Ordenanzas Municipales. 003-GADMCP-2022 Cantón Pedernales: Que regula la partición y adjudicación administrativa de sectores urbanos consolidados en el cantón

Número de Boletín190
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 11 de mayo de 2022 Edición Especial Nº 190 - Registro Ocial
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MODELO DE ORDENANZA QUE REGULA LA PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN
ADMINISTRATIVA DE SECTORES URBANOS CONSOLIDADOS EN EL CANTÓN PEDERNALES
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados en uso de sus facultades tienen como principio
fundamental impulsar el desarrollo y mejorar el bienestar de la población. La aplicación de este
principio conlleva asumir una visión integral, asegurando el respeto al patrimonio natural y
cultural, así como a los aspectos sociales, económicos, ambientales, culturales e institucionales,
armonizados con el territorio, en procura del desarrollo justo y equitativo de todo el país. En este
marco, los gobiernos municipales, con la participación protagónica de la ciudadanía, deben
planificar estratégicamente su desarrollo con visión de largo plazo considerando que las
particularidades de su jurisdicción permitan además ordenar la localización de las acciones
públicas en función de las cualidades territoriales.
Ese desarrollo justo y equitativo al que todos estamos abocados alcanzar, lamentablemente, se
ha visto truncado sea por motivos de orden público como la falta de gestión, visión o de recursos
económicos; o, por razones de orden social producido por las deficiencias económicas, la
migración o la falta de empleo entre las principales. Esta aguda crisis, sumada a las
desavenencias políticas por las que ha atravesado el Ecuador, ha desembocado en problemas
mayores sumergiendo en la pobreza a familias enteras a tal punto de no tener un lugar donde
vivir. Por las condiciones de vulnerabilidad, muchas de estas familias se han visto obligadas a
constituirse en asentamientos irregulares o han sido presa fácil de los negociantes de tierras.
Esta situación a simple vista no conllevaría mayores consecuencias, sin embargo, es evidente
que en una primera instancia se atenta al principio del buen vivir de la población, pues aquellas
familias que se encuentran en condiciones de asentamientos irregulares no pueden acceder a
los servicios básicos más elementales como lo es el agua potable, alcantarillado o luz eléctrica.
A más de ello se produce un crecimiento de la ciudad que no obedece a ningún tipo de
planificación municipal, dificultando el cumplimiento de los planes de desarrollo y ordenamiento
territorial, y de Uso y Gestión de suelo, donde se regulariza el urbanismo, construcciones y
ornato.
Ante esta realidad, existen dos caminos; el cómodo que consiste simplemente en dejar las
cosas como están y el camino por el que opta todo aquel que entiende el sentido de trabajo y
solidaridad. Esta vez nuevamente optamos por el segundo por lo que, en ejercicio de nuestras
facultades; en aplicación de las competencias municipales; y, en observancia de las políticas de
gobierno ponemos a consideración del Cabildo Pedernalino el PROYECTO DE “ORDENANZA
QUE REGULA LA PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN ADMINISTRATIVA DE SECTORES
URBANOS CONSOLIDADOS EN EL CANTÓN PEDERNALES”, amparados en el Artículo 486
del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

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