Acuerdos. 027-2015 Gestión Integral De Desechos Sólidos Para El Cantón Jama – Provincia De Manabí

Número de Boletín12
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Ambiente
Lunes 12 de junio de 2017 – 29Registro Of‌i cial Nº 12
Dado en Portoviejo, a los 09 días del mes de septiembre
del 2015.
f.) Lic. Juan Manuel Cisneros, Director Provincial del
Ambiente de Manabí.
MINISTERIO DEL AMBIENTE.- DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE MANABÍ.- Certif‌i co: Que la presente
documentación es f‌i el copia de la original, la cual reposa
en los Archivos de la Dirección Provincial de Manabí.-
Fecha: 31 de marzo de 2017.- Fojas: 1.- Responsable: .....
f.) Ilegible.
MINISTERIO DEL AMBIENTE
No. 027-2015
Lic. Juan Manuel Cisneros
DIRECTOR PROVINCIAL DEL
AMBIENTE DE MANABÍ
Considerando:
del Ecuador, reconoce el derecho de la población a vivir
en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que
garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay,
y declara de interés público la preservación del ambiente,
la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la
integridad del patrimonio genético del país, la prevención
del daño ambiental y la recuperación de los espacios
naturales degradados;
Que, el numeral 27 del artículo 66 de la Constitución de la
República del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas
el derecho a vivir un ambiente sano, ecológicamente
equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la
naturaleza;
Que, el numeral 4 del artículo 276 de la Constitución de
la República del Ecuador, se señala que el régimen de
desarrollo tendrá como uno de sus objetivos el de recuperar
y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y
sustentable que garantice a las personas y colectividades el
acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y
suelo, y a los benef‌i cios de los recursos del subsuelo y del
patrimonio natural;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo
19 de la Ley de Gestión Ambiental, las obras públicas,
privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos
o privados que puedan causar impactos ambientales
deben, previamente a su ejecución, ser calif‌i cados por
los organismos descentralizados de control, conforme el
Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector
será el precautelatorio;
Que, para el inicio de toda actividad que suponga riesgo
ambiental, se deberá contar con la licencia ambiental
otorgada por el Ministerio del Ambiente, conforme así lo
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 de la
Ley de Gestión Ambiental, toda persona natural o jurídica
tiene derecho a participar en la gestión ambiental a través
de los mecanismos de participación social, entre los cuales
se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas,
propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector
público y el privado;
que toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser
informada sobre cualquier actividad de las instituciones del
Estado; que pueda producir impactos ambientales;
Que, de conformidad con el artículo 20 del Título I del
Sistema Único de Manejo Ambiental, del Libro VI del
Texto Unif‌i cado de Legislación Secundaria del Ministerio
del Ambiente, la participación ciudadana en la gestión
ambiental tiene como f‌i nalidad considerar e incorporar los
criterios y la observaciones de la ciudadanía, especialmente
la población directamente afectada de una obra o proyecto,
sobre las variables ambientales relevantes de los estudios
de impacto ambiental y planes de manejo ambiental,
siempre y cuando sea técnica y económicamente viable,
para que las actividades y proyectos que puedan causar
impactos ambientales se desarrollen de manera adecua da,
minimizando y/o compensando estos impactos ambientales
a f‌i n de mejorar las condiciones ambientales para la
realización de la actividad o proyecto propuesto en todas
sus fases;
Que, mediante el código MAE-RA-2014-74596 con fecha
31 de enero del 2014, el Sr. Nexar Alex Cevallos Medina,
Representante Legal del GAD Municipal del cantón Jama
ingreso en el Sistema Único de Información Ambiental
(SUIA), el Detalle Técnico del Proyecto: “GESTIÓN
INTEGRAL DE DESECHOS SÓLIDOS PARA EL
CANTÓN JAMA–PROVINCIA DE MANABI”.
Que, mediante Of‌i
cio No. MAE-SUIA-RA-CGZ4-
DPAM-2014-00476 del 07 de febrero 2014, se emite
certif‌i cado de Intersección del proyecto: “GESTIÓN
INTEGRAL DE DESECHOS SÓLIDOS PARA EL
CANTÓN JAMA–PROVINCIA DE MANABI”, ubicado
en la Parroquia Jama, cantón Jama, provincia de Manabí, en
el cual se concluye que dicho proyecto NO INTERSECTA
con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques
Protectores y Patrimonio Forestal del Estado.
Que, a través del Sistema Único de Información Ambiental
(SUIA), con fecha 20 de febrero de 2014, se remite para su
análisis y pronunciamiento los Términos de Referencia para
la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de
Manejo Ambiental del proyecto “GESTIÓN INTEGRAL
DE DESECHOS SÓLIDOS PARA EL CANTÓN JAMA-
PROVINCIA DE MANABI”, ubicado en la parroquia
Jama, cantón Jama, provincia de Manabí.
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