Ordenanzas Municipales. 016-2022 Cantón Riobamba: Que determina la zona de beneficio o influencia sectorial de la obra “Rehabilitación del Parque del Barrio Quinta Mosquera”, para el cobro del tributo por contribución especial de mejoras

Número de Boletín701
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 4 de enero de 2023 Edición Especial Nº 701 - Registro Ocial
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+593 2966000 - Ext: 1057
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Riobamba, es una Institución
Pública con autonomía política, administrativa y financiera, que se rige por los principios de
solidaridad, subsidiariedad, equidad, integración y participación ciudadana, encargado de la
prestación de servicios públicos y la dotación de obras que le corresponda ejecutar en
cumplimiento de las competencias que la Constitución y la ley le reconoce de acuerdo con el
respectivo plan de desarrollo y ordenamiento territorial.
Las inversiones realizadas por la Institución Municipal, de acuerdo al Código Orgánico de
Organización Territorial Autonomía y Descentralización, deben ser recuperadas, porque
producen incremento en el valor de predio beneficiado por esa intervención pública.
Las Contribuciones Especiales de Mejoras son tributos motivados por la construcción de obras,
establecimiento o ampliación de servicios públicos que causa beneficio para el contribuyente al
aumentar el valor de sus bienes que se encuentran en la zona de influencia. Para su recaudación
se prorratea el costo de la obra entre quienes reciben beneficio, previa identificación de
beneficiarios y áreas de influencia.
Por consiguiente, sobre la base de los informes de la Dirección de Gestión de Obras Públicas,
Dirección de Gestión de Ordenamiento Territorial y Dirección de Gestión Financiera,
corresponde al Concejo Municipal, determinar la zona de beneficio o influencia sectorial de a la
obra “Adecentamiento del parque Eucaliptos Altos”, conforme señalan los artículos 2, 9 y 19 de
la Ordenanza 007-2011 para el cobro de tributos por Contribución Especial de Mejoras
publicada en el Registro Oficial No. 491 de 14 de julio de 2011, y Reformada mediante
Ordenanza 021-2015, publicada en la edición especial del Registro Oficial No. 452 de 4 de
enero de 2016, en concordancia con el inciso primero del artículo 569 y 573 del Código
Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización.
Atentamente,
Ing. Byron Napoleón Cadena Oleas, Ph. D
ALCALDE DEL CANTÓN RIOBAMBA
Firmado electrónicamente por:
BYRON NAPOLEON
CADENA OLEAS

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