Acuerdos DM-2015-059. Expídense las bases técnicas para la convocatoria al 'Concurso Nacional de Festivales de las Artes 2015 - 2016'

Número de Boletín542
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura y Patrimonio
Fecha de la disposición10 de Junio de 2015

EL MINISTRO DE CULTURA

Y PATRIMONIO

Considerando:

Que el artículo 22 de la Constitución de la República, establece que "las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas; y, a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría."

Que el artículo 377 de la Constitución de la República, dispone que "el sistema nacional de cultura tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional; proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales; y salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural. Se garantiza el ejercicio pleno de los derechos culturales."

Que el artículo 380 de la Constitución de la República, establece las responsabilidades del Estado respecto a la cultura, como parte del régimen del buen vivir.

Que el artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, dispone: "Prohibición de donaciones.- Prohíbase a las entidades y organismos del sector público realizar donaciones o asignaciones no reembolsables, por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o personas jurídicas de derecho privado, con excepción de aquellas que correspondan a los casos regulados por el Presidente de la República, establecidos en el Reglamento de este Código, siempre que exista la partida presupuestaria";

Que el artículo 89 del Reglamento General del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: "Donaciones o asignaciones no reembolsables.- Las entidades del sector público podrán realizar donaciones o asignaciones no reembolsables a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, destinadas a investigación científica, educación, salud, inclusión social y donaciones para la ejecución de programas o proyectos prioritarios de inversión en benefi cio directo de la colectividad, priorizados por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo en el caso de las entidades que conforman el Presupuesto General del Estado o por la instancia correspondiente para el resto de entidades públicas. (...)".

Que el Ministerio de Cultura y Patrimonio es la entidad rectora que guía el desarrollo de las potencialidades culturales, asumiendo la responsabilidad de formular, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las políticas culturales participativas del Estado, corresponsabilizándose con la satisfacción de las necesidades del desarrollo cultural en la construcción de la sociedad del buen vivir; y, por mandato de Ley, es la máxima autoridad del área cultural.

Que el Ministerio de Cultura y Patrimonio dentro del POA institucional 2015, ha contemplado la ejecución del proyecto "Ecuador territorio de las Artes y Creatividades 2014 - 2017".

Que con fecha 26 de mayo de 2015 la Dirección de Gestión Financiera emite la certificación de disponibilidad presupuestaria Nro. 414, por la cantidad de seis cientos sesenta y cuatro mil con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD.664.000, 00), para la ejecución del proyecto en mención.

Que la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad mediante Memorando Nro. MCYP-SAC-2015-0269-M, solicitó al Ministro de Cultura y Patrimonio que disponga a la Coordinación General Jurídica, elabore el Acuerdo Ministerial para la expedición de las bases técnicas para la convocatoria al "Concurso Nacional de Festivales de las Artes 2015 - 2016", la autorización consta inserta mediante nota marginal en el referido Memorando.

Que mediante Resolución No. 001-CSTHC-2015, el Consejo Sectorial de Talento Humano y el Conocimiento, resuelve expedir los lineamientos generales para proceder con la transferencia directa de asignaciones públicas no reembolsables, a favor de personas naturales y jurídicas de derecho privado, para la ejecución de proyectos culturales y artísticos, previamente seleccionados dentro de las líneas de apoyo implementadas por el Ministerio de Cultura y Patrimonio.

En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO Expedir las bases técnicas para la convocatoria al "Concurso Nacional de Festivales de las Artes 2015 - 2016"; al tenor de las siguientes disposiciones:
  1. Definición

    Se define como festival al proceso organizado que plantea la realización de una programación de al menos tres (3) eventos artísticos, en torno a una temática concreta, que se desarrollen durante un período definido en espacios públicos o privados, abiertos o cerrados, garantizando el acceso y participación de la ciudadanía para el buen uso del tiempo libre, incentivando la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales1; que contemple estrategias de formación de públicos, la difusión de lenguajes artísticos nuevos y/o ancestrales según la realidad de las áreas geográficas de intervención. Además, que se proyecte hacia

