El Inicio del Proceso Constituyente en Ecuador en 2007 y las Lecciones de la Experiencia Venezolana de 1999

AutorAlian R. Brewer-Carías
Páginas71-94
USFQBBLJOTE
EL
INICIO
DEL
PROCESO
CONSTITUYENTE
EN
ECUADOR
EN
2007
Y
LAS
LECCIONES
DE
LA
EXPERIENCIA VENEZOLANA
DE
1999
El
Inicio
del
Proceso
Constituyente
en Ecuador
en
2007
y
las
Lecciones
de
la
Experiencia
71
Se
trata de
un
esquema
de
organización
del
Estado
y
del
Poder
que
im
plica
la
eliminación
completa
de
la
democracia
representativa,
y
su
sus
titución
por
una
supuesta
democracia
directa,
es
decir
de
ejercicio
direc
to
de
la
soberanía
por
el
pueblo,
y
de elección
indirecta
de
representan
tes
incluida
la
jefatura
del
Estado.
INTRODUCCIÓN
Una
reforma
de
la
Constitución
debe ser siempre
el
resultado,
no de
la
imposición
de
la
voluntad
de
una
fac
ción
política
sobre
la otra,
sino del
consenso
político
1
.
Esa
es
la
clave
del
éxito
de
las
Constituciones,
preci
samente,
llegar
a
ser
el
resultado
del
consenso
o
pacto
de
toda
una
sociedad
y
no
de
voluntades
o
mayorías
circuns
tanciales;
la
cual
debe ser
diseñada mediante
mecanismos
de
inclusión
y
no de
exclusión.
La
historia
enseña,
por
lo
demás,
que
nada
que
se
imponga
a
una sociedad
por
la
fuerza,
así
sea
de
una
mayoría
circunstancial, puede
per
durar
ni
perdura;
ni
nada
que
pretenda basarse
en
la
im
posición
de
la
voluntad
de
una
facción
de
la
sociedad
aplastando
o
excluyendo
a
las
otras,
perdura.
Una
reforma
constitucional,
por
tanto,
para
que
tras
cienda,
por
sobre
todo tiene
que ser
fruto
de
la
inclusión
y
configurase
en
un
instrumento para
el
consenso
y
la
conciliación.
Y
ello
es
válido
cualquiera
que sea
la
moti
vación
de
la
reforma
constitucional.
Esta,
ciertamente,
a
veces
ha
sido
el
resultado
de un
armisticio
después
de
al
guna guerra fraticida,
como tantos
ejemplos
nos
muestra
la
historia;
en
otros casos,
ha sido
el
resultado
de
una
rup
tura
del
hilo
constitucional, mediante
una
revolución
o
un
golpe
de
Estado,
como
tantos
ejemplos también
conoce
mos
en
América Latina;
en
otros
casos, incluso, ha
sido
el
resultado
de
un
pacto para evitar
la
confrontación,
for
mulado
en
democracia,
como
también
nos
lo
muestra
la
historia. Pero
en
todo
caso,
lo
esencial para
que
trascien
da,
es
que
debe
ser
un
instrumento
inclusivo, para
la
con
ciliación,
que
permita
no
sólo
adaptar
las
Constituciones
a
las
exigencias políticas
de
los
tiempos
contemporáneos,
sino que
las
mismas
sean
efectivamente
la
manifestación
de
la
voluntad
popular.
Al
contrario,
una
reforma
constitucional, incluso
me
diante la
convocatoria
de
una
Asamblea
Constituyente,
que
tenga
como
propósito
imponerle
a
un
país un
proyec
to
polftico
que
se
aparte
de
las
líneas
de
la
democracia
y
que sea
de
corte autoritario,
durará
el
tiempo
que
dure
el
régimen
de
gobierno
de
exclusión,
el
cual
inevitablemen
te
terminará
más tarde
o
más
temprano,
en
una
nueva
búsqueda
de
mecanismos
de
conciliación.
Ese
es
el
reto
que
tiene
todo país
al
plantearse
el
tema
de
la
reforma
constitucional,
cuya
asunción
tiene
que
ga
rantizar
la
perdurabilidad
de
la
democracia,
perfeccio
nándola
para
todos,
primero,
mediante
la
reformulación
de
las
formas
de
su
ejercicio
para
hacerla
más
represen
tativa
y
además,
incorporar mecanismos
de
la
democracia
directa; segundo,
mediante
la
distribución efectiva
del
poder
público
en
forma
vertical,
descentralizándolo
hacia
las
comunidades territoriales
para
hacer
posible
la
parti
cipación
democrática,
la
cual
sólo
puede
ocurrir
con
la
reformulación
del
régimen regional
y
local,
reforzando
el
de
las
provincias,
cantones
y
parroquias, para acercar
el
poder
al
ciudadano; tercero,
mediante
la
reafirmación
del
principio
de
la
separación
de
poderes,
previendo
los
efec
tivos
mecanismos
para
asegurar
la
independencia
y
auto
nomía
de
los
poderes,
y
por sobretodo,
el
control
recípro
co,
que
es
donde
radica
la
base
de
la
propia
democracia
como antídoto
frente
el
autoritarismo;
y
entre
esos
con
troles,
el
judicial,
mediante
la
reformulación
del
sistema
de
justicia
,es
uno
de
los
más
importantes para asegurar
aún
más
su
independencia
y
autonomía.
