Resoluciones. 001-2020 Otórguese personería jurídica a la Fundación Periodistas sin Cadenas, domiciliada en el cantón Quito, provincia de Pichincha

Número de Boletín150
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información
Jueves 27 de febrero de 2020 – 35Registro Of‌i cial Nº 150
Que, mediante varios comunicados, debido a que le
Convenio Básico de Funcionamiento se encontraba
vencido, se solicitó información a la ONG para la
suscripción del nuevo instrumento legal que permitiera
continuar sus labores en el país, no obstante no se obtuvo
respuesta alguna, siendo el último comunicado de 24
enero 2019.
Que, Con of‌i cio N° MREMH-DGCING-2019-0236-O,
de 24 abril 2019, se notif‌i có a la ONG una amonestación
por incumplimiento del artículo 8 del Convenio Básico de
Funcionamiento y otorgándole un nuevo plazo de hasta 15
días para la presentación de los reportes pendientes, sin
respuesta posterior a dicho of‌i cio.
Que, con memorando N° MREMH-DGCING-2019-
0505-M, de 18 diciembre 2019, la Dirección de Gestión
de la Cooperación Internacional No Gubernamental
transmitió el Informe Técnico N° IT-MREMH-2019-
013-C a la Dirección de Asesoría Jurídica y Patrocinio en
Derecho Nacional, a f‌i n de continuar con el trámite legal
y administrativo para dar por terminadas las actividades
de la organización “Fundación Salud y Sociedad” en el
Ecuador;
Que, a través del memorando N° MREMH-DAJPDN-
2020-0058-M, de 23 enero 2020, la Dirección de Asesoría
Jurídica y Patrocinio en Derecho Nacional emitió
dictamen jurídico favorable para dar por terminadas
las actividades de la Organización No Gubernamental
extranjera “Fundación Salud y Sociedad” en el Ecuador;
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo
2 del Decreto Ejecutivo No. 1202, de 13 de octubre de
2016; en el artículo 30 del Decreto Ejecutivo No. 193, de
23 de octubre de 2017; y, en el artículo 1 del Acuerdo
Ministerial No. 0000007, de 6 de febrero de 2019;
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Dar por terminadas las actividades en el
Ecuador de la Organización No Gubernamental extranjera
“Fundación Salud y Sociedad”, autorizadas a través del
Convenio Básico de Funcionamiento suscrito el 23 mayo
2014.
ARTÍCULO 2.- Disponer a la Dirección de Gestión
de Cooperación Internacional No Gubernamental
notif‌i que con el contenido de la presente resolución a la
Organización No Gubernamental extranjera “Fundación
Salud y Sociedad”.
ARTÍCULO 3.- Informar sobre la f‌i nalización de
actividades en el Ecuador de la Organización No
Gubernamental extranjera “Fundación Salud y Sociedad”
a las siguientes entidades:
a) Ministerio de Gobierno;
b) Superintendencia de Bancos y Seguros;
c) Servicio de Rentas Internas;
d) Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador;
e) Unidad de Análisis Financiero y Económico;
f) Ministerio del Trabajo;
g) Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; y,
h) Ministerio de Salud Pública.
ARTÍCULO 4.- Disponer a la Dirección de Gestión
Documental y Archivo de este Ministerio realice las
gestiones pertinentes para la publicación en el Registro
Of‌i cial de este instrumento.
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dada en la ciudad de Quito, a 28 de enero de 2020.
f.) Embajador Cristian Espinosa Cañizares, Viceministro
de Relaciones Exteriores, Integración Política y
Cooperación Internacional, Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana.
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA
RAZÓN.- Siento por tal que las dos (02) fojas que anteceden,
son copias del original de la Resolución Administrativa No.
0000014, del 28 de enero de 2020, documento que reposa
en la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y
ARCHIVO.- LO CERTIFICO.
Quito, D.M. 30 de enero de 2020.
f.) Emb. Francisco Augusto Riofrío Maldonado, Director de
Gestión Documental y Archivo.
OBSERVACIÓN: Esta Dirección de Gestión Documental
y Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana no se responsabiliza por el estado
y la veracidad de los documentos presentados para la
certif‌i cación por parte de la Dirección que los custodia,
y que puedan inducir a equivocación o error, así como
tampoco por el uso doloso o fraudulento que se pueda hacer
de los documentos certif‌i cados.
No. 001-2020
EL COORDINADOR GENERAL JURÍDCO
DELEGADO DEL MINISTRO DE
TELECOMUNICACIONES Y DE LA SOCIEDAD
DE LA INFORMACIÓN
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la
República del Ecuador conf‌i ere a las Ministras y Ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la

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