Acuerdos. 029/2019 Renuévese el permiso de operación a la Compañía AEROVÍAS de México, Sociedad Anónima de Capital Variable “AEROMÉXICO”

Número de Boletín143
SecciónAcuerdos
EmisorConsejo Nacional de Aviación Civil
Viernes 14 de febrero de 2020 – 13Registro Of‌i cial Nº 143
(…)”; y que: “ (…) Las atribuciones propias de las
diversas entidades y autoridades de la Administración
Pública Central e Institucional serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las
que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto (…)”.
Que, el numeral 1 del artículo 297 del Código Orgánico
de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden
Público (COESCOP) determina que: “(…) La Comisión
de Administración Disciplinaria se conformará de
la siguiente manera: 1. Un delegado de la máxima
autoridad de la entidad rectora local o nacional según
corresponda; 2. La máxima autoridad jerárquica de la
entidad complementaria de seguridad o su delegado; 3. El
funcionario responsable de la Unidad del Talento Humano
a cargo de la entidad complementaria de seguridad o su
delegado. El funcionario responsable de la unidad de
asesoría jurídica a cargo de la entidad complementaria de
seguridad o su delegado, actuará en calidad de secretaria
o secretario de la misma. Los servidores de la Comisión
de Administración Disciplinaria no podrán tener
conf‌l ictos de intereses con los funcionarios relacionados
a la investigación. De existir conf‌l icto de intereses, esto
será causa de excusa o recusación. (…)”.
Que, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, es
una entidad del Estado, parte de la Función Ejecutiva, al
igual que los Ministerios determinados en el artículo 16
del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva.
Que, con Decreto Ejecutivo Nro. 860, de 21 de agosto
de 2019, el Presidente Constitucional de la República,
Licenciado Lenín Moreno Garcés, designó al Magister
José Gabriel Martínez Castro, Ministro de Transporte y
Obras Públicas.
Que, mediante Resolución Nro. 003-DIR-CTE-2019,
expedida en la sesión ordinaria del 18 de julio de 2019,
el Directorio de la Comisión de Tránsito del Ecuador,
resolvió que: “(…) Art. 1.- Encargar al señor Director
Ejecutivo gestione ante el Ministerio de Transporte
y Obras Públicas, que su delegado para integrar la
Comisión de Administración Disciplinaria, de la Comisión
de Transito del Ecuador, según consta en el artículo 297
numeral 1, del Código Orgánico de las Entidades de
Seguridad Ciudadana y Orden Público “COESCOP”, sea
una persona de la Dirección de Asesoría Jurídica de la
CTE, que conozca el caso (…)”.
Que, mediante Of‌i cio Nro. CTE-CTE-2019-0454-O de 17
de diciembre de 2019, contenido en el documento Nro.
MTOP-MTOP-2019-2122-EXT de 17 de diciembre de
2019, suscrito por el Abg. Eduardo Rafael Ayala Guzmán,
Director Ejecutivo de la Comisión de Transito del
Ecuador, dirigido al Mgs. José Gabriel Martínez Castro,
Ministro de Transporte y Obras Públicas recomienda que:
“(…) como su Delegado para integrar la Comisión de
Administración Disciplinaria (CAD) de la Comisión de
Tránsito del Ecuador al Ab. Giovanny Francisco Zurita
Moreno, Subdirector Ejecutivo de la Comisión de Tránsito
del Ecuador. (…)”.
En ejercicio de las atribuciones que concede el numeral
en concordancia con lo dispuesto en los artículos 69 y
siguientes del Código Orgánico Administrativo, así como
en los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva.
Acuerdo:
Artículo 1.- Delegar al Abogado Giovanny Francisco
Zurita Moreno, Subdirector Ejecutivo de la Comisión de
Transito del Ecuador, a f‌i n de que integre la Comisión de
Administración Disciplinaria de la Comisión de Tránsito
del Ecuador, conforme lo establece el numeral 1 del
artículo 297 del Código Orgánico de las Entidades de
Seguridad Ciudadana y Orden Público “COESCOP”.
Artículo 2.- Encárguense de la ejecución del presente
Acuerdo, a la Subsecretaría de Transporte Terrestre y
Ferroviario, quienes deberán realizar, en el marco de sus
respectivas competencias, las acciones necesarias para el
cumplimiento de lo aquí dispuesto.
Artículo 3.- El funcionario delegado será responsable
administrativa, civil y penalmente ante los Organismos de
Control y ante el Ministro de Transporte y Obras Públicas
por los actos realizados en ejercicio de esta delegación.
DISPOSICIÓN FINAL.- Déjese sin efecto cualquier otra
disposición de igual o menor jerarquía que contravenga lo
previsto en el presente Acuerdo, el que entrará en vigencia
partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE.-
Dado en la ciudad de Quito, a 17 de enero de 2020.
f.) Mgs. José Gabriel Martínez Castro, Ministro de
Transporte y Obras Públicas.
No. 029/2019
EL CONSEJO NACIONAL DE AVIACION CIVIL
Considerando:
Que, mediante Acuerdo No. 022/2016 de 31 de marzo
de 2016, el Consejo Nacional de Aviación Civil renovó
a la compañía AEROVÍAS DE MÉXICO, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE “AEROMÉXICO”
el permiso de operación para la prestación del servicio
de transporte aéreo, público, internacional, regular, de
pasajeros, carga y correo, modif‌i cado por el Director
General de Aviación Civil en uso de las facultades

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