Venezuela
vivió,
a
finales
de
los
años
noventa
del
si
glo
pasado,
un
proceso
de
crisis
política
de
la
democracia
de
partidos
2
muy
similar
a
la
que
ahora
vive
Ecuador,
que
condujo
a
la
necesidad
de
pensar
en
la
reformulación
del
sistema
polftico
democrático, mediante
la
convocatoria
en
democracia
de
una
Asamblea Nacional Constituyente.
Su
misión,
cuando
se
formuló
el
proyecto,
era
fundamen
AllanR.Brewer-Carías
Venezolana
de
1999
72
EL
INICIO
DEL
PROCESO
CONSTITUYENTE
EN
ECUADDR
EN
2007
Y
LAS
LECCIONES
DE
LA
EXPERIENCIA VENEZOLANA
DE
1999
talmente
el
diseño
de
un
nuevo
Estado basado
en
el
per
feccionamiento
de
la
democracia.
Aún
cuando
dicha institución
de
la
Asamblea
Consti
tuyente
no
estaba
prevista
en
la
Constitución
vigente
pa
ra
el
momento
de
1961,
como
tampoco
está prevista
en
la
ahora vigente
Constitución
de
Ecuador
de
1998,
después
de
varias
impugnaciones por
razones
de
inconstituciona
lidad
contra
la
voluntarista
convocatoria
de
la
Asamblea
que
hizo
en
1999
el
presidente
Hugo
Chávez,
y
después
de
diversas
decisiones
del
Tribunal Supremo
que,
en
de
finitiva, abrieron la
vía
para
su
elección,
ésta
se
efectuó
con
el
condicionante
de
que
la
Asamblea
debía
funcionar
dentro
del
marco
de
la
propia
Constitución
vigente para
el
momento,
tal
como
se
había interpretado por
el
Supre
mo Tribunal.
Un
referendo
consultivo,
similar
a
la
consulta
popular
que
se
ha
efectuado
en
Ecuador
el
15
de
abril
de
2007,
precedió
la
elección
de
los
miembros
de
la
Asamblea,
la
cual
sin
embargo,
por
el
sistema
electoral
que
se
diseñó
en
fonna
unilateral
(como
también
ha
ocurrido
en
Ecua
dor),
la
misma resultó dominada
en
más
de
un
95%
por
los
seguidores
del
presidente Chávez,
constituyéndose
en
esa
forma
en un
instrumento político
de
exclusión,
que
le
aseguró
el
asalto
y
apoderamiento
total
del
poder.
La
Asamblea Constituyente
de
Venezuela,
de
1999,
le
impu
so
a
los
venezolanos
sin
que
hubiera consenso
ni
conci
liación
alguna,
un
texto
constitucional
que,
lamentable
mente,
ni
perfeccionó
la
democracia,
ni
aseguró
la
des
centralización
política,
ni
solidificó
la
separación
de
po
deres,
ni
aseguró
la
independencia
y
autonomía
del
poder
judicial.
Todo
ello
con
la
grave
consecuencia
de
que
a
pe
sar
de
las
avanzadísimas regulaciones establecidas
en
materia
de
derechos
humanos,
ellos
en
la
práctica
no
pa
san
de
la
sola
letra
de
la
Constitución,
sin
posibilidad
efectiva
de
ejercicio
cuando
se
está
en
posición
antagóni
ca
al
gobierno, dado
el
sometimiento
del
poder
judicial
al
poder
político
y
el
proceso
de
criminalización
de
la
disi
dencia.
La
Constitución
de 1999,
que
resultó
del
trabajo
de
la
Asamblea Nacional
Constituyente,
en
consecuencia
y
la
mentablemente,
fue una
Constitución
que
diseñó
un
sis
tema
de
concentración
del
poder
en
el
Ejecutivo,
con una
clara
exclusión respecto
de
los
partidos
polfticos,
que
funciona
en un
sistema
político
de
presidencialismo
ex
tremo
y
exacerbado,
montado
sobre
un
militarismo
cons
titucional
nunca
antes
conocido
en
el
país,
y
en
una
for
ma
de
Estado signada
por
el
centralismo,
en
el
cual
la
Fe
deración
no
es
más que una
simple
palabra
sin
contenido
alguno,
y
sin
posibilidad efectiva alguna
de
provocar
des
centralización
política. Ese Estado, además, por la
con
centración
del
poder,
ha
originado
un
poder
judicial
so
metido
y
dependiente,
que
no
garantiza
la
vigencia
efec
tiva
de
los
derechos
humanos.
