001-CONADIS-2019 Extiéndese la vigencia de la especie “carné de discapacidad CONADIS” hasta el 30 de junio del 2021; y, extiéndese la vigencia de la especie “carné de discapacidad Ministerio de Salud Pública - MSP”, hasta el 30 de junio del 2023

Fecha de publicación07 Enero 2020
MateriaDerecho Público y Administrativo
Número de Gaceta115
SUMARIO:
Págs.
FUNCIÓN EJECUTIVA
RESOLUCIONES:
CONSEJO NACIONAL PARA LA
IGUALDAD DE DISCAPACIDADES:
001-CONADIS-2019 Extiéndese la vigencia de la especie
“carné de discapacidad CONADIS” hasta el 30
de junio del 2021; y, extiéndese la vigencia de la
especie “carné de discapacidad Ministerio de
Salud Pública - MSP”, hasta el 30 de junio del
2023 . ......................................................................... 1
SERVICIO DE RENTAS INTERNAS:
NAC-DGERCGC19-00000066 Establécese la metodología
de indexación al límite aplicable a los precios de
exportaciones de banano a partes relacionadas a
partir del ejercicio f‌i scal 2020 ................................ 12
No. 001-CONADIS-2019
EL PLENO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA
IGUALDAD DE DISCAPACIDADES
Considerando:
Personas con Discapacidad respecto a las Obligaciones generales de
los Estados Parte, dispone: “1. Los Estados Partes se comprometen a
asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos
y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin
discriminación alguna por motivos de discapacidad. A tal f‌i n, los
Estados Partes se comprometen a: a) Adoptar todas las medidas
legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes
para hacer efectivos los derechos reconocidos en la presente
Convención; b) Tomar todas las medidas pertinentes, incluidas
medidas legislativas, para modif‌i car o derogar leyes, reglamentos,
costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación
contra las personas con discapacidad;”
Que, el numeral 9 del artículo 11 ibídem dispone que: “(…) el más
alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los
derechos garantizados en la Constitución”;
Que, en el artículo 66 de la Constitución de la República, se reconoce
y garantiza a todas las personas la igualdad formal, la igualdad
SUPLEMENTO
Año I - Nº 115
Quito, martes 7 de
enero de 2020
Servicio gratuito
ING. HUGO DEL POZO BARREZUETA
DIRECTOR
Quito:
Calle Mañosca 201
y Av. 10 de Agosto
Telf.: 3941-800
Exts.: 2551 - 2555 - 2561
12 páginas
www.registroficial.gob.ec
El Pleno de la Corte Constitucional
mediante Resolución Administrativa No.
010-AD-CC-2019, resolvió la gratuidad de
la publicación virtual del Registro Oficial
y sus productos, así como la eliminación
de su publicación en sustrato papel,
como un derecho de acceso gratuito de la
información a la ciudadanía ecuatoriana.
Al servicio del país
desde el 1º de julio de 1895
El Registro Of‌i cial no se responsabiliza
por los errores ortográf‌i cos, gramaticales,
de fondo y/o de forma que contengan
los documentos publicados, dichos
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mismos que se encuentran archivados y
son nuestro respaldo.

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