Ordenanzas Municipales. 010-GADMP-2022 Cantón Pedernales: Que regula el cobro de la tasa por recolección de basura, aseo público y saneamiento ambiental

Número de Boletín690
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Edición Especial Nº 690 - Registro Ocial
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Viernes 30 de diciembre de 2022
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La vinculación de la salud humana con el sistema ambiental se presenta como una
prioridad mundial, por el carácter estratégico que significa para la sostenibilidad del
desarrollo humano. Los residuos sólidos son un problema a nivel mundial, que se
agrava con la irresponsabilidad que se tiene al no cambiar nuestros hábitos de
consumo y de disposición final de nuestros residuos, que es el resultado de lo que a
diario generamos en todas las actividades que realizamos ya sea en el trabajo, centro
de estudio, hogar, centros recreativos, etc.
El problema sanitario por la mala disposición de residuos, incide en el riesgo
epidemiológico que representa la acumulación y vertimiento incontrolado de
excrementos, proliferación de moscas, roedores, bacterias y otros animales y
microorganismos causantes de enfermedades, que tienen como resultado incluso
características de inflamabilidad (porque su contenido puede favorecer o causar
fácilmente un incendio).
El Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Pedernales,responsable con el
cuidado de la salud de sus ciudadanos y del ambiente, provee del servicio de
recolección de basura en el cantón; servicio por el cual se establece una tasa
retributiva para suplir los costos que implican el tratamiento de los residuos en base a
las normas técnicas de la materia.
En aras de cumplir con las labores legislativas y de actualización y codificación de las
normas existentes, conforme la disposición general décimo sexta del COOTAD, se
observa en la normativa cantonal la “ORDENANZA REFORMATORIA QUE
REGLAMENTA LA TASA POR RECOLECCION DE BASURA EN EL CANTON
PEDERNALES”,sancionada el 27 de enero del 2017, cuyo monto se fija sobre la base
del consumo de energía eléctrica.
El tres de enero de 2018 se firmo el Convenio de Cooperación interinstitucional para la
recaudación de tasas por el servicio de recolección de basura entre l Empres Eléctrica
Pública Estratégica CNEL EP Unidad de negocio Santo Domino y el gobierno
autónomo Descentralizado Municipal de Pedernales, con una vigencia de tres años,
conforme lo establecido en l cláusula quinta.
Actualmente, se ha logrado definir, bajo las consideraciones técnicas respectivas, una
fórmula que permite establecer el costo de esta tarifa, misma que reemplazaría al
porcentaje constante en la Ordenanza antes señalada.
Adicionalmente, existen errores de redacción y técnica jurídica en la Ordenanza
existente, como el caso del artículo uno, cuyo título se denomina “OBJETO DE LA
TASA” y su contenido hace alusión a normativa que debe estar reflejada en los
Considerandos y redunda en su redacción; no especifica el ámbito de aplicación y las
funciones de recaudación a través de la empresa eléctrica CNEL EP, no precisarían
de los reportes de facturación mensual de los usuarios.
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Por lo expuesto, conociendo que la ordenanza mencionada ya constituía reforma a
una anterior; que actualizarla implica realizar correcciones de forma y fondo, las cuales
significan su reemplazo total; bajo el marco de las competencias municipales y en uso
de la facultad privativa, atribuida al Alcalde conforme al COOTAD, se presenta al
Pleno del Concejo Municipal la “ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL COBRO
DE LA TASA POR RECOLECCION DE BASURA, ASEO PÚBLICO Y SANEAMIENTO
AMBIENTAL EN EL CANTON DE PEDERNALES”, para su análisis y aprobación.

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