Resoluciones. 533-2019-F Refórmese la Norma de Servicios Financieros de las entidades del Sector Financiero Público y Privado

Número de Boletín32
SecciónResoluciones
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
Miércoles 4 de septiembre de 2019 – 33Registro Of‌i cial Nº 32
Donde
Ejemplo: se presentan a continuación las fórmulas para el
cálculo de reserva al f‌i nal de los siguientes meses:
• Enero:
• Febrero:
• Marzo:
• Diciembre:
1.3 Liberación y constitución de reservas
En lo que respecta a la contabilización del movimiento
mensual de la reserva de servicios en curso, se realizará la
constitución y liberación neta mensual; entendiéndose por
neto el valor correspondiente a la constitución o liberación
de la reserva del mes de cálculo de la misma.
El monto RSC12 calculado con cualquiera de los métodos,
al f‌i nal del ejercicio económico, deberá quedar constituido
como reserva de riesgos en curso–primas no devengadas
para el ejercicio económico subsiguiente.
En el caso que no se realice el pago de cuotas acordado para
el siguiente período, la reserva deberá volver a constituirse
hasta que se produzca la cancelación del contrato.”
DISPOSICIÓN GENERAL.- Los casos de duda en la
aplicación de la presente norma, serán resueltos por la
Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
DISPOSICIÓN FINAL.- Esta resolución entrará en
vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE.- Dada en el Distrito Metropolitano de
Quito, el 6 de agosto de 2019.
EL PRESIDENTE,
f.) Econ. Richard Martínez Alvarado.
Proveyó y f‌i rmó la resolución que antecede el economista
Richard Martínez Alvarado, Ministro de Economía y
Finanzas – Presidente de la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera, en el Distrito Metropolitano de
Quito, el 6 de agosto de 2019.- LO CERTIFICO.
SECRETARIO ADMINISTRATIVO, ENCARGADO
f.) Ab. Ricardo Mateus Vásquez.
SECRETARÍA ADMINISTRATIVA.- JUNTA DE
POLÍTICA Y REGULACIÓN MONETARIA Y
FINANCIERA.- Quito, 19 de agosto de 2019.- Es copia
del documento que reposa en los archivos de la Junta.- Lo
certif‌i co: f.) Ilegible.
No. 533-2019-F
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA
Considerando:
Que el Código Orgánico Monetario y Financiero se
encuentra en vigencia desde su publicación en el Segundo
Suplemento del Registro Of‌i cial No. 332 de 12 de
septiembre de 2014;
Que el artículo 13 ibídem, crea la Junta de Política y
Regulación Monetaria y Financiera como parte de la
Función Ejecutiva, responsable de la formulación de
políticas públicas y la regulación y supervisión monetaria,
crediticia, cambiaría, f‌i nanciera, de seguros y valores;
Que el artículo 14, numerales 28 y 29 del mencionado
Código, facultan a la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera a establecer los cargos por los
servicios que presten las entidades f‌i nancieras, así como
de las entidades no f‌i nancieras que otorguen crédito y los
gastos con terceros derivados de las operaciones activas en
que incurran los usuarios de estas entidades; a establecer el
límite máximo de costos y comisiones que se puedan pactar
por el uso del servicio de cobro con tarjeta de crédito, débito
y otros medios de similar naturaleza a los establecimientos
comerciales;
Que el artículo 152, primer inciso del citado Código,
establece que las personas naturales y jurídicas tienen
derecho a disponer de servicios f‌i nancieros de adecuada
calidad, así como a una información precisa y no engañosa
sobre su contenido y características;
Que los artículos 247 y 248 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, disponen que la Junta de Política
y Regulación Monetaria y Financiera establecerá los cargos
por servicios f‌i nancieros y no f‌i nancieros que presten las
entidades del Sistema Financiero Nacional;
Que en el Capítulo XXVI “Norma de Servicios
Financieros de las Entidades del Sector Financiero Público
y Privado”, Título II “Sistema Financiero Nacional”, Libro
I “Sistema Monetario y Financiero”, de la Codif‌i cación
de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y
Seguros, expedida por la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera, se encuentra la “Norma de Servicios
Financieros de las Entidades del Sector Financiero Público
y Privado”;
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