Ordenanza Municipal 06-2017 Cantón General Antonio Elizalde (bucay): Derogatoria A La Ordenanza De Creación De La Empresa Pública De Turismo Bucay Tour E.P
Fecha de disposición | 13 Septiembre 2017 |
Fecha de publicación | 13 Septiembre 2017 |
Número de Gaceta | 78 |
Miércoles 13 de septiembre de 2017 – 47Registro Ofi cial Nº 78
DEL CANTÓN GENERAL ANTONIO ELIZALDE –
BUCAY “HIDROBUCAY EP”, fue sancionada y fi rmada
por el señor Lcdo. José Rubén Miranda Sacoto, Alcalde
del Cantón General Antonio Elizalde (Bucay), el día 05 de
julio del año dos mil diecisiete, y; ordenó su promulgación
a través del Registro Ofi cial, Gaceta Ofi cial Municipal,
dominio web de la institución y medios de comunicación
local.
f.) Ab. Kléber Cerezo Loor, Secretario del Concejo
Municipal.
No. 06-2017
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL
CANTÓN GENERAL ANTONIO ELIZALDE
(BUCAY)
Considerando:
Que, el Art. 226 de la Constitución de la República del
Ecuador establece que las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley (…);
Que, el Art. 238 inciso primero de la Constitución de
la República del Ecuador determina que los Gobiernos
Autónomos Descentralizados gozarán de autonomía
política, administrativa y financiera; y, se regirán por
los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
interterritorial, integración y participación ciudadana.
En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la
secesión del territorio nacional;
Que, el Art. 240 de la Constitución de la República
del Ecuador expresa que los Gobiernos Autónomos
Descentralizados de las Regiones, Distritos Metropolitanos,
Provincias y Cantones tendrán facultades legislativas en el
ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales
(…);
Que, el Art. 264 de la Constitución de la República del
Ecuador reconoce que los Gobiernos Municipales tendrán
facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y
territorio;
Que, el Art. 7 del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización, referente a la
facultad normativa expresa: Que para el pleno ejercicio
de sus competencias y de las facultades que de manera
concurrente podrán asumir, se reconoce a los Concejos
Municipales, la capacidad para dictar normas de carácter
general, a través de Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones,
aplicables dentro de su circunscripción territorial, para lo
cual observarán lo previsto en la Constitución y la Ley;
Que, el Art. 57 del Código Orgánico en referencia establece
entre las funciones del Concejo Municipal: Literal a)
El ejercicio de la facultad normativa en las materias de
competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal, mediante la expedición de Ordenanzas
Cantonales, Acuerdos y Resoluciones;
Que, la Ordenanza de Creación de la Empresa Pública de
Turismo BUCAY TOUR E.P., fue aprobada por el Concejo
Municipal el 08 de agosto del 2014, y; publicada en el
Registro Ofi cial No. 419 del 19 de enero del 2015;
Que, con Memorándum No. 000203-2017-GADCB-DF, se
emite el respectivo Informe Económico suscrito por el Eco.
René Andrade; Director Financiero en el que se concluye
que dicha empresa no es autosustentable fi nancieramente;
Que, con Memorándum No. 48-05-2017-JTH-GADGAE el
Jefe de Talento Humano en el contexto de que se encuentra
realizando un análisis al Orgánico Estructural del GAD de
General Antonio Elizalde – Bucay, sugiere al Alcalde se
derogue esta Ordenanza;
Que, con Informe No. 027-JCBB-GAD-GAE-
BUCAY-2017 el Procurador Síndico emite su criterio
jurídico llegando a la conclusión que lo más recomendable
es derogar esta Ordenanza de creación de la Empresa
Pública de Turismo;
Que, es necesario derogar de manera expresa la Ordenanza
de Creación de la Empresa Pública de Turismo BUCAY
TOUR E.P., y;
En uso de la facultad legislativa prevista en el artículo
240 de la Constitución de la República del Ecuador, en
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización COOTAD:
Expide:
LA ORDENANZA DEROGATORIA A LA
ORDENANZA DE CREACIÓN DE LA EMPRESA
PÚBLICA DE TURISMO BUCAY TOUR E.P.
Artículo Único.- Queda expresamente derogada la
Ordenanza de Creación de la Empresa Pública de Turismo
BUCAY TOUR E.P., que fuere aprobada por el Concejo
Municipal el 08 de agosto del 2014, y; publicada en el
Registro Ofi cial No. 419 del 19 de enero del 2015.
DISPOSICIÓN GENERAL
ÚNICA.- La Unidad de Administración de Talento Humano
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
Cantón General Antonio Elizalde (Bucay), hará constar
en el Manual Orgánico Estructural por Procesos en el área
operativa; la Unidad de Turismo del Cantón.
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