Resoluciones. 007-2020 Declárese la necesidad extraordinaria y emergente para la designación de jueces temporales para el Tribunal Contencioso Administrativo y Tributario de Manabí con sede en el cantón Portoviejo

Número de Boletín141
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
46 – Miércoles 12 de febrero de 2020 Registro Of‌i cial Nº 141
No. 007-2020
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 178 inciso segundo de la Constitución de
Orgánico de la Función Judicial, estatuyen: “(…) El
Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno,
administración, vigilancia y disciplina de la Función
Judicial (…)”;
Que el artículo 181 numerales 3 y 5 de la Constitución de la
República del Ecuador, establecen: “Serán funciones del
Consejo de la Judicatura, además de las que determinan
la Ley: (…) 3. Dirigir los procesos de selección de jueces
y demás servidores de la Función Judicial, así como, su
evaluación, ascensos y sanción. Todos los procesos serán
públicos y las decisiones motivadas. (…) 5. Velar por la
transparencia y ef‌i ciencia de la Función Judicial”;
Función Judicial, señala: “Clasif‌i cación de las servidoras
y los servidores de la Función Judicial.- Las servidoras y
los servidores de la Función Judicial se clasif‌i can en (…)
2 Temporales: Aquellos que han sido designados para
prestar servicios provisionales en un puesto vacante; para
reemplazar a una servidora o a un servidor de la Función
Judicial que se halle suspenso en sus funciones mientras
no se dicte resolución en f‌i rme sobre su situación; para
sustituir a una servidora o a un servidor durante el tiempo
que estuviere de vacaciones, con licencia o asistiendo a
programas de formación o capacitación; en caso de que
se hubiese declarado con lugar la excusa o recusación
de la jueza o juez; o si se requiera atender necesidades
extraordinarias o emergentes del servicio de justicia”;
Que mediante Resolución 040-2019, de 4 de abril de
2019, el Pleno del Consejo de la Judicatura, resolvió
nombrar cinco (5) jueces para el Tribunal Contencioso
Administrativo y Tributario con sede en el cantón
Portoviejo, provincia de Manabí, a los elegibles que
conforman el: “Banco único de integración para el
cargo de Jueces de Corte Provincial, Juez de Tribunal
Distrital Contencioso Administrativo; y Juez de Tribunal
Distrital Contencioso Tributario, a nivel nacional”; y,
posteriormente, el Consejo de la Judicatura, mediante
Resolución 041-2019, de 4 de abril de 2019, nombró un
(1) juez del Banco único de integración;
Que mediante Resolución 106-2019, de 2 de julio de
2019, el Pleno del Consejo de la Judicatura, resolvió
nombrar cinco (5) jueces para el Tribunal Contencioso
Administrativo y Tributario con sede en el cantón
Portoviejo, provincia de Manabí;
Que mediante comunicación S/N, de 19 de febrero de
2019, suscrito por el abogado Oswaldo Remigio Avilés
Cevallos, Juez del Tribunal Contencioso Administrativo
de Manabí, dirigida al Director General del Consejo de
la Judicatura, informa que “(…) Tomando en cuenta
la totalidad de juicios en trámite y en ejecución de
sentencia, bajo el procedimiento escrito, se encuentran
en trámite aproximadamente 4.000 causas, de las cuales
2500 se encuentran en estado de dictar sentencia. (…)”;
Que la Dirección Nacional de Talento Humano, con
Memorando CJ-DNTH-2019-1789-M, de 23 de abril
de 2019, informó a la Dirección General, las excusas
presentadas por los jueces nombrados y, la Dirección
Provincial de Manabí, informó que los elegibles
nombrados no tomaron posesión de sus cargos, lo que
generó la caducidad de sus nombramientos;
Que mediante Memorando CJ-DNGP-2019-1829-M, de
24 de abril de 2019 y posterior alcance de 16 de enero
de 2020, la Dirección Nacional de Gestión Procesal
del Consejo de la Judicatura, presentó una propuesta
para mejorar el servicio del Tribunal Contencioso
Administrativo y Tributario con sede en el cantón
Portoviejo; donde además, se aseveró que dicha
dependencia poseía un total de 2262 causas en trámite
con corte a diciembre de 2019.
Que en sesión ordinaria No. 036-2019, de 14 de mayo de
2019, el Pleno del Consejo de la Judicatura, conoció el
Informe del Director General emitido con Memorando CJ-
DG-2019-2698-M, de 10 de mayo de 2019, que contiene
las excusas presentadas por los elegibles nombrados
como jueces del Tribunal Contencioso Administrativo
y Tributario con sede en Portoviejo y resolvió por
unanimidad:
“(…) i) No aceptar las excusas presentadas por los
abogados: Carlos Eduardo Muñoz Rosado, Miriam
Cecilia Yánez Vallejo, José Francisco Dávila Álvarez,
René Esteban García Amoroso y doctor Marlon Patricio
Escobar Jácome, elegibles nombrados como Jueces
del Tribunal Contencioso Administrativo y Tributario
con sede en el cantón Portoviejo, provincia de Manabí
(…); ii) Declarar la caducidad de sus nombramientos
Función Judicial por no haberse posesionado dentro del
plazo establecido en el artículo 75 del Código Orgánico
de la Función Judicial; iii) Excluir del Banco de Elegibles
a los Jueces del Tribunal Contencioso Administrativo y
Tributario con sede en el cantón Portoviejo, provincia de
Manabí nombrados mediante Resolución N° 040-2019
(…)”.
Que la Dirección Nacional de Talento Humano, remitió
las respuestas a cuatro excusas presentadas durante el mes
de julio de 2019, a las doctoras: Dora Benilde Mosquera
Cadena y Martha Susana Llerena Arroba, y doctores:
César Gonzalo Robles Abarca y Galo Alexánder Romero
Torres. La Unidad Provincial de Talento Humano de la
Dirección Provincial de Manabí, notif‌i có con fecha 9 de
julio de 2019, sin que ninguno de los elegibles nombrados
tome posesión de sus cargos, lo que generó la caducidad
de sus nombramientos;
Que mediante Memorando circular CJ-DNGP-2019-
1136-MC, de 28 de noviembre de 2019, signado con

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