Acuerdos. 004-CG-2021 “Expídese el Reglamento para la organización, funcionamiento y dependencia técnica y administrativa de las unidades de Auditoría Interna de las entidades que controla la CGE

Número de Boletín436
SecciónAcuerdos
EmisorContraloría General del Estado
Miércoles 21 de abril de 2021Registro Ocial - Quinto Suplemento Nº 436
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Dirección Nacional Jurídica Gestión de Normativa Técnica Página 1
ACUERDO No.
004
CG2021
LA CONTRALORA GENERAL DEL ESTADO
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 211 establece que la
Contraloría General del Estado es el organismo técnico encargado del control de la
utilización de los recursos estatales, y la consecución de los objetivos de las
instituciones del Estado y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan
de recursos públicos;
Que, el numeral 1 del artículo 212 de la Norma Superior, entre las funciones de la
Contraloría General del Estado, incluye la de dirigir el sistema de control administrativo
de auditoría interna, auditoría externa y control interno de las entidades del sector
público y de las entidades privadas que dispongan de recursos públicos;
Que, la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado en su artículo 1 sitúa bajo el
Organismo Técnico de Control al sistema de control, fiscalización y auditoría del Estado;
y, en su artículo 9 determina que el control interno constituye un proceso aplicado por la
máxima autoridad, la dirección y el personal de cada institución pública;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 7 de la citada Ley
Orgánica de la Contraloría General del Estado es competencia de la Contraloría
General del Estado expedir, aprobar y actualizar, entre otros, los reglamentos para la
aplicación del sistema de control;
Que, el artículo 12 de la Ley Orgánica en mención establece en su literal c) que el
control posterior interno será responsabilidad de la Unidad de Auditoría Interna y se
aplicará a las actividades institucionales con posterioridad a su ejecución;
Que, el artículo 14 de la citada Ley Orgánica dispone que las instituciones del Estado
cuenten con una Unidad de Auditoría Interna, cuando se justifique, misma que
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dependerá técnica y administrativamente de la Contraloría General del Estado,
organismo que, para su creación o supresión, emitirá informe previo;
Contraloría General del Estado a prestar su asesoría y asistencia técnica a las unidades
de auditoría interna, orientar y coordinar la preparación de su Plan Anual de Trabajo, el
cual deberá ser presentado al Organismo Técnico de Control;
Estado, establece la dependencia técnica que mantienen las Unidades de Auditoría
Interna de las entidades públicas con la Contraloría General del Estado;
Que, con Acuerdo 019-DNTH-2018 de 18 de mayo de 2018, publicado en el Segundo
Suplemento del Registro Oficial No. 253 de 1 de junio de 2018, se emitieron los
descriptivos y perfiles de puestos de las Unidades de Auditoría Interna de las
instituciones y organismos del Estado, con las denominaciones y series de puestos
establecidos por la Contraloría General del Estado, instrumento que contiene las
actividades esenciales de los puestos que conforman los equipos de auditoría de las
Unidades de Auditoría Interna;
Que, mediante Acuerdo 015-CG-2020 de 30 de julio de 2020, publicado en la Edición
Especial del Registro Oficial No. 852 de 5 de agosto de 2020, se expidió el Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Contraloría General del Estado,
reformado con Acuerdo 018-CG-2020 de 8 de octubre de 2020 publicado en la Edición
Especial No. 1148 del Registro Oficial de 12 de octubre de 2020;
Que, el citado Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos atribuye a las
Direcciones Nacionales de Auditoría y a las Direcciones Provinciales, la función de
coordinar con las Unidades de Auditoría Interna de su ámbito la elaboración del plan
anual de control, su ejecución, la supervisión y demás actividades requeridas para el
ejercicio del control interno, observando las disposiciones estatutarias y las establecidas
en la normativa sobre dependencia técnica, organización y funcionamiento de dichas
unidades;
Que, mediante Acuerdo 016-CG-2020 de 30 de julio de 2020, publicado en la Edición
Especial del Registro Oficial No. 871 de 11 de agosto de 2020, se expidió el
Reglamento de Ámbito de Control de las Unidades Administrativas de la Contraloría
General del Estado, cuyo artículo 4 establece la dependencia técnica de las unidades
de Auditoría Interna, de conformidad con el ámbito de control y jurisdicción de las
Direcciones Nacionales de Auditoría y Direcciones Provinciales y de acuerdo con el
listado que emita la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación
Institucional;
Que, con Acuerdo 002-CG-2021 de 3 de marzo de 2021 publicado en el Cuarto
Suplemento del Registro Oficial No. 413 de 18 de marzo de 2021, se emitió el
Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado;
Que, mediante Acuerdo059-CG-2018, publicado en el Suplemento del Registro Oficial
No. 363 de 08 de noviembre de 2018, se emitió el Reglamento Sustitutivo para la

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