Acuerdo 2016-209 - Establécese el procedimiento de administración, utilización, manejo y control de los bienes y existencias adquiridos para el uso y funcionamiento de los institutos superiores técnicos, tecnológicos y conservatorios públicos

Número de Boletín982
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
Martes 11 de abril de 2017 – 19Registro Of‌i cial Nº 982
EXPEDIR LAS SIGUIENTES REFORMAS AL
ACUERDO NRO. 2016-035, DE 17 DE FEBRERO DE
2016
Artículo 13.- Sustitúyase en todo el Acuerdo, el texto
que dice: “Director/a de Legislación y Normativa”, por el
siguiente: “Director/a de Asesoría Jurídica”.
DISPOSICIONES GENERALES
Primera.- Encárguese a la Coordinación General de
Asesoría Jurídica de esta Cartera de Estado, la respectiva
notif‌i cación del presente Acuerdo.
Segunda.- Notifíquese con el presente Acuerdo a la
Coordinación General Administrativa Financiera, a
la Coordinación General de Planif‌i cación y Gestión
Estratégica, a la Dirección de Comunicación Social, a la
Director/a de Patrocinio, a la Subsecretaría de Investigación
Científ‌i ca, a la Subsecretaría de Formación Técnica y
Tecnológica y a la Subsecretaría de Fortalecimiento de
Conocimiento.
Tercera.- El presente Acuerdo entrará en vigencia desde su
fecha de expedición, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, al
primer día (01) del mes de diciembre de 2016.
Notifíquese y publíquese.-
f.) Rina Pazos Padilla, Secretaria de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, Subrogante.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.-
COORDINACIÓN GENERAL DE ASESORÍA
JURÍDICA.- Fecha: 06 de marzo de 2017.- Firma:
Ilegible.- Es f‌i el copia del original que reposa en el archivo
de esta Coordinación.
Nro. 2016-209
Rina Pazos Padilla
SECRETARIA DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN,
SUBROGANTE
Considerando:
República del Ecuador determina que a las ministras y
ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: “(…) 1. Ejercer la rectoría de
las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión (…)”;
Ecuador, manif‌i esta: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
del Ecuador, prescribe: “(…) La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación
(…)”;
Que el artículo 233 de la Carta Suprema determina:
“Ninguna servidora ni servidor público estará exento de
responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio
de sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables
administrativa, civil y penalmente por el manejo y
administración de fondos, bienes o recursos públicos”;
Que la Ley Orgánica de Educación Superior -LOES- dispone
en el artículo 14, literal b) que son instituciones del Sistema
de Educación Superior, los institutos superiores técnicos,
tecnológicos, pedagógicos, de artes y los conservatorios
superiores, tanto públicos como particulares, debidamente
evaluados y acreditados, conforme la presente Ley;
Que el artículo 182 de la LOES, determina que: “La
Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, es el órgano que tiene por objeto
ejercer la rectoría de la política pública de educación
superior y coordinar acciones entre la Función Ejecutiva y
las instituciones del Sistema de Educación Superior (…)”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 934, de fecha 10 de
noviembre de 2011, el señor Presidente Constitucional de
la República, economista Rafael Correa Delgado, designó
a René Ramírez Gallegos como Secretario Nacional de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,
mismo que fue ratif‌i cado en el cargo mediante Decreto
Ejecutivo No. 2 del 27 de mayo de 2013, publicado en el
Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial No. 5 del 31 de
mayo de 2013;
Que a través de Decreto Ejecutivo No. 62, de 05 de agosto
de 2013, el señor Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, reformó el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, en el que cambia
de nombre a la Secretaría Nacional de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación por Secretaría de
Educación Superior, Ciencia y Tecnología;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 131, de 08 de octubre
de 2013, el señor Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, reformó el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, en el que cambia
de nombre a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia y
Tecnología por Secretaría de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR