Las razones del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, CIADI: análisis y evaluación del caso CMS contra Argentina
Autor | Catherine Ricaurte Herrera |
Cargo | Profesora de Argumentación Jurídica en la Universidad de los Hemisferios. Exmiembro de la Comisión Técnica Presidencial para la Construcción de la Nueva Arquitectura Financiera Regional |
Páginas | 147-184 |
Las razones del Centro Internacional
de Arreglo de Diferencias Relativas
a Inversiones, CIADI: análisis y evaluación
del caso CMS contra Argentina*
Catherine Ricaurte Herrera**
RESUMEN
Tras analizar y evaluar la argumentación jurídica efectuada por el Tribunal del
CIADI respecto del caso CMS vs. Argentina, se aprecia que tal argumentación
descansa sobre la errada concepción de que en el caso no existían aspectos que
afecten derechos humanos. En realidad se trataba de un caso difícil, en materia de
derechos sociales, que no podía ser resuelto por la simple aplicación de las reglas
especícas del sistema (subsunción), como erróneamente lo hizo el Tribunal del
CIADI, pues necesariamente debía acudirse al procedimiento de la ponderación.
Si se acude a la ponderación se podrá constatar que existen dos principios aplica-
bles, cada uno de los cuales lleva a una solución incompatible con la del otro: por
un lado, la protección del derecho a la seguridad jurídica del inversionista extran-
jero, que exige un respeto a los derechos pactados contractual y l egalmente; y,
por otro, el de la protección al derecho a la vivienda, que exige un a congelación
en las tarifas de servicios básicos esenciales, entre ellos del transporte y distribu-
ción del gas. En este caso el segundo prevalece sobre el primero.
PALABRAS CLAVE: Argumentación jurídica, CIADI, TBI, arbitraje internacional, inver-
sión extranjera, estado de necesidad, derechos humanos, principios, ponderación,
enfoque de derechos, derechos sociales, privatizaciones.
ABSTRACT
After analyzing and evaluating the legal argumentation made by the International
Centre for Settlement of Investment Disputes, ICSID arbitral tribunal in the case
CMS vs. Argentina, it is concluded that the argument expressed in the decision
rests upon a misconception that there were not issues that affect human rights.
In fact, it was a complex case of social rights, which could not be solved by the
JURISPRUDENCIA
FORO Revista de Derecho, No. 18,
UASB-Ecuador/CEN•Quito,2012
* Unaversiónpreliminardeesteartículo fueelaboradoenelmarcodelprograma demaestríaenArgumentación
Jurídicade laUniversidad deAlicante, parael cualla autoracontó conuna becaotorgada porla Fundación
Generaldelamencionadauniversidad.
** ProfesoradeArgumentaciónJurídicaenlaUniversidaddelosHemisferios.ExmiembrodelaComisiónTécnica
PresidencialparalaConstruccióndelaNuevaArquitecturaFinancieraRegional.
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simple application of specic rules of a system (subsumption) as the ICSID tribunal
did. In the case it was necessary the balancing of the rights affected. The article
argues that by using the balancing of rights test, it can be found that there are two
rights affected. Each of these leads to a solution incompatible with the other: on
one hand the protection of the right of legal security of the foreign investor, which
requires fullling the agreed contractual rights; and second, the protection of the
right to housing, which requires a freeze in rates of essential basic services, inclu-
ding transport and distribution of gas. In this case the second one should prevail
over the rst one.
KEY WORDS: Legal argumentation, ICSID, BITs, international arbitration, foreign in-
vestment, state of necessity, human rights, balance of rights test, social rights,
privatization.
PRESENTACIÓN
Desde2008hevenidoinvestigandolascríticasnegativasquerecibeelmecanismo
de arbitraje internacional aplicado por el Centro Internacional deArreglo de
Diferenciasrelativas a Inversiones (CIADI);1 tales críticas vienen acompañadas de
análisisaisladosdeloslaudosqueemiteelmencionadoCentro.2 Sin embargo, nunca
sehaanalizadola argumentaciónjurídicadeunfallo,3 a través de un método que da
cuenta de los elementos formales, materiales y pragmáticos de la resolución, como el
métodoparaelanálisisdeargumentacionesdelprofesorManuelAtienza,conlocual
se podría observar los puntos fuertes y débiles de la argumentación del laudo y solo a
partirdeaquello,elaborarunjuicioevaluativo.
EsasíquedecidíanalizarelcasoCMSGasTransmissionCompanyyRepúblicade
Argentina(enadelantecasoCMSvs.Argentina).Sondoslosproblemasqueresolvió
elTribunaldelCIADI;elprimerofuesobrelaresponsabilidadonodeArgentina:para
1. Naceen1966, conelpropósito deestablecerun instrumento–elarbitraje internacional–quepermita resolver
diferenciasentreinversionistasprivadosdeunpaíssuscriptordelconveniodelCIADI,yelEstadodeaquelpaís
enelqueesosinversionistashanradicadosuscapitales.
2. Setomanfragmentosdesusfallosolaudosyselosanalizaenrelaciónconunconceptoquenormalmentetienen
queverconlascláusulasdeprotecciónalasinversionesinsertas enlosTratadosBilateralesdeProtecciónalas
Inversiones(tratojustoyequitativo,naciónmásfavorecida,umbrella clause,entreotras).
3. Entendidaestacomoelconjuntodeargumentosydelíneasargumentativasquetienenlugarentreelplanteamiento
delproblemaylarespuestaosoluciónargumentativadelmismo.
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Para ello, en la primera parte de este artículo, me ocupo de describir brevemente
blemas puestos a su decisión, ya que si bien este mecanismo es difundido entre los
países que dirimen controversias ante el mismo, de seguro resulta muy novedoso en
lugares y ámbitos en los que su uso no es muy común, por lo que proveer de una breve
En la segunda parte, narro brevemente el contexto en el cual se desencadenó el
necesario, sobre todo para el posterior análisis y evaluación del estado de necesidad
vs
la línea argumentativa más débil del Tribunal y, a propósito de ello, paso a revisar,
brevemente, la relación entre el Derecho y la moral y luego las aportaciones de Alí
las críticas que dirijo a la argumentación del Tribunal, se soportan en las tesis plantea
SISTEMA DE RESOLUCIÓN
DE CONTROVERSIAS DEL CIADI
CREACIÓN DEL CIADI Y SU VINCULACIÓN
CON LOS TBIS
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