Resoluciones SCVS-INS-16-0001905. Resolución SCVS-INS-16-0001905 - Dispónese de un plazo de hasta 18 meses, para que las empresas de seguros y las compañías de reaseguros, alcancen el capital pagado mínimo requerido por el artículo 14 de la Ley General de Seguros

Número de Boletín773
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de Compañías Valores y Seguros
Fecha de la disposición14 de Abril de 2016

Ab. Suad Manssur Villagrán

SUPERINTENDENTE DE COMPAÑÍAS,

VALORES Y SEGUROS

Considerando:

Que los artículos 204, último inciso, y 213 de la Constitu-ción de la República otorgan a las superintendencias autonomía administrativa, financiera, presupuestaria y organizativa, y las define como organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general;

Que el artículo 9 de la Ley General de Seguros, determina que las personas jurídicas que integran el sistema de seguro privado, para su constitución, organización y funcionamiento se sujetarán a las disposiciones de aquella ley, al Código de Comercio a la Ley de Compañías, en forma supletoria, así como a las normas que para el efecto dicte la Superintendencia de Superintendencia de Compañías y Seguros;

Que la Junta de Política y Regulación de Monetaria y Financiera mediante resolución 223-2016-S del 11 de marzo de 2016 amplió en dieciocho meses, contados a partir del 12 de marzo de 2016, el plazo para que las compañías de seguros, reaseguros, asesoras productoras de seguros, inspectoras de riesgos y ajustadoras de...

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