Acuerdos. 028 Declárese De Utilidad Pública Un Bien Inmueble Ubicado En La Transversal De La Carretera Las Peñas- La Tola, Provincia De Esmeraldas

Número de Boletín12
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
22 – Lunes 12 de junio de 2017 Registro Of‌i cial Nº 12
No. 028
Boris Córdova González
MINISTRO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS
Considerando:
Ecuador textualmente dispone lo siguiente: “Con el objeto
de ejecutar planes de desarrollo social, manejo sustentable
del ambiente y de bienestar colectivo, las instituciones del
Estado, por razones de utilidad pública o interés social y
nacional, podrán declarar la expropiación de bienes, previa
justa valoración, indemnización y pago de conformidad con
la ley. Se prohíbe toda forma de conf‌i scación”.
Ecuador establece que la administración pública constituye
un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
plantif‌i cación, transparencia y evaluación
República del Ecuador, establece que a los Ministros de
Estado les corresponde ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 17 del Estatuto Jurídico del Régimen
Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que ‘’los
Ministros de Estado son competentes para el despacho de
todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad
de autorización alguna del Presidente de la República”.
Que, en el artículo 16 literal f) del Estatuto Jurídico del
Régimen Administrativo de la Función Ejecutiva, se
incluye al Ministerio de Transporte y Obras Públicas como
parte de la Función Ejecutiva;
Que, es necesario homologar las normas sobre expropiación
contenidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública, el Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización y otras normas
relacionadas; por lo que mediante Segundo Suplemento del
Registro Of‌i cial No. 966, se expide la Ley Orgánica para la
Ef‌i ciencia en la Contratación Pública, en la que se Reforma
la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública, “Artículo 58.- Declaratoria de utilidad pública.
Que, mediante contrato f‌i rmado el 20 de abril de 2011,
entre el Ministerio de Transporte y Obras Publicas y
el Cuerpo de Ingenieros del Ejército, para el proyecto
REHABILITACIÓN y MANTENIMIENTO DE LA
CARRETERA LAS PEÑAS–LA TOLA, DE 22.90 KM.
DE LONGITUD, UBICADA EN LA PROVINCIA DE
ESMERALDAS.
Que, mediante memorando Nro. MTOP-DDE-2017-012ª-
ME de fecha 14 de marzo de 2017, el señor Director
Distrital MTOP Esmeraldas, solicita emitir la Certif‌i cación
Presupuestaria para la indemnización dentro del proyecto
REHABILITACIÓN y MANTENIMIENTO DE LA
CARRETERA LAS PEÑAS–LA TOLA, DE 22.90 KM.
DE LONGITUD, UBICADA EN LA PROVINCIA DE
ESMERALDAS.
Que, con memorando Nro. MTOP-FINAN_ESM-2017-66-
ME de fecha 20 de abril de 2017, la ingeniera Susana Mora
Toro, Supervisora Financiera Provincial de Esmeraldas,
Certif‌i ca que este compromiso se f‌i nanciara con los
Recursos de la Partida Presupuestaria Nro. 23 00 111 001
840301 0800 001 0000 0000 Terrenos (Expropiación de
Bienes), Nro. de Certif‌i cación 114 de fecha 12 de abril de
2017 del vigente presupuesto institucional.
Que, de acuerdo al Certif‌i cado del Registro de la Propiedad
Nro. 0266 del cantón Eloy Alfaro, que forma parte
de este instrumento, el señor ANTONIO MENDOZA
SALDEARREAGA, es propietario de un lote de terreno
ubicado en el recinto Las Peñas, parroquia La Tola, cantón
Eloy Alfaro, provincia de Esmeraldas, el cual consta dentro
de los siguientes linderos: POR EL NORTE O FRENTE:
CON EL OCEANO PACÍFICO EN DOSCIENTOS TRECE
METROS; POR EL SUR, O ATRÁS: CARRETERA
ESMERALDAS-LA TOLA EN DOSCIENTOS TRECE
METROS; POR EL ESTE O UN COSTADO: CON
PROPIEDAD DE MELVA SALDEARREGA CON
TRESCIENTOS DOS METROS; POR EL OESTE O
POR EL OTRO COSTADO: CON TERRENOS DE LOS
VEDEDORES EN TRESCIENTOS DOS METROS,
En ejercicio de las atribuciones legales que le conf‌i ere la
Ley,
Acuerda:
Art. 1.- Declarar de utilidad pública el bien inmueble
ubicado en la transversal de carretera las Peñas- La
Tola, Abcisas 1+800 lado izquierdo, del proyecto
REHABILITACIÓN y MANTENIMIENTO DE LA
CARRETERA LAS PEÑAS–LA TOLA, DE 22.90 KM.
DE LONGITUD, UBICADA EN LA PROVINCIA
DE ESMERALDAS, ubicado dentro de las siguientes
coordenadas:
Inicial X = 120883 Y = 704412.
Final X = 121226 Y = 704323.
Y Abcisas:
Código Nombre del Propietario Abscisa
Inicial
Abscisa
Final
JOSE ANTONIO
MENDOZA
SALDARREAGA
0+000 0+379.78
Art. 2.- Establecer el derecho de vía para el proyecto
Rehabilitación y Mantenimiento de la Carretera las
Peñas–La Tola, de 22.90 km. de Longitud, Ubicada en la
Provincia de Esmeraldas, en una distancia de veinticinco
metros, medidos desde el eje de la vía hacia cada uno de
los costados, distancia a partir de la cual podrán levantarse
ión a
el artíc
Admini
nisterio d
ción Ejecutiva;
omologar las no
Orgánic
ción Ejec
son competent
nherentes a sus min
lguna del Presidente
ulo 16 literal f) del Estatut
istrativo de la Función
de Transporte y
rio
Ejecuti
s normas sobre expropia
nist
te de la
f) del Estatuto
trativo de la Func
T
el Estatu
Funció
do so
inh
alg
culo 16 literal f) del Estatuto
nistrativo de la Función Ejec
rio de Transporte y Obras Públic
cutiva;
desp
sin nec
epúblic
acho d
cesida
en
’los
e
En
a.
ídico de
iva
j
Ley,
jer
cicio
ES E
de la
COS
N TRE
S
TA
SC
MET
ADO:
O
VA S A
RO
UN C
ALD
OSCIEN
CO
omo
To
Art. 1.
cado
-
De
atribuc
ucione
NTO

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR