Ordenanzas Municipales. 01-2017 Cantón General Antonio Elizalde (bucay): Que Reforma A La Ordenanza Para La Organización, Administración Y Funcionamiento Del Registro De La Propiedad

Número de Boletín108
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 26 de octubre de 2017 – 47Registro Of‌i cial Nº 108
Que mediante memorando No. SB-IRC-2017-0355-M de
26 de septiembre 2017, se ha emitido informe favorable
para la calificación del ingeniero Jorge René Vásquez
Palacios; y,
En ejercicio de la delegación de atribuciones conferida
por el señor Superintendente de Bancos mediante
resolución No. SB-2015-151 de 2 de marzo de 2015,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- CALIFICAR al ingeniero Jorge René
Vásquez Palacios, portador de la cédula de ciudadanía
No. 1717675621, para que pueda desempeñarse como
Perito Valuador de Bienes Inmuebles, en las instituciones
que se encuentran bajo el control de la Superintendencia
de Bancos.
ARTÍCULO 2.- Disponer que se incluya la presente
resolución en el registro de peritos valuadores, se le
asigne el número de registro No. PVC-2017-1864 y
se comunique del particular a la Superintendencia de
Compañías, Valores y Seguros.
COMUNÍQUESE Y PUBLIQUESE EN EL
REGISTRO OFICIAL- Dada en la Superintendencia
de Bancos, en Cuenca, el veintiséis de septiembre de dos
mil diecisiete.
f.) Ab. Carmen Lucía Carrasco, Intendente Regional de
Cuenca.
LO CERTIFICO.- Cuenca, veintiséis de septiembre de
dos mil diecisiete.
f.) Ab. Verónica Herrera Jaramillo, Secretaria Ad-Hoc.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS.- Certifico
que es fiel copia del original.- Cuenca, 28-09-2017.-
f.) Ilegible, Superintendencia de Bancos, Intendencia
Regional de Cuenca.
No. 01-2017
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
GENERAL ANTONIO ELIZALDE (BUCAY)
Considerando:
Ecuador establece: Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley (…);
Que, el Art. 238 primer inciso de la Constitución de la
República del Ecuador determina que los Gobiernos
Autónomos Descentralizados gozarán de autonomía
política, administrativa y f‌i nanciera, y se regirán por
los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
interterritorial, integración y participación ciudadana.
En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la
secesión del territorio nacional;
del Ecuador manif‌i esta que los Gobiernos Autónomos
Descentralizados de las Regiones, Distritos Metropolitanos,
Provincias y Cantones tendrán facultades legislativas en el
ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales
(…);
Territorial, Autonomía y Descentralización, referente a la
facultad normativa expresa: Que para el pleno ejercicio
de sus competencias y de las facultades que de manera
concurrente podrán asumir, se reconoce a los Concejos
Municipales, la capacidad para dictar normas de carácter
general, a través de Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones,
aplicables dentro de su circunscripción territorial, para lo
cual observarán lo previsto en la Constitución y la ley;
Que, el Art. 57 del Código Orgánico en referencia establece
entre las funciones del Concejo Municipal: Literal a)
El ejercicio de la facultad normativa en las materias de
competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal, mediante la expedición de Ordenanzas
Cantonales, Acuerdos y Resoluciones;
Que, en la Disposición Transitoria Vigésimo Segunda del
referido Código Orgánico se establece que en el periodo
actual de funciones, todos los Órganos Normativos de los
Gobiernos Autónomos Descentralizados deberán actualizar
y codif‌i car las Normas vigentes en cada circunscripción
territorial y crearán gacetas normativas of‌i ciales, con f‌i nes
de información, registro y codif‌i cación;
Que, la Ordenanza para la Organización, Administración y
Funcionamiento del Registro de la Propiedad del Cantón
General Antonio Elizalde (Bucay), fue aprobada por el
Concejo Municipal el 05 de abril del 2011, y; publicada en
el Registro Of‌i cial – Edición Especial No. 892 del lunes 13
de febrero de 2017;
Que, con Memorándum No. 000154-2017-GADCB-DF,
se emite el respectivo informe económico suscrito por
el Director Financiero de la Institución Municipal, en el
que se visualiza los ingresos y egresos del Registro de la
Propiedad, resultado que existe más egresos que ingresos;
Que, con Memorándum No. 67-06-2017-JTH-GADGAE; el
Jefe de Talento Humano en el contexto de que se encuentra
realizando un análisis al Orgánico Estructural del GAD
de General Antonio Elizalde Bucay; sugiere al Alcalde se
reforme la Ordenanza para que se mantenga la autonomía
registral y más no la autonomía administrativa, f‌i nanciera
y económica;
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