Resoluciones. 0248 Refórmese la Resolución No. 217 de 22 de octubre de 2019, publicada en el Registro Oficial No. 85 de 21 de noviembre de 2019

Número de Boletín117
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
6 – Jueves 9 de enero de 2020 Registro Of‌i cial Nº 117
corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure
el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin
perjuicio del derecho del titular”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 5, de 24 de mayo
de 2017, suscrito por el Presidente Constitucional de
la República, Lenín Moreno Garcés, se suprimió la
Secretaría Nacional de la Administración Pública y se
transf‌i rió a la Secretaria General de la Presidencia de la
República, la atribución de expedir autorizaciones de
vacaciones, licencia con y sin remuneración, permisos
y demás autorizaciones para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del
nivel jerárquico superior;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 818, de 03 de julio de
2019, el señor Presidente Constitucional de la República,
Lenín Moreno Garcés, designó al señor Agustín Guillermo
Albán Maldonado como Secretario de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación;
Que el literal j) del numeral 11.1.1 del artículo 11 del
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
de la SENESCYT, establece entre las atribuciones y
responsabilidades del Secretario/a de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, la siguiente: “j)
Expedir y suscribir los instrumentos jurídicos necesarios
en el cumplimiento de deberes y obligaciones de la
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación”;
Que mediante Acuerdo Nro. 0306, el señor Magister José
Iván Agusto Briones, en su calidad de Secretario General
de la Presidencia de la República del Ecuador, autorizó el
viaje al exterior de Agustín Guillermo Albán Maldonado,
Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación, a la ciudad de Madrid, España, desde el desde
el 19 de septiembre hasta el 29 de septiembre de 2019, con
la f‌i nalidad de mantener diversas reuniones de trabajo con
autoridades de las diferentes instituciones de educación
superior del país; y,
Que es necesario garantizar la continuidad de las funciones
y responsabilidades de la Secretaría de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i eren el
numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la
Administrativo y la Ley Orgánica del Servicio Público.
Acuerda:
Artículo 1.- Designar al Doctor Aldo Alfredo Maino
Isaías, Subsecretario General de Educación Superior, para
que subrogue al Secretario de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, como máxima autoridad de la
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación, desde el desde el 19 de septiembre hasta el 29
de septiembre de 2019.
Artículo 2.- El Doctor Aldo Alfredo Maino Isaías, será
responsable del cumplimiento de las atribuciones y
responsabilidades inherentes al funcionamiento de la
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación, por el tiempo que dure la subrogación.
Artículo 3.- Notifíquese con el contenido del presente
Acuerdo al doctor Aldo Alfredo Maino Isaías,
Subsecretario General de Educación Superior, al
Coordinador General Administrativo Financiero de la
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación; y, al Secretario General de la Presidencia de
la República del Ecuador.
Artículo 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Dado, en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los
diecinueve (19) días del mes de septiembre de 2019.
Notifíquese y publíquese.
f.) Agustín Guillermo Albán Maldonado, Secretario de
Educación Superior Ciencia, Tecnología e Innovación.
SENESCYT.- ASESORÍA JURÍDICA.- 11 de diciembre
de 2019.- f.) Ilegible.- Fiel copia del original que reposa en
el archivo de esta Dirección.
MINISTERIO DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
No. 0248
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA
DE REGULACIÓN Y CONTROL FITO Y
ZOOSANITARIO
Considerando:
del Ecuador, dispone que “las instituciones del estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y
la Ley”;
del Ecuador, establece que “la administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, transparencia y evaluación.”;
Que, el artículo 12 de la Ley Orgánica de Sanidad
Agropecuaria, publicada en el Registro Of‌i cial Suplemento
27 de 3 de julio de 2017 establece: “Créase la Agencia

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