Resoluciones. 021-2021 Expídese el Reglamento de la Escuela de la Función Judicial
Número de Boletín | 414 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Consejo de la Judicatura |
Viernes 19 de marzo de 2021 Tercer Suplemento Nº 414 - Registro Ocial
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021-2021
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RESOLUCIÓN 021-2021
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 178 inciso segundo de la Constitución de la República del Ecuador
y el artículo 254 del CódigoOrgánico de la Función Judicial, disponen que el
Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, adm inistración, vigilancia
y disciplina de la Función Judicial;
Que el artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador, manda: “La
Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos
administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará
su estructura, funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para
la adecuada administración de justicia.”;
Que el artículo 181 numerales 1, 4 y 5 de la Constitución de la República del
Ecuador, dispone: “Serán funciones del Consejo de la Judicatura, además de
las que determine la ley: 1. Definir y ejecutar las políticas para el
mejoramiento y modernización del sistema judicial. (…) / 4. Administrar la
carrera y la profesionalización judicial, y organizar y gestionar escuelas de
formación y capacitación judicial.” / 5. Velar por la transparencia y eficiencia
de la función Judicial.”;
Que el artículo 3 del Código Orgánico de la Función Judicial, prevé: “(...) los
órganos de la Función Judicial, en el ámbito de sus competencias, deberán
formular políticas administrativas que transformen la Función Judicial para
brindar un servicio de calidad de acuerdo a las necesidades de las usuarias y
usuarios; (...) políticas de recursos humanos que consoliden la carrera
judicial, fiscal y de defensoría pública, fortalezcan la Escuela de la Función
Judicial, y erradiquen la corrupción”;
Que el artículo 80 del Código Orgánico de laFunción Judicial, regula la finalidad
de la Escuela de la Función Judicial, en tanto que su artículo 82 regula la
estructura e integración del Consejo Directivo de la Escuela de la Función
Judicial y su artículo 86 los programas de formación y capacitación continua y
de especialización para la Función Judicial;
Que el artículo 264 numeral 10 del Código Orgánico de la Función Judicial,
determina que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “Expedir
modificar, derogar e interpretar obligatoriamente el Código de Ética de la
Función Judicial, el Estatuto Orgánico Administrativo de la Función Judicial,
los reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones de régimen interno,
con sujeción a la Constitución y la ley, (…)”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura (periodo 2013-2018), mediante
Resolución 315-2015, de 7 de octubre de 2015, publicada en la Edición
Especial del Registro Oficial No. 399, de 23 de noviembre de 2015,
reformada con Resolución 002-2017, de 4 de enero de 2017 (periodo 2013-
2018), publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 935, de 1 de
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