Por
otra parte,
el
esquema,
además, está
montado
sobre
un
estatismo
extremo
que
se
ha
alimentado
por
la
riqueza petrolera
estatal,
lo
que
en
definitiva
imposibilita
la
participación
política,
la
cual
sólo
puede darse
cuando
el
poder
está
cerca
del
ciudada
no
y
sus
comunidades, actuando
con
autonomía.
Ese Estado
todopoderoso,
que
todo
lo
controla
y
todo
lo
posee,
además,
con
la
excusa
de
la
política
antipartido,
ha
ahogado
la
democracia
en
lugar
de
haberla
perfeccio
nado,
eliminando totalmente
el
sistema democrático
plu
ralista
de
partidos.
Ello
se
corrobora
con
el
proyecto
en
curso
de
formación
de
un
sistema
de
partido
único
imbri
cado
en
el
Estado
y
la
Administración, para
controlar
y
usar
el
“Estado
rico”
propio
de un
país
pobre
que
tene
mos,
con
políticas
populistas
que
en
definitiva
están
aca
bando
con
la
propia democracia
y
el
pluralismo.
La
Asamblea
Nacional Constituyente, por
tanto, por
si
misma
no
es
la
solución
de
nada. No
es
por
supuesto
una
panacea,
y
si
bien
puede
ser
un
instrumento
para
re-
diseñar
el
sistema
político
y
perfeccionar
la
democracia,
particularmente
en
un
momento
de
crisis
política,
si
no
se
configura
como
un
instrumento
inclusivo,
de
conciliación
y
consenso,
se
puede
convertir
en
el
instrumento
para
consolidar
un
gobierno
autoritario, como
fue
la
experien
cia
venezolana
de
1999.
En todo
caso,
no
hay que
olvidar
que
América
Latina
ha
sido
un
continente
lleno
de
historias
sobre
Asambleas
Constituyentes.
Todos
nuestros
países
han
tenido muchas
en
su
historia
constitucional,
habiendo
sido
en
general
fruto
de
rupturas
del
hilo
constitucional convocadas
en
tonces luego
de
una revolución,
un
golpe
de
Estado
o
una
guerra
interna;
es
decir,
han
sido
en
general
el
producto
de
un
desconocimiento
fáctico
previo
de
la
Constitución
vigente.
Sin
embargo,
en
las
últimas
décadas,
en
América
La
tina
se
ha
venido
configurando
una
nueva modalidad
de
proceso
constituyente
y
de
Asambleas Constituyentes
que no han
sido
el
producto
de
una
ruptura
constitucional
previa,
sino
que
aún
cuando
no
estando
previstas
y
regu
ladas
en
la
Constitución
(como ahora
sucede,
por
ejem
plo, en
la
Constitución
de
Paraguay),
han
sido
electas
en
democracia
con
base
en
interpretaciones
de
la
Constitu
ción
vigente.
Es
lo
que
ha
sucedido
en
los
últimos
lustros,
por
ejemplo,
en
Colombia
en
1991,
en
Venezuela
en
1999,
en
Bolivia
en
2006
y
ahora
está
en
proceso
de
ocu
rrir
en
Ecuador
en
2007.
En
ese
contexto,
el
caso
de
Venezuela ha
sido
sinto
mático, pues
allí,
en
1999
se
produjo
la
elección,
en
de
mocracia
y
sin
que
hubiera
habido una
ruptura
previa
del
hilo
constitucional,
de
una
Asamblea
Nacional
Constitu
yente
que
no
estaba prevista
ni
regulada
en
la
Constitu
ción
de
1961,
con
base
en
la
interpretación
de
la
misma
hecha
por
la
Corte
Suprema
de
Justicia;
pero
con
la
pecu
liaridad
de
que
en ese
proceso
constituyente,
fue
la
pro
pia
Asamblea
Constituyente,
así
electa,
la
que terminó
dando
un
golpe
de
Estado,
irrumpiendo contra
la
Consti
tución
vigente
e
interviniendo
todos
los
poderes
consti
tuidos,
violando
el
principio democrático
de
la
represen
tatividad.
Se
trató,
entonces,
de un
golpe
de
Estado
cons
tituyente,
que
sirvió
de
instrumento para
el
asalto
al
po
der,
para
la
violación
del
orden
constitucional
y
el
esta
blecimiento
de
las
bases
de un
régimen
autoritario.
Por
tanto,
este
neo-autoritarismo
que
los
latinoameri
canos
estamos
comenzando
a
percibir
como
conformán
dose
en
Venezuela,
no
fue
el
resultado
de un
golpe
de
Es
tado
militarista
previo
al
proceso
constituyente
de
1999,
sino
que
es
el
producto
del
golpe
de
Estado
dado
en
me-

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