Ordenanzas Municipales. Ordenanza del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón, período 2011-2020

Número de Boletín27-Edición Especial
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición25 de Enero de 2013

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZAD OMUNICIPAL DEL CANTÓN MERA

Considerando:

Que el COOTAD en el artículo 4, respecto a los Fines de lo sgobiernos autónomos descentralizados contempla que Dentro de sus respectiva scircunscripciones territoriales son fines de los gobiernos autónomo sdescentralizados:

  1. L arecuperación y conservación de la naturaleza y el mantenimiento de un ambient esostenible y sustentable;

  2. L aprotección y promoción de la diversidad cultural y el respeto a sus espacios d egeneración e intercambio; la recuperación, preservación y desarrollo de l amemoria social y el patrimonio cultural;

  3. L aobtención de un hábitat seguro y saludable para los ciudadanos y la garantía d esu derecho a la vivienda en el ámbito de sus respectivas competencias;

  4. E ldesarrollo planificado participativamente para transformar la realidad y e limpulso de la economía popular y solidaria con el propósito de erradicar l apobreza, distribuir equitativamente los recursos, la riqueza, y alcanzar e lbuen vivir;

    Que el COOTAD indica en el artículo 54, respecto a la sFuncione.- Son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal la ssiguientes:

  5. Promove rel desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, par agarantizar la realización del buen vivir a través de la implementación d epolíticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionale sy legales;

  6. Diseñar eimplementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en s uterritorio, en el marco d e sus competencias constitucionales y legales

  7. Establece rel régimen de uso del suelo, para lo cual determinará las condiciones d eurbanización, parcelación, lotización, división o cualquier otra forma d efraccionamiento de conformidad con la planificación cantonal, asegurando porcentaje spara zonas verdes y áreas comunales;

  8. Implementa run sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los derechos y l agestión democrática de la acción municipal;

  9. Elabora ry ejecutar el plan cantonal de desarrollo, el de ordenamiento territorial y la spolíticas públicas en el ámbito de sus competencias y en su circunscripció nterritorial, de manera coordinada con la planificación nacional, regional ,provincial y parroquial, y realizar en forma permanente, el seguimiento y rendició nde cuentas sobre el cumplimiento de las metas establecidas;

  10. Regular ,controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal, e ncoordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados, promoviend oespecialmente la creación y funcionamiento de organizaciones asociativas yempresas comunitarias de turismo;

  11. Implementa rel derecho al hábitat y a la vivienda y desarrollar planes y programas d evivienda de interés social en el territorio cantonal;

  12. Regular ,prevenir y controlar la contaminación ambiental en el territorio cantonal d emanera articulada con las políticas ambientales nacionales;

  13. Regula ry controlar las construcciones en la circunscripción cantonal, con especia latención a las normas de control y prevención de riesgos y desastres.

    Que el COOTAD en el artículo 55.- referente a la sCompetencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado municipal. -señala que: Los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán la ssiguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley :

  14. Planificar ,junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, e ldesarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamient oterritorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional ,provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suel ourbano y rural, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y e lrespeto a la diversidad;

  15. Ejerce rel control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;

  16. Planificar ,construir y mantener la vialidad urbana;

  17. Delimitar ,regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos d eríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley;

    Que es conveniente conservar, y preservar sistemas naturale sde alta vulnerabilidad ambiental, como son áreas de páramos, bosques ,quebradas, ríos, acequias, lagos, lagunas, reservorios naturales de agua, qu ese ven perturbadas con las intervenciones antrópicas, producto de l aurbanización y excesivo fraccionamiento del suelo, generando un alto deterior ode éstas.

    Que es necesario establecer usos de suelo agrícolas ,pecuarios, exclusivamente para las diferentes categorías de ocupación del us ode suelo rural.

    Que se debe promover la localización de actividade seconómicas compatibles con su medio físico, ofreciendo espacios alternativo sespecialmente para aquellos usos vinculados a la producción artesanal ,industrias de bajo impacto que a futuro fomente la generación de microempresas .

    Que es necesario propiciar un crecimiento compacto de lo sasentamientos del Cantón, consolidando prioritariamente los territorios que y acuentan con servicios públicos, infraestructuras y equipamientos, eliminando l asubutilización del suelo urbano producido socialmente.

    Que es necesario adaptar las actuales condiciones de uso d esuelo a las normas que el Plan de Ordenamiento Territorial establece, desde l aperspectiva de hombres y mujeres del cantón Mera, que tienen coincidencia co nla determinación de prioridades, con el fin de inducir a una localización d elas actividades económicas en espacios alternativos, evitando que la stendencias especulativas vinculadas con la renta del suelo, incidan negativament egenerando una caótica distribución de los usos en el espacio urbano- cantonal.

    Cumplir con el mandato que establece la Constitución Política de la República del Ecuador, el Título Vreferente a la organización territorial del estado, en su Capítulo Primero -Principios; fundamentado en lo que determinan los Arts. 238, 239, 240, 241 ,242, 243, 248, 250, 263, 264; en la Ley Orgánica (COOTAD) en su TÍTULO II art o10, 11, 12, en el Código Orgánico De Planificación y Finanzas Públicas en l asección Tercera art. 41, 42, 43, 44, cumpliendo con los lineamientos emitido spor la SENPLADES, la cual estableció un esquema de la estructura general d esistemas dentro del Plan de Desarrollo para el Buen Vivir, Art. 275 co nInclusión y Equidad Social; respetando la autonomía de los gobiernos autónomo sdescentralizados y la responsabilidad del desarrollo del cantón, como tambié nel encargo de velar por el territorio;, el Gobierno cantonal de Mera, diseñó e lPlan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial;

    Que el Plan de Desarrollo Cantonal tiene como objetiv oprincipal el mejoramiento de la calidad de vida de la población y establecer u nmarco operativo para la modernización, descentralización, eficiencia yefectividad; así como construir una cultura de participación social y l asostenibilidad en las áreas social, económica, política, turística, ambiental yde gobernabilidad a nivel local;

    Que el Concejo Municipal del Gobierno Autónom oDescentralizado Municipal del Cantón Mera, mediante Resolución que autoriza e linicio del proceso contractual para la contratación del Plan de Desarrollo yOrdenamiento Territorial del Cantón Mera;

    En uso de las atribuciones que le confiere la ley:

    Expide:

    LA ORDENANZA DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENT OTERRITORIAL DEL CANTÓN MERA PERIODO 2011-2020.

Título I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 397
Capítulo I Artículos 1 a 5
SECCIÓN I Artículos 1 y 2

MARCO GENERAL

Art. 1 La presente ordenanza constituye el marco genera lde políticas e instrumentos que permitan al Gobierno Municipal y a l aComunidad, dirigir y coordinar el desarrollo físico, social, económico ,turístico, ambiental, eco lógico y administrativo del cantón Mera.
Art. 2

El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territoria ldel cantón Mera se define como un conjunto de objetivos generales, principios ,políticas, estrategias e instrumentos, debidamente estructurados orgánicament ey dirigido a orientar, ordenar, priorizar y regular las acciones de lo sdiversos agentes de desarrollo en el ámbito municipal y de sus relaciones con área sde influencia local, provincial y nacional.

Expresa los lineamientos generales para el desarrollo ca nton al a distintos plazos y a partir de una concepción integral. Se constituy een el instrumento operativo, con acciones e inversiones de visión estadista acorto, mediano y largo plazo de los planes de desarrollo urbanos y rurales. E sel mecanismo rector para la administración municipal, tanto en lo interno com oexterno.

SECCIÓN II Artículo 3

ÁMBITO...

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