Acuerdos. 0119 Apruébese el estatuto y otórguese personería jurídica a la Cámara Nacional de Centros de Capacitación de Seguridad Privada CAMCEC, domiciliada en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

Número de Boletín55
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Interior
10 – Lunes 7 de octubre de 2019 Registro Of‌i cial Nº 55
del bus, llamando al ECU 911 solicitando las unidades
de emergencia, actuación que ayudado a tener una mejor
percepción de la profesionalidad de la Policía Nacional en
el cumplimiento de la misión constitucional de atender la
seguridad ciudadana y el orden público y proteger el libre
ejercicio de los derechos y a seguridad de las personas
dentro del territorio nacional; de conformidad con lo
que dispone los Arts. 109, 110 y 113 del Reglamento
Sustitutivo al Reglamento de Disciplina de la Policía
Nacional, 2.- Calif‌i car idóneo para la concesión de la
Condecoración “AL VALOR” al señor Cabo Primero de
Policía FUENTES SALAZAR DANIEL LEONARDO
en razón de su actuación del día 14 de julio del 2017,
que constituye un acto de excepcional valor, tanto más si
al encontrarse viajando en la cooperativa de Transporte
la Mana y a la Altura del km. 31 de la Vía Aloag —
Santo Domingo, se había accidentado ayudando a su
familia (esposa e hija) y más personas que se habían
encontrado atrapadas en el interior del bus, llamando
al ECU 911 solicitando las unidades de emergencia,
actuación que ayudado a tener una mejor percepción de la
profesionalidad de la Policía Nacional en el cumplimiento
de la misión constitucional de atender la seguridad
ciudadana y el orden público y proteger el libre ejercicio
de los derechos y a seguridad de las personas dentro del
territorio nacional; por lo cual dichos hechos se enmarcan
en lo establecido en el Art. 105 de la Ley de Personal de
la Policía Nacional, en concordancia con lo dispuesto en
el Art. 119 de su Reglamento, Art. 14 de la Codif‌i cación y
Reformas al Reglamento de Condecoraciones de la Policía
Nacional, y Disposición Derogatoria inciso cuatro de la
Ley Orgánica de Servicio Público; y, SOLICITAR al señor
Comandante General de la Policía Nacional, se digne
alcanzar correspondiente Acuerdo Ministerial, mediante
el cual se conf‌i era la citada condecoración al referido
Servidor Policial, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 4 de la Codif‌i cación y Reformas al Reglamento de
Condecoraciones de la Policía Nacional, reconocimiento
que es de carácter honoríf‌i co más no económico, en virtud
de la disposición derogatoria constante en la Ley Orgánica
del servicio Público;
Visto el of‌i cio Nro. 2018-0102C-DGP-ASL-CG de 13 de
diciembre de 2018, suscrito por el Comandante General
de la Policía Nacional, con el cual remite la Resolución
Nro. 2018-0809-CCP-PN de 3 de octubre de 2018, del
H. Consejo de Clases y Policías de la Policía Nacional y
solicita se emita el correspondiente Acuerdo Ministerial
mediante el cual se conf‌i era con carácter honorif‌i co la
Condecoración “Al Valor” al señor Cabo Primero de
Policía Daniel Leonardo Fuentes Salazar, en razón de su
actuación del día 14 de julio del 2017, que constituye un
acto de excepcional valor;
En ejercicio de las atribuciones constitucionales, legales
y reglamentarias:
Acuerda:
Artículo 1.- Otorgar con carácter honorif‌i co la
condecoración “AL VALOR” al señor Cabo Primero de
Policía DANIEL LEONARDO FUENTES SALAZAR,
como justo reconocimiento a su actuación efectuada
el día 14 de julio del 2017, acto de excepcional valor
que se enmarcan de conformidad a lo establecido en el
en concordancia con lo dispuesto en el Art. 119 de su
Reglamento, Art. 14 de la Codif‌i cación y Reformas al
Reglamento de Condecoraciones de la Policía Nacional y
Disposición Derogatoria inciso cuatro de la Ley Orgánica
de Servicio Público;
Artículo. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su
publicación en la Orden General de la Policía Nacional
y en el Registro Of‌i cial. De su ejecución encárguese al
Comandante General de la Policía Nacional.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en Quito, D.M., a 24 de julio de 2019.
f.) María Paula Romo Rodríguez, Ministra del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certif‌i co que el
presente documento es f‌i el copia del original que reposa
en el archivo de Unidad de Gestión Documental de este
Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a
18 de septiembre de 2019.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 0119
María Paula Romo Rodríguez
MINISTRA DEL INTERIOR
Considerando:
establece que: “El Ecuador es un Estado constitucional
de derechos y justicia, social, democrático, soberano,
independiente, unitario, intercultural, plurinacional y
laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de
manera descentralizada”;
Que el numeral 13 del artículo 66 de la Constitución de
la República, consagra el derecho a asociarse, reunirse y
manifestarse en forma libre y voluntaria;
Que el artículo 96 de la Carta Magna manif‌i esta que:
Se reconocen todas las formas de organización de la
sociedad, como expresión de la soberanía popular para
desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en
las decisiones y políticas públicas y en el control social de
todos los niveles de gobierno, así como de las entidades
públicas y de las privadas que presten servicios públicos.
Las organizaciones podrán articularse en diferentes
niveles para fortalecer el poder ciudadano y sus formas
de expresión; deberán garantizar la democracia interna,
la alternabilidad de sus dirigentes y la rendición de
cuentas”;
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución
de la República del Ecuador, dispone que las Ministras
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