Resoluciones. 05-2022 En caso de que el ejecutante solicitare la retasa de los bienes embargados, de conformidad con el artículo 405 del Código Orgánico General de Procesos, la Jueza o Juez dispondrá se realice un nuevo peritaje y para el efecto designará un perito distinto

Número de Boletín71
SecciónResoluciones
EmisorCorte Nacional de Justicia
Viernes 27 de mayo de 2022Registro Ocial Nº 71
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RESOLUCION No. 05-2022
LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 180.6 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece como función
del Pleno de la Corte Nacional de Justicia, la de expedir resoluciones en caso de duda u
obscuridad de las leyes, las que serán generales y obligatorias, mientras no se disponga
lo contrario por la ley;
Que la facultad de esta Corte Nacional de Justicia de expedir resoluciones generales y
obligatorias en caso de duda sobre el alcance y aplicación de las leyes, constituye una
de las labores fundamentales de ella, la cual está íntimamente vinculada con las
garantías de los ciudadanos y ciudadanas al pleno ejercicio de sus derechos
constitucionales, como son el debido proceso, la tutela judicial efectiva y la seguridad
jurídica (artículos 75, 76 y 82 de la Constitución de la República). Esta facultad además
se encuentra relacionada con los principios constitucionales que rigen el ejercicio de los
derechos contemplados en el artículo 11, numerales 5 y 8 de la Constitución de la
República que establece: “Artículo 11. El ejercicio de los derechos se regirá por los
siguientes principios: 5. En materia de derechos y garantías constitucionales, las
servidoras y servidores públicos, administrativos y judiciales, deberán aplicar la norma y
la interpretación que más favorezca su efectiva vigencia. 8. El contenido de los
derechos se desarrollará de manera progresiva a través de normas, jurisprudencia y
políticas públicas. El Estado generará y garantizará las condiciones necesarias para su
pleno reconocimiento y ejercicio”;
al debido proceso, una de cuyas expresiones es la legalidad, la que por un lado

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