Acuerdo 000010 Expídese El Instructivo Sobre El Procedimiento Temporal Para La Emisión De Visas De Cortesía A Los Corresponsales De Prensa Extranjera

Fecha de disposición31 Enero 2018
Fecha de publicación31 Enero 2018
SecciónAcuerdos
Número de Gaceta172
instrumentationAcuerdos

José Luis Jácome Guerrero

VICEMINISTRO DE MOVILIDAD HUMANA

Considerando:

Que el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que corresponde a las Ministras y Ministros de Estado: “1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiere su gestión”;

Que el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador manifiesta: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”;

Que la Ley Orgánica de Movilidad Humana fue publicada en el Registro Oficial Suplemento 938, de 6 de febrero de 2017; y, el Reglamento de la referida Ley fue publicado en el Registro Oficial, Primer Suplemento 55, el 10 de agosto de 2017;

Que el artículo 2 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana manifiesta: (...) Pro-persona en movilidad humana. Las normas de la presente Ley serán desarrolladas e interpretadas en el sentido que más favorezca a las personas en movilidad humana, con la finalidad que los requisitos o procedimientos no impidan u obstaculicen el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones con el Estado ecuatoriano (...)”;

Que el artículo 44 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana expresa: “Las personas extranjeras tendrán derecho a solicitar una condición migratoria de conformidad a lo establecido en esta Ley y su reglamento. Una vez concedida la condición migratoria de residente se otorgará cédula de identidad”;

Que el artículo 66 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana determina los diferentes tipos de visas para las personas extranjeras que deseen ingresar y permanecer en el territorio ecuatoriano: (...) 4. Visa diplomática: Es la autorización para ejercer funciones oficiales por parte de los agentes diplomáticos, consulares o...

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