivo
de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero
así lo requiera, sobre las acciones tomadas en ejercicio de
la presente delegación.
Art. 4.- En el contenido de los documentos a los que se
ref‌i ere el artículo 1 de la presente Resolución, deberá
hacerse constar el siguiente texto:
“Suscribo el presente (Tipo de documento) en virtud de
la Delegación otorgada mediante Resolución (Señalar
No. y fecha de la delegación), por el Ing. Raúl Darío
Baldeón López en su calidad de Director Ejecutivo de
la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero.”
Art. 5.- Deróguese expresamente la Resolución No.
091-ARCH-DAJ-2016 de 19 de mayo de 2016.
Art. 6.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 10 de marzo de
2017.
f.) Ing. Raúl Darío Baldeón López, Director Ejecutivo,
Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero.
ARCH.- AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL
HIDROCARBURÍFERO.- Es f‌i el copia del original.- Lo
certif‌i co.- f.) Patricia Iglesias, Centro de Documentación.-
Quito, a 02 de mayo de 2017.
No. 324-2017-M
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA FINANCIERA
Considerando:
Que el artículo 302, numeral 3 de la Constitución de la
República establece que son objetivos de las políticas
monetaria, crediticia, cambiaria y f‌i nanciera orientar los
excedentes de liquidez hacia la inversión requerida para el
desarrollo del país;

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