Resoluciones. 013-2021 Expídese el Reglamento para la entrega de certificados de firma electrónica para el uso de los sistemas electrónicos y virtuales en temas de violencia contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, familia, mujer, niñez, adolescencia y adolescentes infractores

Número de Boletín418
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
Jueves 25 de marzo de 2021 Cuarto Suplemento Nº 418 - Registro Ocial
188
013-2021
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RESOLUCIÓN 013-2021
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia
y disciplina de la Función Judicial;
Que el artículo 181 numerales 1 y 5 de la Constitución de la República del Ecuador,
establece que: “Serán funciones del Consejo de la Judicatura además de las
que determine la ley: 1. Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y
modernización del sistema judicial. (…) 5. Velar por la transparencia y
eficiencia de la Función Judicial (…)”;
4 y 10 dispone que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “…4.
Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial; (…) 10. Expedir,
modificar, derogar e interpretar obligatoriamente (…) los reglamentos,
manuales, instructivos o resoluciones de régimen interno, con sujeción a la
Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento, responsabilidades,
control y régimen disciplinario; particularmente para velar por la transparencia
y eficiencia de la Función Judicial (…)”;
Que el artículo 37 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y
Mensajes de Datos, dispone que el Consejo Nacional de Telecomunicaciones
(CONATEL), o la entidad que haga sus veces, es el organismo de
autorización, registro y regulación de las entidades de certificación
acreditadas;
Que el segundo artículo innumerado agregado a continuación del artículo 17 del
Reglamento General a la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y
Mensajes de Datos, dispone que la acreditación como Entidad de Certificación
de Información y Servicios Relacionados, consistirá en un acto administrativo
emitido por el CONATEL, a través de una resolución que será inscrita en el
Registro Público Nacional de Entidades de Certificación de Información y
Servicios Relacionados Acreditados y Terceros Vinculados;
Que el CONATEL mediante Resolución TEL-556-19-CONATEL-2014, de 28 de
Julio de 2014, aprobó la petición de ACREDITACIÓN del Consejo de la
Judicatura en calidad de Entidad de Certificación de Información y Servicios
Relacionados, para lo cual la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones
(SENATEL) emitió el respectivo acto administrativo, conforme al modelo
aprobado por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones;
Que la Disposición Transitoria Quinta de la Ley Orgánica reformatoria del Código
Orgánico de la Función Judicial, manifiesta que: “Sistemas y certificados
electrónicos.- Para facilitar la interconexión entre instituciones competentes en
temas de violencia contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes; familia,

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