Resoluciones. 059-2015 “lotización Los Cerezos”, Ubicado En El Cantón Montecristi

Número de Boletín26
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Ambiente
44 – Viernes 30 de junio de 2017 Registro Of‌i cial Nº 26
LICENCIA AMBIENTAL CATEGORÍA III PARA
LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL,
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DEL PROYECTO:
“LOTIZACIÒN PUERTO PACIFICO” UBICADO
EN LA PARROQUIA: EL COLORADO, CANTÓN:
MONTECRISTI, PROVINCIA: MANABÍ
El Ministerio del Ambiente, en su calidad de Autoridad
Ambiental Nacional, y en cumplimiento de sus
responsabilidades establecidas en la Constitución de la
República del Ecuador y en la Ley de Gestión Ambiental, de
precautelar el interés público en lo referente a la preservación
del ambiente, la prevención de la contaminación ambiental
y la garantía del desarrollo sustentable, conf‌i ere la presente
Licencia Ambiental categoría III a CORBIRRAY S.A en
la persona de su representante legal, para que en sujeción
a la Declaración de Impacto Ambiental y Plan de Manejo
Ambiental del proyecto: “LOTIZACIÒN PUERTO
PACIFICO” UBICADO EN LA PARROQUIA: EL
COLORADO, CANTÓN: MONTECRISTI, PROVINCIA:
MANABÍ
En virtud de lo expuesto, el representante legal de la empresa
CORBIRRAY S.A la Sra.Melida Yolanda Briones Barreto
en su proyecto “Lotizaciòn Puerto Pacif‌i co”ubicado en la
Parroquia: El Colorado, Cantón: Montecristi, Provincia:
Manabí se obliga a lo siguiente:
Cumplir estrictamente lo señalado en la Declaración de
Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental
Implementar un programa continuo de monitoreo y
seguimiento a las medidas contempladas en el Plan
de Manejo Ambiental del proyecto, cuyos resultados
deberán ser entregados al Ministerio del Ambiente de
manera semestral.
Presentar al Ministerio del Ambiente las Auditorías
Ambientales de Cumplimiento del Plan de Manejo
Ambiental un año después de emitida la Licencia
Ambiental y, posteriormente, cada 2 años luego de
la aprobación de la misma, de conformidad con lo
establecido en la normativa ambiental aplicable.
• Proporcionar al personal técnico del Ministerio del
Ambiente, todas las facilidades para llevar a efecto
los procesos de monitoreo, control, seguimiento y
cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental aprobado.
• Utilizar en la ejecución del proyecto, procesos y
actividades, tecnologías y métodos que mitiguen y,
en la medida de lo posible, prevengan los impactos
negativos al ambiente.
Cancelar anualmente los pagos establecidos por
servicios de seguimiento y monitoreo al cumplimiento
del Plan de Manejo Ambiental Aprobado en el
Acuerdo Ministerial No. 068, que modif‌i ca los valores
estipulados en el Ordinal V, Artículo 11, Título II del
Libro IX del Texto Unif‌i cado de Legislación Secundaria
del Ministerio del Ambiente, referente a los Servicios
de Gestión y Calidad Ambiental.
Cumplir con la normativa ambiental vigente a nivel
nacional y local.
El plazo de vigencia de la presente Licencia Ambiental es
desde la fecha de su expedición hasta la terminación de la
ejecución del proyecto.
El incumplimiento de las disposiciones y obligaciones
determinados en la Licencia Ambiental causará la
suspensión o revocatoria de la misma, conforme a lo
establecido en la legislación que la rige; se la concede a
costo y riesgo del interesado, dejando a salvo derechos de
terceros.
La presente Licencia Ambiental se rige por las disposiciones
de la Ley de Gestión Ambiental y normas del Texto
Unif‌i cado de la Legislación Secundaria del Ministerio
del Ambiente y tratándose de acto administrativo, por
el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva.
Se dispone el registro de la Licencia Ambiental en el
Registro Nacional de Fichas y Licencias Ambientales.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Portoviejo, a los 04 días del mes de Diciembre
del 2015.
f.) Lic. Juan Manuel Cisneros, Director Provincial del
Ambiente de Manabí.
MINISTERIO DEL AMBIENTE.- DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE MANABÍ.- Certif‌i co: Que la presente
documentación es f‌i el copia de la original, la cual reposa
en los Archivos de la Dirección Provincial de Manabí.-
Fecha: 31 de marzo de 2017.- Fojas: 3.- Responsable: .....
f.) Ilegible.
MINISTERIO DEL AMBIENTE
No. 059-2015
Lcdo. Juan Manuel Cisneros Cisneros
DIRECTOR PROVINCIAL DEL
AMBIENTE DE MANABÍ
Considerando:
del Ecuador, reconoce el derecho de la población a vivir
en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que
garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay,
y declara de interés público la preservación del ambiente,
la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la
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