Ordenanzas Municipales. 010-GADM-AA-2022 Cantón Antonio Ante: Específica que regula las condiciones técnicas y desarrollo de los procedimientos de la Urbanización - Tipo Huertos Familiares- “QUEBEC”

Número de Boletín299
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Lunes 27 de junio de 2022 Edición Especial Nº 299 - Registro Ocial
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ORDENANZA Nro. 010-GADM-AA-2022
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La Constitución de la República, vigente, establece una nueva organización territorial del
Estado, incorpora nuevas competencias a los gobiernos autónomos descentralizados y
dispone que por ley se establezca el sistema nacional de competencias, los mecanismos de
financiamiento y la institucionalidad responsable de administrar estos procesos a nivel
nacional;
En ese contexto, los gobiernos autónomos descentralizados municipales son personas
jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera, que están
integrados por las funciones de participación ciudadana; legislación y fiscalización: y,
ejecutiva, previstas en este Código, para el ejercicio de las funciones y competencias que le
corresponden. La sede del gobierno autónomo descentralizado municipal será la cabecera
cantonal prevista en la ley de creación del cantón.
En el marco de las funciones y competencias de los gobiernos autónomos descentralizados
municipales se identifican entre otras las siguientes: 1.- Promover el desarrollo sustentable
de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a
través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus
competencias constitucionales y legales; 2.- Establecer el régimen de uso del suelo y
urbanístico, para lo cual determinará las condiciones de urbanización, parcelación,
lotización, división o cualquier otra forma de fraccionamiento de conformidad con la
planificación cantonal, asegurando porcentajes para zonas verdes y áreas comunales; 3.-
Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el
desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de
manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el
fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural, en el marco de la
interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad; 4.- Ejercer el control
sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;
La urbanización es el proceso por el cual la población tiende a concentrarse en áreas
urbanas. Las Naciones Unidas en su revisión 2020 del World urbanization
prospects, señala que durante ese año 55% de la población mundial habitaba en ciudades y
que ese porcentaje se elevará a 68% para 2050. América del Norte es la superficie más
urbanizada del mundo, con 82% de su población viviendo en ciudades, mientras que
América Latina y el Caribe es la segunda con 81%. En términos de volumen, entre 2020 y
2050 la población urbana del mundo se incrementará en 2,500 millones de personas. Este
grado de urbanización compara a la población residente en localidades de 2,500 y más
habitantes con respecto a la población total.
La transición demográfica se consolidó en el periodo 2000-2020, años en los que la tasa de
crecimiento anual promedio fue de 1.3%. En lo económico, se escenificó el agotamiento
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del modelo de sustitución de importaciones y una profunda crisis económica por el
desbalance de variables macroeconómicas y el endeudamiento externo (Romero, 2014).
Ante este escenario, el país se insertó de manera acelerada en la etapa de la globalización.
En la movilidad de la población se acelera el flujo migratorio externo y disminuye la
intensidad de la migración interna.
Se conoce como proceso de urbanización al fenómeno de desarrollo de ciudades. Este
proceso se lleva a cabo a partir de la migración de las personas que residen en áreas rurales
hacia la zona urbana en busca de una mejor calidad de vida (que esperan obtener gracias
al desarrollo de los servicios sanitarios y educativos), oportunidades de trabajo, o bien
ofertas de ocio no disponibles fuera de la ciudad.
La tasa de urbanización, por otra parte, es un índice que refleja la relación porcentual
entre los habitantes de las ciudades (es decir, la población urbana) y la cantidad total de
habitantes de un país. Una elevada tasa de urbanización indica un alto nivel de desarrollo.
Los expertos afirman que recién en los últimos años la tasa de urbanización mundial
superó el 50%, lo que quiere decir que más de la mitad de la población global vive en
ciudades.
El proceso de urbanización en Ecuador durante el siglo XX se expresa como característica
del modo de producción capitalista, enfocado en la producción y comercialización de
bienes primarios. La urbanización en el Ecuador respondió a la incorporación del país a un
sistema de comercio internacional basado en productos primarios como el cacao, el banano
y el petróleo y que determinaron las características de la urbanización por medio de
migraciones campo-ciudad y sierra-costa que generaron un desarrollo desigual entre
regiones.
Urbanización es una palabra que viene de urbe, que significa ciudad. Por lo tanto, desde un
punto de vista general urbanización es el proceso de crecimiento de las ciudades, su
desarrollo. La idea de civilización está estrechamente relacionada con el concepto de
ciudad.
Se refiere a la construcción de una zona originariamente de tipo rural o expansión urbana,
y está asociado al natural crecimiento de los núcleos urbanos. Éstos tienen una población
con una alta densidad y el gran número de habitantes origina la necesidad de crear nuevas
zonas que, en principio, están despobladas y tienen un carácter rural.
Crear una urbanización supone la puesta en marcha de grandes infraestructuras:
canalización de agua, electricidad, asfaltado de calles, parques y, en definitiva, toda una
serie de zonas y servicios para que la población pueda asentarse con normalidad.
Generalmente se sitúan en las afueras de las ciudades y forman núcleos residenciales. Su
ubicación tiene una singularidad: la relativa proximidad con el centro de la ciudad y una
cierta autonomía administrativa, social y económica.
La formación de esta modalidad de infraestructura resuelve parcialmente las necesidades
demográficas. Al mismo tiempo, crean nuevas fuentes de riqueza, no sólo por la
construcción de las mismas, sino también por la actividad económica que se genera
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(nuevas posibilidades comerciales o formación de polígonos). Sin embargo, no todo son
ventajas en las urbanizaciones, hay urbanistas y sociólogos que ponen de relieve algunos
inconvenientes: la pérdida de suelo rural y el crecimiento desmedido y desordenado de las
ciudades.
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Antonio Ante ha determinado la
procedencia de aprobación y factibilidad técnica de la Urbanización tipo Huertos
familiares Quebec, a través del cumplimiento de los requisitos y procedimientos
determinados en los instrumentos reglamentarios que regulan la dinámica urbanística en la
circunscripción cantonal.
Por tales motivos es necesario reglamentar las condiciones técnicas, de ejecución y
procedimentales, de manera puntual y específica que regulen el desarrollo interno de la
Urbanización Tipo huertos familiares Quebec.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO DE ANTONIO ANTE
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 3, numeral 5, de la Constitución de la República del Ecuador señala: “Son
deberes primordiales del Estado: (…) 5. Planificar el desarrollo nacional, erradicar la
pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y
la riqueza, para acceder al buen vivir.”;
Que, el Artículo 226 ibídem dispone: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos
en la Constitución”;
Que, el Artículo 227 ibídem dispone: “La administración pública constituye un servicio a
la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación,
transparencia y evaluación”;
Que, el Artículo 241 ibídem dispone: La planificación garantizará el ordenamiento
territorial y será obligatoria en todos los gobiernos autónomos descentralizados”;
Que, el Artículo 264 ibídem dispone: “Los gobiernos municipales tendrán las siguientes
competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: 1. Planificar el
desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de
manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el
fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural”;

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