Resoluciones. 010 FGE-2021 En todo procedimiento en el que el órgano jurisdiccional eleve a consulta del Fiscal superior la solicitud de archivo o dictamen con abstención fiscal, se considerará como Fiscal Superior, al Fiscal Provincial en donde se encuentre radicada la jurisdicción y competencia del proceso en cuestión

Número de Boletín400
SecciónResoluciones
EmisorFiscalía General del Estado
Lunes de marzo de 2021Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 400
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