Acuerdos. 0016 Expídese el Instructivo para el manejo y administración del fondo de caja chica

Número de Boletín285
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Interior
Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 285
3
Jueves 6 de abril de 2023
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Acuerdo Ministerial Nro. 0016
Ing. Juan Ernesto Zapata Silva
MINISTRO DEL INTERIOR
CONSIDERANDO:
las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su
cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión.”;
Que, el artículo 226 la misma Carta Constitucional, consagra: “Las instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y
las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.
Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer
efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.”;
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación;”;
Ecuador, dispone: Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que
en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un
cargo, función o dignidad dentro del sector público.”;
Ecuador, establece: “Ninguna servidora ni servidor público estará exento de
responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones o por
omisiones; y serán responsable administrativa, civil y penalmente por el manejo y
administración de fondos, bienes o recursos públicos.”;
Que, el inciso primero del artículo 4 de la Ley Orgánica de Servicio Público,
prescribe: “Servidoras y servidores públicos.- Serán servidoras o servidores
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públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen,
presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector
público.”;
Que, la Ley Orgánica del Servicio Público, en el artículo 21 prevé: "Obligación de
rendir caución. - Las y los servidores públicos, que desempeñen funciones de
recepción, inversión, control, administración y custodia de recursos públicos,
tienen obligación de prestar caución a favor de las respectivas instituciones del
Estado, en forma previa a asumir el puesto. (...).";
determina: “El control interno constituye un proceso aplicado por la máxima
autoridad, la dirección y el personal de cada institución, que proporciona
seguridad razonable de que se protegen los recursos públicos y se alcancen los
objetivos institucionales. Constituyen elementos del control interno: el entorno de
control, la organización, la idoneidad del personal, el cumplimiento de los
objetivos institucionales, los riesgos institucionales en el logro de tales objetivos y
las medidas adoptadas para afrontarlos, el sistema de información, el
cumplimiento de las normas jurídicas y técnicas; y, la corrección oportuna de las
deficiencias de control. El control interno será responsabilidad de cada institución
del Estado y tendrá como finalidad primordial crear las condiciones para el
ejercicio del control externo a cargo de la Contraloría General del Estado.”;
“Los Ministros de Estado y las máximas autoridades de las instituciones del
Estado, son responsables de los actos, contratos o resoluciones emanados de su
autoridad. Además se establecen las siguientes atribuciones y obligaciones
específicas: 1. Titular de la entidad: a) Dirigir y asegurar la implantación,
funcionamiento y actualización del sistema de control interno y de los sistemas de
administración financiera, planificación, organización, información, de recursos
humanos, materiales, tecnológicos, ambientales y más sistemas
administrativos;(…)”;
instituye: “Sistema Nacional de Finanzas Públicas (SINFIP).- El SINFIP
comprende el conjunto de normas, políticas, instrumentos, procesos, actividades,
registros y operaciones que las entidades y organismos del Sector Público, deben
realizar con el objeto de gestionar en forma programada los ingresos, gastos y

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