Acuerdos. 006-20 Expídese el Reglamento para la selección de beneficiarios de viviendas de interés social con movilidad de crédito hipotecario con subsidio inicial del Estado y tasa de interés preferencial

Número de Boletín162
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Vivienda
Lunes 16 de marzo de 2020 – 3Registro Of‌i cial Nº 162
invitación al suscrito para participar en las exposiciones y
reuniones que el grupo empresarial realizará respecto a los
sistemas constructivos industrializados, con la tecnología
del Sistema Coplaensamble, basado en muros de block de
concreto de diseño especial y losa térmica, cuyas ventajas
se traducen en una construcción práctica, rápida, económica
y segura; actividades que se desarrollarán los días viernes
31 de enero al domingo 2 de febrero de 2020, en México.
Delegando al arquitecto Carlos Andrés Salazar como
Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda Subrogante,
solicitando se realice los trámites pertinentes para efectos
de la presente Subrogación.
Que, mediante Informe Técnico de comisión de servicios
al exterior, la Dirección de Administración de Talento
Humano, señala:
“CONCLUSIÓN
Por lo expuesto anteriormente, conforme a los antecedentes
y requerimiento de la Máxima Autoridad se concluye que
los documentos que forman parte de este informe han sido
analizados y cumplen con todos los requisitos establecidos
en el Reglamento de Viajes al Exterior; la Dirección de
Administración de Talento Humano emite Informe técnico
favorable para el viaje a la ciudad de Monterrey – México
en comisión de servicios con remuneración al Arq. Guido
Esteban Macchiavello, Ministro de Desarrollo Urbano y
Vivienda del 31 de enero al 2 de febrero de 2020.”
Que, mediante solicitud de viaje al exterior Nro. 70820
de 27 de enero de 2020, el arquitecto Guido Esteban
Macchiavello Almeida, Ministro de Desarrollo Urbano y
Vivienda solicitó a la Secretaría General de la Presidencia
de la República, se autorice su desplazamiento a la Ciudad
de México – México, desde el 31 de enero hasta el 3 de
febrero de 2020, con la f‌i nalidad de mantener diversas
reuniones de trabajo con los representantes e importantes
ejecutores de los proyectos de vivienda de México y
Canadá, realizar visita técnica a la empresa Grupo Bruder
y participar en las diferentes exposiciones sobre el sistema
constructivo industrializado.
Que, a través del Acuerdo Ministerial Nro. 32 de 30 de
enero de 2020, se autorizó al Señor Ministro de Desarrollo
Urbano y Vivienda, arquitecto Guido Esteban Macchiavello
Almeida, el viaje al exterior, desde el 31 de enero hasta el 3
de febrero de 2020; y,
En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 154,
COA;
A
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e
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a
:
Artículo 1.-
Dispóngase al arquitecto Carlos Andrés
Salazar Andrade, Viceministro de Desarrollo Urbano y
Vivienda, subrogue al Señor Ministro de Desarrollo Urbano
y Vivienda, por el período comprendido desde el día viernes
31 de enero de 2020 hasta el lunes 3 de febrero de 2020,
inclusive
,
conforme lo dispuesto en la letra a) del número
2.1 del artículo 10 del Estatuto Orgánico Organizacional
por Procesos del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Vivienda, en concordancia con lo dispuesto en el artículo
126 de la Ley Orgánica de Servicio Público y 82 del Código
Artículo 2.-
Disponer a la Coordinación General
Administrativa Financiera, notif‌i que el contenido del
presente Acuerdo Ministerial, al Viceministerio de
Desarrollo Urbano y Vivienda, Asesores Ministeriales
y Viceministeriales, Coordinadores, Subsecretarios,
Directores, Coordinadores Zonales, Directores de Of‌i cina
Técnica del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda; y,
Secretario General de la Presidencia de la República.
Artículo 3.-
De la ejecución del presente Acuerdo
Ministerial, encárguese a la Coordinación General
Administrativa Financiera, Dirección Administrativa y
Dirección de Administración de Talento Humano.
Dado y f‌i
rmado en la ciudad de Quito, Distrito
Metropolitano, a los 31 de enero de 2020.
Notifíquese y Cúmplase.-
f.) Arquitecto Guido Esteban Macchiavello Almeida,
Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda.
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y
VIVIENDA.- CERTIFICO QUE ESTE DOCUMENTO ES
FIEL COPIA DEL ORIGINAL.- 20 de febrero de 2020.- f.)
Ilegible, DOCUMENTACIÓN Y ARCHIVO.
Nro. 006
Arquitecto Guido Esteban Macchiavello Almeida
MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y
VIVIENDA
Considerando:
artículo 30, dispone: “(…) las personas tienen derecho a
un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada
y digna, con independencia de su situación social y
económica (…).”;
artículos 57 numerales 4, 5 y 6; y 58 y 59, establecen que se
reconoce y garantiza a las comunas, comunidades, pueblos
y nacionalidades indígenas, pueblo afroecuatoriano y
pueblos montubios, los derechos colectivos a conservar la

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