Acuerdos. 0100 Deléguense funciones y atribuciones al economista Edgar Bernardo Orellana Heredia, Viceministro de Finanzas
Número de Boletín | 577 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS |
Lunes 15 de noviembre de 2021Registro Ocial Nº 577
3
Página 1 de 2
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de
octubre de 2008, en su artículo 154, numeral 1, dispone que, a las Ministras y Ministros de Estado,
además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión;
Que, el artículo 226 ibídem, dispone que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias,
las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.
Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010,
en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone que, el o la
Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime
conveniente hacerlo;
Que, con Acta Resolutiva No. 001-2020 de 24 de enero de 2020, los miembros del Comité de Deuda
y Financiamiento resolvieron, entre otros, autorizar la contratación de la operación de préstamo entre
la República del Ecuador, por intermedio del Ministerio de Economía y Finanzas y la Agencia de
Cooperación Internacional del Japón (JICA), por un monto de hasta USD 70.000.000,00, destinado a
financiar parcialmente programas y proyectos de inversión en el marco del Programa “Apoyo al
Avance del Cambio de la Matriz Energética”;
Que, el 28 de enero de 2020, la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA) y la
República del Ecuador suscribieron el Loan Agreement No. EC- F- P1, por un monto de hasta USD
70.000.000,00, para el financiamiento del Programa “Apoyo al Avance del Cambio de la Matriz
Energética”;
Que, mediante Memorando No. MEF-SFP-2021-0376-M de 4 de junio de 2021, el Subsecretario de
Financiamiento Público se dirigió a la Coordinación General Jurídicade esta Cartera de Estado
señalando que:
“Con Acuerdo No. 0018 de 18 de marzo de 2021, se delegó al “Mgs. Fabián Carrillo Jaramillo,
para que, en su calidad de Viceministro de Finanzas, a nombre y en representación del Ministro de
Economía y Finanzas, suscriba los documentos i) Banking arrangement, ii) formularios: Notification
Regarding the Change to a General Investor and Confirmation of Notification, Request Regarding
Change to a General Investor, iii) personal information letter; así como, cualquier otro documento
necesario y relevante para la implementación del Banking Arrangement, apertura de cuenta en el
exterior, y/o cualquier otro trámite conexo a los desembolsos de la operación de préstamo celebrada
el 28 de enero de 2020, entre la República del Ecuador, por intermedio del Ministerio de Economía
y Finanzas y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), por un monto de hasta
USD 70.000.000,00, destinado a financiar parcialmente programas y proyectos de inversión en el
marco del Programa “Apoyo al Avance del Cambio de la Matriz Energética”.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba