Ordenanza Municipal 06-2017 Cantón General Antonio Elizalde (bucay): Derogatoria A La Ordenanza De Creación De La Empresa Pública De Turismo Bucay Tour E.P

Fecha de disposición13 Septiembre 2017
Fecha de publicación13 Septiembre 2017
Número de Gaceta78
Miércoles 13 de septiembre de 2017 – 47Registro Of‌i cial Nº 78
DEL CANTÓN GENERAL ANTONIO ELIZALDE –
BUCAY “HIDROBUCAY EP”, fue sancionada y f‌i rmada
por el señor Lcdo. José Rubén Miranda Sacoto, Alcalde
del Cantón General Antonio Elizalde (Bucay), el día 05 de
julio del año dos mil diecisiete, y; ordenó su promulgación
a través del Registro Of‌i cial, Gaceta Of‌i cial Municipal,
dominio web de la institución y medios de comunicación
local.
f.) Ab. Kléber Cerezo Loor, Secretario del Concejo
Municipal.
No. 06-2017
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL
CANTÓN GENERAL ANTONIO ELIZALDE
(BUCAY)
Considerando:
Ecuador establece que las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley (…);
la República del Ecuador determina que los Gobiernos
Autónomos Descentralizados gozarán de autonomía
política, administrativa y f‌inanciera; y, se regirán por
los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
interterritorial, integración y participación ciudadana.
En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la
secesión del territorio nacional;
del Ecuador expresa que los Gobiernos Autónomos
Descentralizados de las Regiones, Distritos Metropolitanos,
Provincias y Cantones tendrán facultades legislativas en el
ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales
(…);
Ecuador reconoce que los Gobiernos Municipales tendrán
facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y
territorio;
Territorial, Autonomía y Descentralización, referente a la
facultad normativa expresa: Que para el pleno ejercicio
de sus competencias y de las facultades que de manera
concurrente podrán asumir, se reconoce a los Concejos
Municipales, la capacidad para dictar normas de carácter
general, a través de Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones,
aplicables dentro de su circunscripción territorial, para lo
cual observarán lo previsto en la Constitución y la Ley;
Que, el Art. 57 del Código Orgánico en referencia establece
entre las funciones del Concejo Municipal: Literal a)
El ejercicio de la facultad normativa en las materias de
competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal, mediante la expedición de Ordenanzas
Cantonales, Acuerdos y Resoluciones;
Que, la Ordenanza de Creación de la Empresa Pública de
Turismo BUCAY TOUR E.P., fue aprobada por el Concejo
Municipal el 08 de agosto del 2014, y; publicada en el
Registro Of‌i cial No. 419 del 19 de enero del 2015;
Que, con Memorándum No. 000203-2017-GADCB-DF, se
emite el respectivo Informe Económico suscrito por el Eco.
René Andrade; Director Financiero en el que se concluye
que dicha empresa no es autosustentable f‌i nancieramente;
Que, con Memorándum No. 48-05-2017-JTH-GADGAE el
Jefe de Talento Humano en el contexto de que se encuentra
realizando un análisis al Orgánico Estructural del GAD de
General Antonio Elizalde – Bucay, sugiere al Alcalde se
derogue esta Ordenanza;
Que, con Informe No. 027-JCBB-GAD-GAE-
BUCAY-2017 el Procurador Síndico emite su criterio
jurídico llegando a la conclusión que lo más recomendable
es derogar esta Ordenanza de creación de la Empresa
Pública de Turismo;
Que, es necesario derogar de manera expresa la Ordenanza
de Creación de la Empresa Pública de Turismo BUCAY
TOUR E.P., y;
En uso de la facultad legislativa prevista en el artículo
concordancia con los artículos 7, 57 literal a) y 322 del
Descentralización COOTAD:
Expide:
LA ORDENANZA DEROGATORIA A LA
ORDENANZA DE CREACIÓN DE LA EMPRESA
PÚBLICA DE TURISMO BUCAY TOUR E.P.
Artículo Único.- Queda expresamente derogada la
Ordenanza de Creación de la Empresa Pública de Turismo
BUCAY TOUR E.P., que fuere aprobada por el Concejo
Municipal el 08 de agosto del 2014, y; publicada en el
Registro Of‌i cial No. 419 del 19 de enero del 2015.
DISPOSICIÓN GENERAL
ÚNICA.- La Unidad de Administración de Talento Humano
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
Cantón General Antonio Elizalde (Bucay), hará constar
en el Manual Orgánico Estructural por Procesos en el área
operativa; la Unidad de Turismo del Cantón.
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