Ordenanzas Municipales. 002-GADMCM-2022 Cantón Muisne: Que reforma a la Ordenanza de actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial 2021 - 2023, y el Plan de Uso y Gestión de Suelo 2021 - 2032

Número de Boletín208
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 18 de mayo de 2022 Edición Especial Nº 208 - Registro Ocial
2
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCE NTRALIZADO MUNICIP AL DEL CANTON MUISNE
1
ORDENANZA N°002- GADMCM- 2022
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTONOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON MUISNE.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La sociedad no es estática, está en constante evolución; y en este caminar se
presentan problemas y contradicciones, cuyas soluciones exigen un profundo
conocimiento de sus orígenes y causas, las que una vez descubiertas proponen
a sus líderes una serie de alternativas a ser escogidas y practicadas como
fórmulas de solución.
La solución a los diversos problemas sociales no debe ser improvisada,
requieren una planificación en función de los medios y fines que se persiguen.
Desde este punto de vista, el pr ogreso de los pueblos y la atención a sus diversas
necesidades requieren un profundo análisis y diagnóstico de la realidad actual,
una proyección de las metas a donde se quiere llegar, en función de los criterios
de la ciencia política y de la ideología de sus directivos, para proponer y aplicar
los medios por donde transitar, hasta conseguir los fines que se pretende.
A eso se llama PLANIFICACION DEL DESARROLLO, la misma que no se
puede elaborarla en forma cerrada, porque los pueblos no crecen como islas,
sino en contacto y en permanente relación con sus vecinos.
He allí la importancia de la inter relación de la planificación local con la
planificación regional y nacional.
Eso explica que un plan Nacional de Desarrollo, los planes de desarrollo
provincial cantonal y parroquial deben estar estrechamente vinculados,
respetando desde luego las competencias que a cada nivel de gobierno
corresponde, siempre teniendo como meta conseguir los fines y propósitos que
los habitantes requieren. Esta misma razón, exige que la ciudadanía, como
principio y fin del Estado, participe activa y directamente en la formulación de los
planes de desarrollo.
Miércoles 18 de mayo de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 208
3
EL GOBIERNO AUTONOMO DESC ENTRALIZADO MUNICI PAL DEL CANTON MUISNE
2
Estos instrumentos permiten la consecución de objetivos que se materializan en
el territorio con intervenciones integrales y planificadas orientadas a alcanzar la
visión, con una gestión adecuada del suelo que promueva un crecimiento
sostenible de las áreas urbanas.
Solo así se entiende la necesidad lógica y legal de actualizar el plan de desarrollo
y ordenamiento territorial y el correspondiente plan de uso y gestión del suelo del
Cantón Muisne, no como célula aislada sino como parte de un todo llamado país.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 241 de la Constitución dispone que: “La planificación garantizará
el ordenamiento territorial y será obligatoria en todos los gobiernos autónomos
descentralizados.”;
Que, en los numerales 1 y 2 del artículo 264 de la Constitución de la República
del Ecuador, en concordancia con el artículo 55, literales a) y b) del Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, se
establece que los gobiernos municipales tendrán, entre otras, las siguientes
competencias exclusivas sin prejuicio de lo que determine la ley: “Planificar el
desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento
territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial
y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural;”
y, “Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón.”;
que: “La planificación propiciará la equidad social y territorial, promoverá la
concertación, y será participativa, descentralizada, desconcentrada y
transparente. (...)”;
Que, el numeral 6 del artículo 276 de la Constitución de la República del Ecuador,
establece que el régimen de desarrollo tendrá los siguientes objetivos:
“Promover un ordenamiento territorial equilibrado y equitativo que integre y
articule las actividades socioculturales, administrativas, económicas y de
gestión, y que coadyuve a la unidad del Estado.”;
que: “El Estado, en todos sus niveles de gobierno, garantizará el derecho al
hábitat y a la vivienda digna, para lo cual: 1. Generará la información necesaria
para el diseño de estrategias y programas que comprendan las relaciones entre
Miércoles 18 de mayo de 2022 Edición Especial Nº 208 - Registro Ocial
4
EL GOBIERNO AUTONOMO DESC ENTRALIZADO MUNICI PAL DEL CANTON MUISNE
3
vivienda, servicios, espacio y transporte públicos, equipamiento y gestión del
suelo urbano. (…) 3. Elaborará, implementará y evaluará políticas, planes y
programas de hábitat y de acceso universal a la vivienda, a partir de los principios
de universalidad, equidad e interculturalidad, con enfoque en la gestión de
riesgos”;
que: “La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del
ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público deberán
mantener conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario
carecerán de eficacia jurídica.”
Que, el literal c) del artículo 54 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, señala que son funciones del gobierno
autónomo descentralizado municipal, entre otras, “Establecer el régimen de uso
del suelo y urbanístico, para lo cual determinará las condiciones de urbanización,
parcelación, lotización, división o cualquier otra forma de fraccionamiento de
conformidad con la planificación cantonal, asegurando porcentajes para zonas
verdes y áreas comunales (…).”;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, en el artículo 55, manifiesta: “Los gobiernos autónomos
descentralizados municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas
sin perjuicio de otras que determine la ley: a) Planificar, junto con otras
instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal y
formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera
articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el
fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural, en el marco de la
interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad; b) Ejercer el
control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón (…)”;
Que, el literal x) del artículo 57 en concordancia con el literal y) del artículo 87
del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
determina que, al consejo municipal y metropolitano, les corresponde: “Regular
y controlar, mediante la normativa cantonal correspondiente, el uso del suelo en
el territorio del cantón, de conformidad con las leyes sobre la materia, y
establecer el régimen urbanístico de la tierra.”;
Que, el artículo 29 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas
define las siguientes funciones de los Consejos de Planificación de los gobiernos
autónomos descentralizados:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR