Ordenanzas Municipales. 006-2021 Cantón Morona: De diseño de la Av. Jaime Roldós Aguilera desde la calle 6 de Marzo hasta la calle Cromacio Velin y la Av. 13 de Abril desde la calle Cromacio Velin hasta la calle Luisa Jaramillo de la ciudad de Macas
Número de Boletín | 1537 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | GOBIERNOS AUTÓMOMOS DESCENTRALIZADOS |
Jueves 11 de marzo de 2021 Edición Especial Nº 1537 - Registro O cial
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O
EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA
ORDENANZA NRO. 006-2021
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 264 de la Constitución determina lo siguiente: Los
gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio
de otras que determine la ley: 1) planificar el desarrollo Cantonal y formular los
correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la
planificación nacional, regional, provincial, cantonal y parroquial, con el fin de regular
el uso y la ocupación del suelo urbano y rural.
gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio
de otras que determine la ley: 3 -planificar, construir y mantener la vialidad urbana.
Que, el Artículo 280 del Código de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización determina: La gestión compartida entre los diversos gobiernos
autónomos descentralizados para la ejecución de obras públicas.
Que, el Artículo 14 del Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Infraestructura Vial del Transporte Terrestre, establece que los Gobiernos Autónomos
Descentralizados, en sus respectivas circunscripciones territoriales, tendrán
facultades y atribuciones en materia de vialidad de conformidad con la Constitución,
Resoluciones del Consejo Nacional de Competencias, la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Infraestructura Vial del Transporte Terrestre, […] y demás normativa
aplicable para el ejercicio de esa competencia.
Que, el Articulo 129 del Código de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización determina: Ejercicio de la competencia de vialidad.- El ejercicio de
la competencia de vialidad atribuida en la Constitución a los distintos niveles de
gobierno, se cumplirá de la siguiente manera: Al gobierno autónomo descentralizado
municipal le corresponde las facultades de planificar, construir y mantener la vialidad
urbana.
Que, mediante Resolución Municipal de fecha 27 de Marzo del 2006 se aprueba
mediante Ordenanza Municipal el TRAZADO VIAL DE LA CIUDAD DE MACAS.
Que, mediante sumilla realizada por el Arq. Jhonny Fernando Aucay Pelaez, Ex
Director de Gestión de Control Urbano y Catastro al Oficio N° GMCM-GOPM-2016-
0600-OF, de fecha 17 de Octubre de 2017, suscrito por el Ing. Salvador López, se
solicitó presentar soluciones al trazado vial que tiene la Ciudad de Macas, como es
el Diseño de la Av. Jaime Roldos Aguilera
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