Acuerdos. 0019 Expídense las normas de procedimiento para la transferencia de fondos públicos por concepto de la tasa de matriculación y sus multas asociadas de la descentralización de la competencia de tránsito, transporte terrestre y seguridad vial a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, Metropolitanos y sus Mancomunidades para el ejercicio fiscal 2021
Número de Boletín | 429 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS |
Lunes 12 de abril de 2021Registro Ocial Nº 429
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ACUERDO No. 0019
EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
CONSIDERANDO:
QUE el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador faculta, a las
Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley, expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
QUE en la Constitución de la República en su artículo 239 y en el artículo 108 del
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
objeto de organizar las instituciones, planes, programas, políticas y actividades
relacionadas con el ejercicio de las competencias que corresponden a cada nivel
de gobierno, conservando los principios de autonomía, coordinación,
complementariedad y subsidiariedad;
QUE en el número 6 del artículo 264 de la Constitución de la República, en
competencia exclusiva de los gobiernos municipales, planificar, regular y
controlar el tránsito y el transporte terrestre;
QUE el artículo 269 de la Constitución de la República establece que el Sistema
Nacional de Competencias contará con un organismo técnico que tendrá, entre
otras, la función de regular el procedimiento y el plazo máximo de transferencia
de las competencias exclusivas, que de forma obligatoria y progresiva deberán
asumir los gobiernos au tónomos descentraliza dos;
QUE el artículo 243 de la Constitución ibídem, establece que dos o más regiones,
provincias, cantones o parroquias contiguas podrán agruparse y formar
mancomunidades, con la finalidad de mejorar la gestión de sus competencias y
favorecer sus procesos de integración. Su creación, estructura y administración
serán reguladas por la ley;
QUE de acuerdo al artículo 123 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización (COOTAD) se estableció la creación de la
comisión técnica sectorial de costeo del Consejo Nacional de Competencias
conformada para la transferencia de la competencia de planificar, regular y
controlar el transporte terrestre, el tránsito y la seguridad vial a los gobiernos
autónomos descentralizados correspondientes;
QUE en el artículo 30.3 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y
Seguridad Vial se establece que los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Regionales, Metropolitanos y Municipales, son responsables de la planificación
operativa del control del transporte terrestre, tránsito y seguridad vial,
planificación que estará enmarcada en las disposiciones de carácter nacional
emanadas desde la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte
Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, y deberán informar sobre las regulaciones
locales que se legislen;
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