Ordenanzas Municipales. 04-CMSMB-2021 San Miguel de los Bancos: Que regula la declaratoria de propiedad horizontal

Número de Boletín1561
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 31 de marzo de 2021Registro Ocial - Edición Especial Nº 1561
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ORDENANZA MUNICIPAL No. 04-CMSMB-2021
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN MIGUEL DE
LOS BANCOS
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 264 de la Constitución de la República establece que los
gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin
perjuicio de otras que determine, numeral 2.- Ejercer el control sobre el uso y
ocupación del suelo en el cantón; numeral 5.- Crear, modificar o suprimir
mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras;
y Descentralización, establece las funciones del gobierno autónomo
descentralizado municipal, entre ellas a) Promover el desarrollo sustentable de
su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen
vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco
de sus competencias constitucionales y legales;
y Descentralización, establece las competencias exclusivas del gobierno
autónomo descentralizado municipal, entre ellas literal a) Planificar, junto con
otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo
cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de
manera articulada con la Planificación Nacional, Regional, Provincial y
Parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural,
en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la
diversidad; Literal b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el
cantón;
Descentralización, en el artículo 57 literal a) concede atribuciones al Concejo
Municipal, el ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, mediante la expedición de
ordenanzas cantonal, acuerdos y resoluciones;
Que, la Ley de Propiedad Horizontal y su Reglamento General, establecen los
lineamientos generales para las edificaciones que se sujetan a este régimen.
Que, es necesario establecer los requisitos, ámbito, normas técnicas y más
especificaciones en relación a las futuras propiedades que deseen acogerse a este
régimen;

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