Resolución 006-CNC-2021 Solicítese a la ANT que presente al Consejo Nacional de Competencias un informe del estado de situación de la ejecución y cumplimiento de los servicios de entrega de placas de identificación vehicular
Fecha de publicación | 07 Enero 2022 |
Número de Gaceta | 613 |
Suplemento Nº 613 - Registro Ocial
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Viernes 7 de enero de 2022
CONSEJO NACIONAL DE COMPETENCIAS
RESOLUCIÓN No. 006-CNC-2021
Considerando
Que la Constitución de la República del Ecuador creó una nueva organización político-
administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio con el objeto de consolidar un nuevo
régimen de desarrollo, centrado en el buen vivir, que incremente las potencialidades,
capacidades y vocaciones de los gobiernos autónomos descentralizados a través de la
profundización de un nuevo modelo de autonomías y descentralización que aporte en la
construcción de un desarrollo justo y equilibrado en todo el país;
Que el artículo 239 de la Constitución de la República del Ecuador determina que el
sistema nacional de competencias que rige a los gobiernos autónomos descentralizados,
es obligatorio y progresivo y definirá las políticas y mecanismos para compensar los
desequilibrios territoriales en el proceso de desarrollo;
Que el artículo 264 de la Carta Fundamental establece que la planificación, regulación y
control del tránsito y el transporte público en el territorio cantonal, es competencia
exclusiva de los gobiernos municipales;
Que el artículo 269 de la de la República del Ecuador establece que el sistema nacional
de competencias contará con un organismo técnico conformado por un representante de
cada nivel de gobierno;
Que el artículo 117 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización determina que el Consejo Nacional de Competencias es el organismo
técnico del Sistema Nacional de Competencias;
Que el artículo 119 ibídem establece que es función del Consejo Nacional de
Competencias la organización e implementación del proceso de descentralización;
Que el artículo 128 ibídem determina que todas las competencias se gestionarán como un
sistema integral que articula los distintos niveles de gobierno y que los modelos de gestión
de los diferentes sectores se organizarán, funcionarán y someterán a los principios y
normas definidos en el sistema nacional de competencias;
Que mediante Resolución No. 006-CNC-2012 de 26 de abril de 2012, publicada en
Registro Oficial No. 712 de 29 de mayo de 2012, el Consejo Nacional de Competencias
transfirió, progresivamente, la competencia para planificar, regular y control el tránsito,
el transporte terrestre y la seguridad vial, a favor de los gobiernos autónomos
descentralizados metropolitanos y municipales del país;
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