Resoluciones. 009-2017-Resolución Nro. De Julio 010-2017-DNDAyDC-Aurelia Zambrano Hidalgo, Subdirectora Regional De Guayaquil Y Otra
Número de Boletín | 171 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Instituto Ecuatoriano de la propiedad Intelectual |
32 – Martes 30 de enero de 2018 Registro Ofi cial Nº 171
Que mediante Resolución No. 007-2017-DNPI-IEPI de
4 de julio de 2017, el Director Nacional de Propiedad
Industrial encargado delegó atribuciones a varios
servidores del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual;
Que es necesario ejecutar los procesos acorde con los
principios de celeridad, efi ciencia y efi cacia que rigen a la
Administración Pública, a fi n de satisfacer las necesidades
internas para así lograr una buena gestión y garantizar la
efi ciencia a nivel institucional;
Que con el fi n de agilitar la administración de los
trámites que son competencia de la Dirección Nacional
de Propiedad Industrial, resulta necesario implementar
mecanismos para la delegación de funciones que se
encuentren debidamente codifi cadas;
Que se deben armonizar, actualizar y codifi car las
delegaciones efectuadas a los servidores de la Dirección
Nacional de Propiedad Industrial a fi n de que no existan
disposiciones oscuras o contradictorias;
En ejercicio de sus atribuciones legales,
Resuelve:
Artículo 1.- REMPLAZAR enlos artículos 1 y 2 de la
Resolución Nro. 007-2017-DNPI-IEPI del 04 de julio
del 2017, las expresiones“Experto Principal en Signos
Distintivos del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual” y “Experto Principal en Patentes Encargado
del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual”
por “servidor de la Dirección Nacional de Propiedad
Industrial del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual”
Artículo 2.- RATIFICAR las actuaciones realizadas por
los servidores públicos delegados en calidad de Expertos
Principales que se hayan emitido del 13 al 31 de octubre
de 2017 en virtud de la Resolución No. 007-2017-DNPI-
IEPI de 4 de julio de 2017.
Artículo 3.- AGREGAR la siguiente atribución al
artículo 2 de la Resolución No. 007-2017-DNPI-IEPI de
4 de julio de 2017.
“d) Tramitar y suscribir los informes de búsqueda que
se generen por la Unidad de Gestión de Patentes de la
Dirección Nacional de Propiedad Industrial”
Artículo 4.- DELEGAR a Diana Armijos, servidora de la
Dirección Nacional de Propiedad Industrial del Instituto
Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, las siguientes
funciones:
a) Firmar las providencias orientadas a la sustanciación
y prosecución de los trámites a cargo de la Unidad
de Gestión de Patentes desde su aceptación a trámite
hasta la consecución de recursos, si los hubiere;
b) Conocer, resolver y suscribir las resoluciones
relativas a los trámites presentados en la Unidad de
Gestión de Patentes, así como los correspondientes
títulos y recursos de reposición interpuestos sobre las
resoluciones emitidas por la misma autoridad;
c) Tramitar y resolver las oposiciones que se presentaren
en la Unidad de Gestión de Patentes;
d) Tramitar y suscribir los informes de búsqueda que se
generen por la Unidad de Gestión de Patentes de la
Dirección Nacional de Propiedad Industrial
DISPOSICIÓN FINAL
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Ofi cial.
Dado en Quito Distrito Metropolitano a, 01 de noviembre
del 2017.
f.) Abg. José Andrés Francisco Tinajero Mullo, Director
Nacional de Propiedad Industrial, Instituto Ecuatoriano de
la Propiedad Intelectual.
INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL.- Certifi co que es fi el copia del
original.- f.) Ilegible, Delegada de la Dirección de Gestión
Institucional.- Quito 04 de diciembre de 2017.
No. 010-2017-DNDAyDC-IEPI
EL DIRECTOR NACIONAL DE DERECHO DE
AUTOR Y DERECHOS CONEXOS ENCARGADO
DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-
Considerando:
Que el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador manifi esta que “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la Ley tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus fi nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”
Que el artículo 227 de la Constitución de la República
del Ecuador prescribe que “…La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de efi cacia, efi ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planifi cación, transparencia y evaluación…”
Que, según la disposición transitoria Tercera del Código
Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos,
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