Resoluciones. 002-DIGERCIC-CGAJ-DAJ-2021 Apruébese el Plan Anual de Contrataciones (PAC) 2021

Número de Boletín389
SecciónResoluciones
EmisorDirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación
Miércoles 10 de febrero de 2021 Segundo Suplemento Nº 389 - Registro Ocial
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RESOLUCIÓN No. 002-DIGERCIC-CGAJ-DAJ-2021
Econ. Rodrigo Fernando Avilés Jaramillo
DIRECTOR GENERAL DE REGISTRO CIVIL,
IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 226, es table ce: (…)
las ins titucione s del Esta do, sus organismos, dep enden cias, la s servidoras o
servidores públicos y las person as que act úen en función de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias facultades que les sean atribuidas en la
Constituci ón y la Ley. Tendrán el deber de coordinar accio nes para el cumplimiento de
sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la
Constituci ón (…)”;
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 227, señala: “La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planificación, transparencia y evaluación.”;
compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad,
responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en
particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y
medianas unidades productivas.”;
establece: “La Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación es una
entidad de derecho público, desconcentrada, adscrita al ministerio rector del sector, con
personalidad jurídica propia, dotada de autonomía administrativa, operativa y financiera
(...)”;
Pública, señala: “Máxima autoridad.- Quien ejerce administrativamente la representación
legal de la entidad u organismo contratante. (…)”;
Que, el artículo 22 íbidem señala: “Las Entidades Contratantes, para cumplir con los objetivos
del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el
Plan Anual de Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la
planificación plurianual de la Institución, asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los
presupuestos del Estado. El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la
Entidad Contratante dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e
interoperará con el portal COMPRAS PÚBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de
Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este
inciso. El contenido del Plan de contratación y los sustentos del mismo se regularán en el
Reglamento de la presente Ley.”;
Que, el artículo 25 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública, señala: “Hasta el 15 de enero de cada año, la máxima autoridad
de cada entidad contratante o su delegado, aprobará y publicará el Plan Anual de
Contratación (PAC), el mismo que contendrá las obras, bienes o servicios incluidos los de
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consultoría que se contratarán durante ese año, en función de sus res pectivas metas
institucionales y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley. El Plan Anual de
Contratación podrá ser reformado por la máxima autoridad o su delegado, mediante
resolución debidamente motivada, la misma que junto con el plan reformado serán
publicados en el portal www.compraspublicas.gov.ec. Salvo las contrataci ones de ínfima
cuantía o aquellas que respondan a situaciones de emergencia, todas las demás deberán
estar incluidas en el PAC inicial o reformulado. Los procesos de contrataciones deberán
ejecutarse de conformidad y en la oportunidad determinada en el Plan Anual de
Contratación elaborado por cada entidad contratante, previa consult a de la disponibilidad
presupuestaria, a menos que circunstancias no previstas al momento de la elaboración del
PAC hagan necesario su modificación. Los formatos del PAC serán elaborad os por el
SERCOP y publicados en el Portal www.compraspublicas.gov.ec.”;
Que, en el artículo 26 ibídem señala: “El Plan Anual de Contratación estará vinculado con los
objetivos del Plan Nacional de Desarrollo o de los planes regionales, prov inciales, locales o
institucionales y contendrá, por lo menos, la siguiente información: 1. Los proces os de
contratación que se realizarán en el año fiscal; 2. Una descripción del objeto de las
contrataciones contenidas en el Plan, suficiente para que los proveedor es puedan
identificar las obras, bienes, servicios o consultoría a contratarse; 3. El presupuesto
estimativo de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar; y, 4. El cronograma de
implementación del Plan. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de entidades contratantes
que realicen actividades empresariales o de carácter estratégico, en coordinación con el
SERCOP, establecerán el contenido del PAC que será publicado en el Portal, con la
finalidad de que dicha información no afecte el sigilo comercial y de estrategia necesario
para el cumplimiento de los fines y objetivos de dichas entidades. ”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8 de 13 de agosto de 2009, publicado en el
Registro Oficial No. 10 de fecha 24 de agosto de 2009, con su última reforma de
27 de noviembre de 2015 en su artículo 21 determina: “Adscríbase la Dirección
General de Registro Civil, Identificación y Cedulación al Ministerio de Telecom unicaciones
y Sociedad de la Información, el que supervisará la inmediata reforma y modernización de
esa entidad. El Director General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, será
nombrado por el Ministro de Telecomunicaciones y podrá dictar la normativ a interna de
carácter general.”;
Que, mediante Acuerdo Ministerial 029-2020 de fecha 29 de septiembre de 2020, el
Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información nombró al
Econ. Rodrigo Fernando Avilés Jaramillo como Director General de Registro Civil,
Identificación y Cedulación;
Que, en enero de 2021, la Coordinación General de Planificación y Gestión Estratégica
emitió el Informe Técnico Plan Anual de Contrataciones 2021, en el cual concluyó:
(...) En base a los lineamientos emitidos y talleres de trabajo, cada unidad construyó el
Plan Anual de Contratación-PAC inicial 2021, las mismas que han sido ajustadas
conforme a los lineamientos del Ministerio de Finanzas emitido mediante Circular Nro.
