Ordenanza Municipal 021-2020 Cantón Riobamba: Del Sistema de Participación Ciudadana

Fecha de publicación25 Enero 2021
SecciónOrdenanza Municipal
Número de Gaceta1497
instrumentationOrdenanza Municipal
Lunes 25 de enero de 2021 Edición Especial Nº 1497 - Registro Ocial
80
www.gadmriobamba.gob.ec
593 2966000 - Ext: 1057
Mail: sconcejo@municipioderiobamba.gob.ec
www.gadmriobamba.gob.ec 1
ORDENANZA Nro. 021-2020
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN RIOBAMBA
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 61, establece que las
ecuatorianas y ecuatorianos gozan entre otros, de los siguientes derechos: participar en los
asuntos de interés público, presentar proyectos de iniciativa popular normativa, ser consultados
y fiscalizar los actos del poder público;
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 95, determina: “Las
ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera protagónica
en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y en el control
popular de las instituciones del Estado y la sociedad, y de sus representantes, en un proceso
permanente de construcción del poder ciudadano. La participación se orientará por los
principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control
popular, solidaridad e interculturalidad. La participación de la ciudadanía en todos los asuntos
de interés público es un derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia
representativa, directa y comunitaria”;
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 100, señala: “En todos los
niveles de gobierno se conformarán instancias de participación integradas por autoridades
electas, representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad del ámbito
territorial de cada nivel de gobierno, que funcionarán regidas por principios democráticos. La
participación en estas instancias se ejerce para: 1. Elaborar planes y políticas nacionales,
locales y sectoriales entre los gobiernos y la ciudadanía. 2. Mejorar la calidad de la inversión
pública y definir agendas de desarrollo. 3. Elaborar presupuestos participativos de los
gobiernos. 4. Fortalecer la democracia con mecanismos permanentes de transparencia,
rendición de cuentas y control social. 5. Promover la formación ciudadana e impulsar procesos
de comunicación. Para el ejercicio de esta participación se organizarán audiencias públicas,
veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios y las demás
instancias que promueva la ciudadanía”;
Que, la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 101 señala: "Las sesiones de
los gobiernos autónomos descentralizados serán públicas, y en ellas existirá la silla vacía que
ocupará una representante o un representante ciudadano en función de los temas a tratarse, con
el propósito de participar en su debate y en la toma de decisiones”;
Que, la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 264 establece: “Los gobiernos
municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine
la ley: (…) En el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, expedirán
ordenanzas cantonales”;
Que, la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 279, prevé que: “(…) Los
consejos de planificación en los gobiernos autónomos descentralizados estarán presididos por
Lunes 25 de enero de 2021Registro Ocial - Edición Especial Nº 1497
81
www.gadmriobamba.gob.ec
593 2966000 - Ext: 1057
Mail: sconcejo@municipioderiobamba.gob.ec
www.gadmriobamba.gob.ec 2
sus máximos representantes e integrados de acuerdo con la ley. Los consejos ciudadanos serán
instancias de deliberación y generación de lineamientos y consensos estratégicos de largo
plazo, que orientarán el desarrollo nacional”;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en el
artículo 7 determina: “Para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades que de
manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los consejos regionales y provinciales
concejos metropolitanos y municipales, la capacidad para dictar normas de carácter general a
través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción
territorial. El ejercicio de esta facultad se circunscribirá al ámbito territorial y a las
competencias de cada nivel de gobierno, y observará lo previsto en la Constitución y la Ley”;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en el
artículo 29 determina: “El ejercicio de cada gobierno autónomo descentralizado se realizará a
través de tres funciones integradas: a) De legislación, normatividad y fiscalización; b) De
ejecución y administración; y, c) De participación ciudadana y control social”;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en el
artículo 54, señala: “Son funciones de los gobiernos autónomos descentralizados municipales:
“(…) d) Implementar un sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los derechos y
la gestión democrática de la acción municipal”;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en el
artículo 300 dispone en forma imperativa que: “Los consejos de planificación participativa de
los gobiernos autónomos descentralizado participarán en el proceso de formulación,
seguimiento y evaluación de sus planes y emitirán resolución favorable sobre las prioridades
estratégicas de desarrollo como requisito indispensable para su aprobación ante el órgano
legislativo correspondiente. Los consejos de planificación de los gobiernos autónomos
descentralizados estarán presididos por sus máximos representantes. Su conformación y
atribuciones serán definidas por la ley”;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en el
artículo 304, dispone que: “Los gobiernos autónomos descentralizados conformarán un sistema
de participación ciudadana, que se regulará por acto normativo del correspondiente nivel de
gobierno, tendrá una estructura y denominación propias. El sistema de participación ciudadana
se constituye para: a) Deliberar sobre las prioridades de desarrollo en sus respectivas
circunscripciones; así como, conocer y definir los objetivos de desarrollo territorial, líneas de
acción y metas; b) Participar en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los
planes de desarrollo y de ordenamiento territorial; y, en general, en la definición de propuestas
de inversión pública; c) Elaborar presupuestos participativos de los gobiernos; d) Participar en
la definición de políticas públicas; e) Generar las condiciones y mecanismos de coordinación
para el tratamiento de temas específicos que se relacionen con los objetivos de desarrollo
territorial, a través de grupos de interés sectoriales o sociales que fueren necesarios para la
formulación y gestión del plan, quienes se reunirán tantas veces como sea necesario. Los
grupos de interés conformados prepararán insumos debidamente documentados que servirán
para la formulación del plan; f) Fortalecer la democracia local con mecanismos permanentes de
transparencia, rendición de cuentas y control social; g) Promover la participación e
involucramiento de la ciudadanía en las decisiones que tienen que ver con el desarrollo de los
niveles territoriales; y, h) Impulsar mecanismos de formación ciudadana para la ciudadanía
activa. El sistema de participación estará integrado por autoridades electas, representantes del
régimen dependiente y representantes de la sociedad de su ámbito territorial. La máxima
instancia de decisión del sistema de participación será convocada a asamblea al menos dos

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR