Acuerdos. 0067 Desígnese al Viceministro de Finanzas como Delegado Permanente ante el Comité Técnico de Coordinación, Convenio Interinstitucional de Apoyo Mutuo y otro

Número de Boletín507
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Segundo Suplemento Nº 507 - Registro Ocial
16
Lunes 2 de agosto de 2021
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
CONSIDERANDO:
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además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde “Ejercer la rectoría de las
políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas
que requiere su gestión”Ǣ
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octubre de 2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306 determina: “La
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SINFIP”;
QUE la norma ibídem, en su artículo 75 dispone: “La Ministra (o) a cargo de las finanzas públicas
podrá delegar por escrito las facultades que estime onveniente hacerlo (...)";
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“Delegación de competencias, Los órganos administrativos pueden delegar el ejercicio de sus
competencias, incluida la gestión, en 1. Otros órganos o entidades de la misma administración
pública, jerárquicamente dependientes”;
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ǣ"Los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos
inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la
República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales. Los Ministros de Estado,
dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al
funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios (...)"Ǣ
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de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía (...)"Ǣ
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Administración Pública Central e Institucional en los diferentes órganos y dependencias
administrativas, no requieren tener calidad de funcionarios públicos."Ǣ
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“Convenio Interinstitucional de Apoyo Mutuo para Asegurar el Cumplimiento de las

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