Acuerdos. 0013 Subróguense las funciones de Ministro, al magíster Fabián Carrillo, Viceministro de Finanzas

Número de Boletín143
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
2 – Viernes 14 de febrero de 2020 Registro Of‌i cial Nº 143
Págs.
CONSEJO NACIONAL
DE AVIACIÓN CIVIL:
029/2019 Renuévese el permiso de operación a
la Compañía AEROVÍAS de México,
Sociedad Anónima de Capital Variable
“AEROMÉXICO” ..................................... 13
RESOLUCIONES:
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL:
DIRECCIÓN NACIONAL
DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS:
001/2019 Establécese la Zona de Fondeo del
Sector de Puerto Posorja .......................... 17
AGENCIA NACIONAL DE
REGULACIÓN Y CONTROL DEL
TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO
Y SEGURIDAD VIAL:
056-DE-ANT-2019 Deléguese al ingeniero
Jefferson Alexander Terán Morán,
Director Provincial de Imbabura,
suscriba un convenio de pago con el
señor Michael Fernando Vaca Cisneros . 19
INSTITUTO NACIONAL DE
BIODIVERSIDAD - INABIO:
INABIO-RES-001-2020 Expídese el Reglamento
Interno de Administración de Talento
Humano ...................................................... 20
SERVICIO NACIONAL DE DERECHOS
INTELECTUALES - SENADI:
006-2019-DG-NI-SENADI Expídese el Instruc-
tivo de Control, Registro, Permisos y
Vacaciones .................................................. 41
007-2019-DG-NI-SENADI Emítese el Manual
de Procesos de Registro de Patentes y
Diseños Industriales de la Unidad de
Gestión de Patentes ................................... 45
FUNCIÓN JUDICIAL
Y JUSTICIA INDÍGENA
DEFENSORÍA PÚBLICA
DEL ECUADOR:
DP-DPG-DAJ-2020-002 Apruébese la Progra-
mación Anual de la Política Pública
PAPP y la distribución del gasto
corriente y de inversión 2020 ................... 46
Nro. 0013
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Considerando:
en el Registro Of‌i cial No. 449 de 20 de octubre de 2008,
en su artículo 154 dispone que: a las Ministras y Ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la
Ley, les corresponde: “Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
publicado en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 31 de
07 de julio de 2017, vigente desde el 07 de julio de 2018,
dispone: “Las competencias de un órgano administrativo
pueden ser ejercidas por el jerárquico inferior en caso de
ausencia del jerárquico superior (…)”;
Que el segundo inciso del artículo 17 del Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva dispone: “Los Ministros de Estado, dentro de la
esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones
y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus
respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión
de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente,
siempre y cuando las delegaciones que concedan no
afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial,
todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y
obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos
tenga el funcionario delgado.”;
Que la Ley Orgánica del Servicio Público, publicada en
el Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial No. 294 de 6
de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone: “Cuando
por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad
competente, la servidora o el servidor deba subrogar en
el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico superior,
cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá
la diferencia de la remuneración mensual unif‌i cada que
corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure
el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin
perjuicio del derecho del titular”;
Que el artículo 270 del Reglamento General a la invocada
Ley Orgánica, publicado en el Suplemento del Registro
Of‌i cial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que: “La
subrogación procederá de conformidad al 126 de la
LOSEP, considerando que la o el servidor subrogante
tendrá derecho a percibir la diferencia que exista entre
la remuneración mensual unif‌i cada de supuesto y la
del puesto subrogado, incluyendo estos los puestos que
dependan administrativamente de la misma institución”;
y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i eren los
artículos 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, 82 del Código
Orgánico Administrativo, 126 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, 270 del Reglamento General a la
invocada Ley:

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