Resoluciones COSEDE-DIR-2016-018. Resolución COSEDE-DIR-2016-018 - Apruébese la metodología para determinar el monto total, correspondiente a las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, a ser transferido al Fideicomiso del Seguro de Depósitos de las Entidades del Sector Financiero Popular y Solidario
Número de Boletín | 885 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados - COSEDE |
Fecha de la disposición | 4 de Agosto de 2016 |
El DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN
DEL SEGURO DE DEPÓSITOS, FONDO
DE LIQUIDEZ Y FONDO DE SEGUROS
PRIVADOS
Considerando:
Que el artículo 79 del Código Orgánico Monetario y Financiero (COMF), publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 332 el 12 de septiembre de 2014, establece que la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados (COSEDE) es una persona jurídica de derecho público, no financiera, con autonomía administrativa y operativa, a la que corresponde administrar el Seguro de Depósitos de los sectores financieros privado y popular y solidario y los recursos que lo constituyen, de conformidad con lo previsto en el numeral 1 del artículo 80 del mencionado código orgánico; y que, en concordancia con lo señalado, el artículo 319 del COMF dispone que el Seguro de Depósitos de los sectores financieros privado y popular y solidario será administrado por la COSEDE;
Que el numeral 9 del artículo 85 del COMF dispone que es función del Directorio de la COSEDE dictar las normas administrativas y expedir los manuales operativos que regirán su funcionamiento;
Que el artículo 320 del COMF establece que las entidades de los sectores financieros privado y popular y solidario están obligadas a participar con las contribuciones y aportes al Seguro de Depósitos, cuyos recursos conforme señala el artículo 321 del mismo código orgánico deben ser gestionados a través de fideicomisos independientes administrados por el Banco Central del Ecuador, cuyo constituyente será la COSEDE;
Que el numeral 2 del artículo 324 del COMF dispone a la COSEDE constituir el Fideicomiso del Seguro de Depósitos de las entidades del Sector Financiero Popular y Solidario, en el Banco Central del Ecuador, con los recursos que contribuyan las entidades de dicho sector, conforme lo prevé el numeral 1 del artículo 325 del mismo código orgánico;
Que el Directorio de la COSEDE, en sesión extraordinaria celebrada el 11 de julio de...
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