Acuerdos. 0001 Autorícese la nueva emisión de 12.000 especies valoradas

Número de Boletín1
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Viernes 11 de febrero de 2022Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 1
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ACUERDO No. 0001
LA SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
CONSIDERANDO:
QUE el artículo 154 de la Constitución de la República determina: A las ministras y
ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
QUE el artículo 226 de la referida Constitución determina: “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que
actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
QUE el artículo 227 de la citada Carta Magna, dispone: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia,
eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planificación, transparencia y evaluación”;
QUE el artículo 69 del Código Orgánico Administrativo, publicado en el Suplemento del
Registro Oficial No. 31 de 07 de julio de 2017, vigente desde el 07 de julio de 2018,
dispone: “Delegación de competencias. Los órganos administrativos pueden delegar
el ejercicio de sus competencias, incluida la de gestión, en: 1. Otros órganos o
entidades de la misma administración pública, jerárquicamente dependientes (…)”;
en el Suplemento del Registro Oficial No. 306 de 22 de octubre de 2010, establece
que: “El ente rector de las finanzas públicas, es el único organismo que autoriza la
emisión y fija el precio de los pasaportes y más especies valoradas de los organismos,
entidades y dependencias del Sector Público no Financiero, a excepción de aquellas
emitidas por los gobiernos autónomos descentralizados, las entidades de seguridad
social y las empresas públicas”;
QUE la Ley de Régimen Tributario Interno dispone en su
artículo
115.- “Valor de las
especies fiscales. - Facúltase al Ministro de Economía y Finanzas para que fije el valor
de las especies fiscales, incluidos los pasaportes”;

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