MEF-SP-2020-0006 de fecha 16 de octubre del 2020. El Plan Anual de Contratación PAC
2021 fue revisado previamente por la Dirección Administrativa, validando su contenid o
(....)” y recomendó “(...) la aprobación del Plan Anual de Contratación-PAC 2021, a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto por el Reglamento General de la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública, y proceder con s u publicación en el Sistema
Nacional de Contratación Pública hasta el 15 de enero del año en curso (...)”;
Que, mediante Memorando Nro. DIGERCIC-CGPGE-2021-0010-M de 15 de enero de
2020, el Mgs. Jorge Remigio Trujillo Salazar, Coordinador General de Planificación
y Gestión Estratégica, solicitó al Econ. Rodrigo Fernando Avilés Jaramillo, Director
General de Registro Civil, Identificación y Cedulación: (...) apruebe la "Programación
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Anual de la Planificación 2021 - PAP 2021"a fin de articular la planificación con el
presupuesto institucional (...)”
;
Que, el 15 de enero del 2021, mediante sumilla inserta el Director General de Registro
Civil, Identificación y Cedulación, Econ. Rodrigo Fernando Avilés Jaramillo,
aprueba la Planificación Anuela de Contratación 2021 y dispone a la Coordinación
General de Asesoría Jurídica, elaborar el documento legal correspondiente;
En uso de sus atribuciones y en lo determinado en el artículo 22 de la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública y artículo 25 de su Reglamento General, la
Dirección General:
RESUELVE:
APROBAR EL PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES (PAC) 2021
Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) de la Dirección General de
Registro Civil, Identificación y Cedulación para el ejercicio económico fiscal 2021,
conforme el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, por haber sido
elaborado en función de las necesidades y objetivos institucionales, y con sujeción a los
requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 2.- Disponer a la Dirección Administrativa y Coordinaciones Zonales realizar la
publicación del Plan Anual de Contrataciones (PAC) en el Portal de Compras Públicas,
www.compraspublicas.gob.ec correspondiente a la Dirección General de Registro Civil,
Identificación y Cedulación, para el ejercicio económico fiscal 2021, de acuerdo a los
lineamientos y formatos publicados por el ente regulador (Servicio Nacional de
Contratación Pública – SERCOP).
Artículo 3.- Disponer a las diferentes unidades administrativas de la Dirección General de
Registro Civil, Identificación y Cedulación, la cabal ejecución del Plan Anual de
Contrataciones (PAC 2021) aprobado mediante la presente Resolución.
Artículo 4.- Del seguimiento de la ejecución de esta Resolución encárguese a la
Dirección Administrativa, la Coordinación General de Planificación Gestión Estratégica y
Coordinaciones Zonales. La misma que entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Artículo 5.- Notifíquese, por intermedio de la Unidad de Gestión de Secretaría, a las
áreas administrativas previstas en el artículo 4 de este Instrumento, a la Subdirección,
Coordinaciones Generales, Direcciones Nacionales y Coordinaciones Zonales.
Dado y firmado en el Distrito Metropolitano de Quito, a los quince (15) días del mes de
enero de 2021.
Econ. Rodrigo Fernando Avilés Jaramillo
DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL,
IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN
.
Firmado electrónicamente por:
RODRIGO FERNANDO
AVILES JARAMILLO

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