Decretos 1180. Ratifíquese en todos sus artículos el “Acuerdo Entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Francesa sobre el Empleo Remunerado de Personas Dependientes de los miembros de las Misiones Oficiales”, suscrito en la ciudad de Quito, Ecuador, el 1 de abril de 2016.
Número de Boletín | 858 |
Sección | Decretos |
Emisor | Presidencia de la República |
Fecha de la disposición | 12 de Septiembre de 2016 |
Rafael Correa Delgado
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que el "Acuerdo Entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Francesa sobre el Empleo Remunerado De Personas Dependientes de los miembros de las Misiones Oficiales", fue suscrito en la ciudad de Quito, Ecuador, el 1 de abril de 2016;
Que el artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;
Que en este sentido y en cumplimiento a lo normado en el artículo 109 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, el Secretario General Jurídico de la Presidencia de la República, con Oficio No. T. 7317-SGJ-l6-268 de 25 de abril de 2016, remitió a la Corte Constitucional, el referido instrumento, para que resuelva si este requiere de aprobación legislativa;
Que en base a lo expuesto, el Pleno de la Corte Constitucional en sesión de 29 de junio de 2016, resolvió que el instrumento internacional sometido a análisis no se encuentra incurso en los casos que requieren de aprobación legislativa, y por tanto no necesita aprobación previa por parte de la Asamblea Nacional;
Que el segundo inciso del artículo 418 de la Constitución de la República dispone que un Tratado solo podrá ser ratificado, para su posterior canje o depósito, diez días después de que la Asamblea haya sido notificada sobre el mismo;
Que en cumplimiento con la precitada disposición, se ha notificado a la Asamblea Nacional en la interpuesta persona de la señora Gabriela Rivadeneira Burbano, Presidenta del mencionado organismo, mediante oficio N° T.7317SGJ-l6-440, de fecha 19 de julio de 2016 y recibido en la misma fecha, y una vez que ha transcurrido el tiempo dispuesto; y,
En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 147, número 10, de la...
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