Resoluciones. 008-2017-SG-IEPI César Guillermo Palmay Avata

Número de Boletín22
SecciónResoluciones
EmisorInstituto Ecuatoriano de la propiedad Intelectual
Lunes 26 de junio de 2017 – 39Registro Of‌i cial Nº 22
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS
Nro. MTOP-SPTM-2017-0047-R
Guayaquil, 15 de mayo de 2017.
EL SUBSECRETARIO DE PUERTOS Y
TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL
Considerando:
Que, el literal b) del artículo 8 de la Ley de Régimen
Administrativo Portuario Nacional, señala entre las
funciones del Directorio de las Autoridades Portuarias:
Elaborar la terna para la designación del Gerente de
la Entidad, por parte de la Subsecretaría de Puertos y
Transporte Marítimo y Fluvial”;
Que, el artículo 12 del mismo cuerpo legal manif‌i esta que:
El Gerente de las Autoridades Portuarias es el principal
ejecutivo de la Entidad, y será su representante legal;
Para ser designado Gerente, deberá acreditar experiencia
administrativa y ejecutiva y en lo posible, conocimientos
en materia portuaria” ( ...);
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 287, de fecha 03 de
abril de 2014, publicado en el Registro Of‌i cial Suplemento
No. 231 de 23 de abril de 2014 se suprimieron los
Directorios de las Autoridades Portuarias de Guayaquil,
Manta, Puerto Bolívar y Esmeraldas, y la Subsecretaría de
Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas asumió las funciones que la
ley otorga a los Directorios de las Autoridades Portuarias
a excepción de las funciones descritas en los literales a,
c y h del artículo 8 de la Ley de Régimen Administrativo
Portuario Nacional, que serán asumidas por el Gerente de
cada autoridad portuaria;
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 2
del Decreto Ejecutivo No. 723 del 09 de julio del 2015,
publicado en el Registro Of‌i cial No. 561 de 07 de agosto
de 2015, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas a
través de la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo
y Fluvial, tendrá entre sus competencias, atribuciones y
delegaciones: numeral 1. Todas las relacionadas con el
transporte marítimo y la actividad portuaria nacional,
constantes en leyes, reglamentos y demás instrumentos
normativos (…);
Que, mediante Acción de Personal No. 00730, de 30 de
diciembre de 2016, se nombra al Ing. Luis Omar Jairala
Reyes, Subsecretario de Puertos y Transporte Marítimo y
Fluvial de esta Cartera de Estado;
Que, la Dirección de Puertos mediante Memorando Nro.
MTOP-DDP-2017-258-ME, de 12 de mayo de 2017,
propuso la terna para la designación del Gerente de la
Autoridad Portuaria de Esmeraldas;
En uso de la facultad contemplada en el Art. 8 literal b) de
la Ley de Régimen Administrativo Portuario Nacional y
Decreto Ejecutivo No. 287, de fecha 03 de abril de 2014.
Resuelve:
Artículo Único.- Nombrar como, Gerente de Autoridad
Portuaria de Esmeraldas, al señor MBA. LUIS ARTURO
PAZMIÑO ÁLVAREZ, quien entrará en funciones a partir
del 15 de mayo del 2017.
Disposición Final.- La presente resolución entra en
vigencia a partir de la fecha de su suscripción sin perjuicio
de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Dada en la ciudad de Guayaquil, en el despacho del señor
Subsecretario de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial,
a los quince días del mes de mayo del 2017.
Documento f‌i rmado electrónicamente.
Econ. Omar Jairala Romero, Subsecretario de Puertos
Transporte Marítimo y Fluvial.
CERTIFICO: Que la copia que antecede es conforme a su
original.- Lo Certif‌i co.- Guayaquil, 18 de mayo de 2017.-
f.) Ab. Roberto de la Cruz Buris, Secretario.
No. 008-2017-SG-IEPI
LA EXPERTA PRINCIPAL DE DOCUMENTACIÓN
Y ARCHIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE
LA PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-
Considerando:
consta la creación del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual (IEPI), como persona jurídica de derecho
público, con patrimonio propio, autonomía administrativa,
económica, f‌i nanciera y operativa, con sede en la ciudad
de Quito, con los f‌i nes establecidos en dicha ley;
Que, según la disposición transitoria Tercera del Código de
la Economía Social de los Conocimientos, la Creatividad
e Innovación, publicado en el Registro Of‌i cial Suplemento
Nro. 899 del 09 de diciembre de 2016: “El Instituto
Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, así como toda
la institucionalidad creada mediante la Ley de Propiedad
Intelectual, publicada en el Registro Of‌i cial Suplemento
No. 426 de 28 de diciembre de 2006, existirá hasta que se
establezca mediante el correspondiente Decreto Ejecutivo,
la nueva autoridad nacional competente en materia
de derechos intelectuales, encargada de la regulación,
gestión y control de los derechos intelectuales y de los
conocimientos tradicionales, perteneciente a la Función
Ejecutiva y adscrita a la Secretaría de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación. (…) Así mismo, todas las
disposiciones y funciones atribuidas a la nueva autoridad
nacional competente en materia de derechos intelectuales,
hasta su conformación, continuarán siendo ejercidas por el
Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, a través
de los distintos órganos que lo conforman.(…) La nueva
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