Ordenanzas Municipales. 04-2022 Cantón Santa Ana: De organización y funcionamiento del Concejo Municipal

Número de Boletín216
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 25 de mayo de 2022 Edición Especial Nº 216 - Registro Ocial
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GOBIERNO AUTÒNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÒN SANTA ANA
ORDENANZA MUNICIPAL No. 04-2022
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ORDENANZA DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN SANTA ANA.
CONSIDERANDO
gobiernos autónomos descentralizados autonomía política, administrativa y financiera,
disposición constitucional que se encuentra ampliamente desarrollada en los artículos 5
y 6 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización;
Que, el artículo 253ibídem dispone que cada cantón tendrá un concejo cantonal, que
estará integrado por la alcaldesa o alcalde y las concejalas y concejales elegidos por
votación popular, entre quienes se elegirá una vicealcaldesa o vicealcalde. La alcaldesa
o alcalde será su máxima autoridad administrativa y lo presidirá con voto dirimente. En
el concejo representará proporcionalmente a la población cantonal urbana y rural, en los
términos que establezca la ley.
Descentralización al tratar sobre la facultad normativa, determina que para el pleno
ejercicio de sus competencias y de las facultades que de manera concurrente podrán
asumir, se reconoce a los concejos municipales, la capacidad para dictar normas de
carácter general, a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de
su circunscripción territorial;
Autonomía y Descentralización determina que son atribuciones del Concejo Municipal
el expedir acuerdos o resoluciones, en el ámbito de competencia del gobierno autónomo
descentralizado municipal, para regular temas institucionales específicos o reconocer
derechos particulares así como conformar las comisiones permanentes, especiales y
técnicas que sean necesarias, respetando la proporcionalidad de la representación
política y poblacional urbana y rural existente en su seno, y aprobar la conformación de
comisiones ocasionales sugeridas por el alcalde o alcaldesa;
Descentralización tipifica que los órganos legislativos de los gobiernos autónomos
descentralizados, conformarán comisiones de trabajo las que emitirán conclusiones y
recomendaciones que serán consideradas como base para la discusión y aprobación
de sus decisiones;
Que, el artículo 327 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, en el inciso primero determina: “Las comisiones serán permanentes;
especiales u ocasionales; y, técnicas. Tendrán la calidad de permanente, al menos, la
comisión de mesa; la de planificación y presupuesto; y, la de igualdad y género. Los
órganos normativos de los gobiernos autónomos descentralizados regularán su
conformación, funcionamiento y operación, procurando implementar los derechos de
igualdad previstos en la Constitución, de acuerdo con las necesidades que demande el
desarrollo y cumplimiento de sus actividades”;
Que, es necesario adecuar las normas de organización y funcionamiento del Concejo
Municipal y de sus comisiones a la normativa constitucional y legal vigentes en el
Ecuador, con el fin de lograr eficiencia, agilidad y oportunidad de sus decisiones; y, en
Miércoles 25 de mayo de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 216
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GOBIERNO AUTÒNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÒN SANTA ANA
ORDENANZA MUNICIPAL No. 04-2022
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ORDENANZA DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN SANTA ANA.
uso de la facultad legislativa prevista en el artículo 240 de la Constitución de la República
del Ecuador, artículo 7 y 57 letra a) del Código Orgánico de OrganizaciónTerritorial,
Autonomía y Descentralización;
EXPIDE LA:
ORDENANZA DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONCEJO
MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL
CANTÓN SANTA ANA.
Art. 1.- Objeto y Ámbito. - La presente ordenanza tiene por objeto regular el
funcionamiento y la estructura del Concejo Municipal del GAD de Santa Ana, así como
también el establecer las obligaciones, deberes, atribuciones y prohibiciones de los
miembros e integrantes del mismo.
Art. 2.- De la conformación. - El Concejo Municipal del Gobierno Autónomo
Descentralizado de Santa Ana se encuentra integrado por:
a) Alcalde o alcaldesa,
b) Vicealcalde o vicealcaldesa; y,
c) Concejales y concejalas.
Capítulo I
Sección I
CONSTITUCIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL
Art. 3.- Órganos del Concejo Municipal. - El Concejo Municipal del GAD de Santa Ana
se encuentra constituido por:
El Concejo Municipal en pleno,
La Alcaldía
Secretaría del Concejo Municipal,
Comisiones permanentes, especiales, ocasionales y técnicas.
Sección II
EL CONCEJO MUNICIPAL
Art. 4.- Del Concejo Municipal. - El Concejo Municipal es el órgano de legislación y
fiscalización del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, el cual estará integrado
por el alcalde o alcaldesa que lo presidirá con voto dirimente, y por los concejales o
concejalas que hayan sido elegidos por votación popular conforme lo prevé la Ley
Orgánica Electoral.
Art. 5.- Facultad normativa.- En aplicación a lo previsto en el artículo 240 de la
Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con lo que establece el Art.
7 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
COOTAD, el Concejo Municipal del GAD de Santa Ana expresará su facultad normativa

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