Resoluciones 0092. Refórmase el Estatuto del 'Comité Pro Mejoras PRADESUR Segunda Etapa', en el cantón Quito, provincia de Pichincha

Número de Boletín353
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Vivienda
Fecha de la disposición11 de Agosto de 2014

Dra. María Fernanda Garcés Dávila

COORDINADORA GENERAL JURÍDICA

Considerando:

Que, el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, fue creado mediante Decreto Ejecutivo No. 3 de 10 de agosto de 1992, publicado en el Registro Oficial No. 1 de 11 de agosto de1992;

Que mediante Decreto Ejecutivo 170 de 5 de diciembre de 2013, el señor Presidente de la República, economista Rafael Correa Delgado, nombra como Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda al economista Diego Aulestia Valencia;

Que, de conformidad con lo prescrito en el artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador, "El Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a las personas: 13) El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria";

Que, el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador ha dispuesto: "A las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde; 1.- Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión";

Que, el artículo de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, señala que las organizaciones sociales que deseen tener personalidad jurídica deberán tramitarla en las diferentes instancias públicas que correspondan a su ámbito de acción y actualizaran sus datos conforme a sus estatutos. El registro de las organizaciones sociales se hará bajo el respeto a los principios de libre asociación y autodeterminación;

Que, el artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que: "El Presidente de la República...

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