Resoluciones. RE-SERCOP-2019-0000100 Expídese la reforma de los modelos de pliegos versión 2.1, de 09 de junio de 2017, de los procedimientos de licitación de obras, menor cuantía de obras y cotización de obras, para uso obligatorio de las entidades contratantes

Número de Boletín530
SecciónResoluciones
EmisorSERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
6 – Lunes 15 de julio de 2019 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 530
Segunda.- Disponer que la Unidad de Comunicación
Social publique la presente Resolución en la página web
de la Entidad.
Tercera.- La presente Reforma al Reglamento entre
Operadores Postales y Agentes Postales entrará en vigencia
a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Dada, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano, a los cuatro días del mes de Julio del 2019.
f.) Mg. Javier Gómez Benavides, Director Ejecutivo,
Encargado, Agencia de Regulación y Control Postal.
Nro. RE-SERCOP-2019-0000100
LA DIRECTORA GENERAL
SERVICIO NACIONAL DE
CONTRATACIÓN PÚBLICA
Considerando:
prescribe: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que
les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
del Ecuador, establece: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación”;
Ecuador, dispone que: “Las compras públicas cumplirán
con criterios de ef‌i ciencia, transparencia, calidad,
responsabilidad ambiental y social (…)”;
Pública -LOSNCP, def‌i ne al Servicio Nacional de
Contratación Pública -SERCOP, como un organismo de
derecho público, técnico regulatorio, con personalidad
jurídica propia y autonomía administrativa, técnica,
operativa, f‌i nanciera y presupuestaria;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 145, de 6 de
septiembre de 2017, se designó a la economista Laura
Silvana Vallejo Páez, como Máxima Autoridad institucional
del Servicio Nacional de Contratación Pública;
Que, el artículo 6 de la LOSNCP def‌i ne a los pliegos como:
Documentos precontractuales elaborados y aprobados
para cada procedimiento, que se sujetarán a los modelos
establecidos por el Servicio Nacional de Contratación
Pública.;
de Contratación Pública -LOSNCP, establece que son
objetivos prioritarios del Estado, en materia de contratación
pública, entre otros: “1. Garantizar la calidad del gasto
público y su ejecución en concordancia con el Plan Nacional
de Desarrollo; (…) 3. Garantizar la transparencia y evitar
la discrecionalidad en la contratación pública; (…);
Que, el artículo 10 de la Ley Ibídem, prevé como
atribuciones del Servicio Nacional de Contratación
Pública, entre otras, las siguientes: “1. Asegurar y exigir
el cumplimiento de los objetivos prioritarios del Sistema
Nacional de Contratación Pública; (…) 5. Desarrollar y
administrar el Sistema Of‌i cial de Contratación Pública
del Ecuador, COMPRASPUBLICAS, así como establecer
las políticas y condiciones de uso de la información y
herramientas electrónicas del Sistema (…) 8. Expedir
modelos obligatorios de documentos precontractuales y
contractuales, aplicables a las diferentes modalidades
y procedimientos de contratación pública, (….); 9.
Dictar normas administrativas, manuales e instructivos
relacionados con esta Ley (…)”;
Que, el artículo 27 de la LOSNCP señala que: “(…) serán
obligatorios los modelos y formatos de documentos pre
contractuales, y la documentación mínima requerida
para la realización de un procedimiento precontractual y
contractual, que serán elaborados y of‌i cializados por el
Servicio Nacional de Contratación Pública (…);”.
Que, la Resolución Externa No.
RE-SERCOP-2016-0000072
,
de 31 de agosto de 2016, con la cual se expide la Codif‌i cación
y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio
Nacional de Contratación Pública, establece en los Capítulos
II, III y IV, del Título V “De los procedimientos de Régimen
Común”, las disposiciones relativas a los procedimientos
de Licitación, Cotización y Menor Cuantía, incluidos los
de obras.;
Que, mediante Resolución Nro.
RE-SERCOP-2019-0000095
,
de 07 de enero de 2019, se expiden reformas a la Resolución
No. RE-SERCOP-2016-0000072, de 31 de agosto de 2016,
que afectan a los modelos de pliegos versión 2.1 de fecha
09 de junio de 2017, por lo que es necesaria su reforma.;
Que, la Disposición Transitoria Única de la Resolución
ibídem, establece que en el término de noventa (90) días
siguientes a la expedición de la misma, el Servicio Nacional
de Contratación Pública reformará los modelos de pliegos
de los procedimientos de Licitación de Obras, Menor
Cuantía de Obras, Cotización de Obras versión SERCOP
2.1, en base a lo contemplado en la resolución; los cuales,
serán aplicables desde el momento de su publicación en
el Módulo Facilitador de Compras Públicas y el Portal
Institucional, sin perjuicio de la ejecución del resto de
actualizaciones que se encuentran en desarrollo;
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