    1 Art. 377. Constitución de la República "... fortalecer la identidad nacional; proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales... Se garantiza el ejercicio pleno de los derechos culturales". la articulación en la Red Nacional de Festivales2, entendida como la elaboración, promoción y difusión por distintos medios de la Agenda Nacional de Festivales como una plataforma de cooperación y circulación de la diversidad de prácticas y expresiones artísticas y culturales del Ecuador, en el marco de la interculturalidad y la plurinacionalidad y que se ejecuta de manera periódica a lo largo del territorio nacional, por gestión de programadores y/o productores locales a través de la optimización de recursos y espacios; generando procesos de intercambio de experiencias, metodologías y la itinerancia de artistas en el territorio nacional.

    No se considera como parte de la conceptualización de festival:

    Eventos organizados para la promoción, difusión o circulación de un producto cultural o artístico que giren en torno a un solo artista o grupo.

    Bienales, salones de arte, fi estas o festividades.

    Programaciones que concentren únicamente talleres de capacitación.

    Propuestas para participar en ferias y encuentros.

  2. Objetivo de la convocatoria

    Contribuir en la sostenibilidad y sustentabilidad de los festivales que se desarrollan como procesos artísticos y culturales, impulsados por gestores, organizaciones e instituciones del país, orientados al fortalecimiento de los procesos de articulación de la "Red Nacional de Festivales del Ecuador".

  3. Categorías, modalidades y montos

    Para la formulación, presentación, selección y desarrollo de festivales, esta convocatoria establece cinco (5) categorías, seis (6) modalidades, y cuatro (4) tipos de montos:

    3.1. Categorías:

    3.1.1. Artes Literarias y Narrativas.- Incluye eventos de lectura en público, recitales, encuentros de literatura oral, narrativa y poesía; difusión, discusión y debate sobre obras literarias, nuevas propuestas y vanguardias literarias; charlas y conferencias con autores; encuentros entre autores nóveles y/o editoriales; entre otros.

    3.1.2. Artes Escénicas y Performance.- Incluye la organización de muestras escénicas, espectáculos, obras, creaciones y/o performance de carácter local, nacional e internacional, rituales ancestrales, en espacios convencionales y no convencionales que pueden o no incluir clínicas o talleres, clases magistrales, talleres de capacitación y formación, entre otros.

    2 Este proceso será impulsado por la Subsecretaría de Artes y Creatividad, según se describe en el numeral 5 de estas Bases Técnicas.

    3.1.3. Artes Musicales y Sonoras.- Consiste en la organización de programaciones en sus diversos géneros, estilos musicales y propuestas sonoras, conciertos, recitales, presentaciones, que pueden o no incluir charlas, clínicas instrumentales, talleres, clases magistrales, entre otros.

    3.1.4. Artes Plásticas y Visuales.- Incluye la organización de exposiciones, intervenciones, talleres, conferencias,

    laboratorios y otros eventos plásticos, visuales y audiovisuales que no correspondan al campo de la cinematografía.

    3.1.5. Inter/trans/multidisciplinarios.- Consiste en una programación artística formulada del diálogo entre las artes y las ciencias, saberes o tecnologías.

    3.2. Modalidades y montos:

    MODALIDAD

    EDICIONES A POSTULAR

    MONTOS

    De larga trayectoria y gestión sostenida

    De diez (10) ediciones en adelante

    Hasta veinte mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 20.000,00)

    De fortalecimiento

    De seis (6) a nueve (9) ediciones

    Hasta quince mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 15.000,00)

    De propuestas en territorios

    De dos (2) a cinco (5) ediciones

    Hasta ocho mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 8.000,00)

    De pueblos y nacionalidades

    Iniciales

    Hasta seis mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 6.000,00)

    De personas con discapacidad

    Iniciales

    Hasta seis mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 6.000,00)

    De ecuatorianos en el exterior

    Sin límite

    Hasta quince mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 15.000,00)

    ...

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