Acuerdos. 053-2017 Deróguese El Acuerdo Ministerial Nº 045-2017 De 18 De Julio De 2017

Número de Boletín141
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
Viernes 15 de diciembre de 2017 – 11Registro Of‌i cial Nº 141
Nro. 053-2017
Paúl Granda López
MINISTRO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS
Considerando:
Ecuador señala: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, Coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación”;
Que, el numeral 1 del artículo ibídem, faculta a los Ministros
y Ministras de Estado el ejercicio de la rectoría de las
políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos
y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8 de fecha 24 de mayo
de 2017, el Licenciado Lenin Moreno Garcés, Presidente
Constitucional de la República, designó como máxima
autoridad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas al
Doctor Paúl Granda López;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que: “Los
ministros de Estado son competentes para el despacho de
todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad
de autorización alguna del Presidente de la República, salvo
los casos expresamente señalados en leyes especiales. Los
Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia,
podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario
inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando
se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando
lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones
que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho
Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones,
atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y
reglamentos tenga el funcionario delegado […]”;
Que, de acuerdo a lo previsto en los artículos 35 de la Ley
de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación
de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada
y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo
de la Función Ejecutiva, el Ministro de Transporte y
Obras Públicas se encuentra facultado para delegar
sus atribuciones a los funcionarios de la institución que
representa, cuando lo estime conveniente;
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que
las atribuciones y competencias propias de las entidades
y autoridades de la Administración Pública Central e
Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos
de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren
prohibidas por la Ley o Decreto;
Que, el artículo 235 de la Ley Orgánica de Transporte
Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, determina que el
Directorio de la Comisión de Tránsito del Ecuador estará
integrado de la siguiente manera: “1. Un delegado del
Ministerio de Sector, quien lo presidirá; 2. Un delegado
del Presidente de la República; 3. El Ministro del Interior
o su delegado; y, 4. Dos representantes de la Asociación de
Municipalidades del Ecuador (AME)”.
Que, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas el 18
de julio de 2017, emitió el Acuerdo Ministerial Nro. 045,
por medio del cual se delega “[…] al Subsecretario de
Transporte Terrestre y Ferroviario, para que en nombre
y representación del suscrito y de conformidad con las
disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Transporte
Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, integre y presida el
Directorio de la Comisión de Tránsito del Ecuador, con las
atribuciones, obligaciones y responsabilidades previstas en
la referida Ley […]”.
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 196 de 25 de octubre
de 2017, el Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, Lcdo. Lenin Moreno Garcés, designa “al
Subsecretario de Transporte Terrestre y Ferroviario del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas como delegado
del Señor Presidente Constitucional de la República ante el
Directorio de la Comisión de Tránsito del Ecuador”.
Que, es necesario racionalizar la gestión de los temas
eminentemente administrativos que corresponden a las
unidades del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a
cargo de los mismos, por lo que, a efectos de que la gestión
sea más ágil y ef‌i ciente, deberá encargarse el responsable
jerárquico;
En uso de las atribuciones que le conf‌i ere el numeral 1 del
ciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la
Iniciativa Privada y el artículo 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,
Acuerda:
Artículo 1.- Derogar el Acuerdo Ministerial No. 045-2017,
emitido por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
el 18 de julio de 2017.
Artículo 2.- Delegar al Director de Transporte Terrestre,
Tránsito y Seguridad Vial, para que en nombre y
representación del suscrito y de conformidad con las
disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Transporte
Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, integre y presida el
Directorio de la Comisión de Tránsito del Ecuador, con las
atribuciones, obligaciones y responsabilidades previstas en
la referida Ley.
Artículo 3.- El Director de Transporte Terrestre, Tránsito
y Seguridad Vial podrá realizar los actos necesarios para
cumplir con la presente delegación; y será responsable
administrativa, civil y penalmente ante los Organismos
de Control, por los actos realizados en ejercicio de esta
delegación.
Artículo 4.- Encárguese de la ejecución del presente Acuerdo
al Director de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad
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